A LAS ACTAS CAPITULARES DEL MES DE MAYO DE 1810.

El primer monumento histórico de la República Argentina se echaba menos

en sus anales, por haberse omitido su publicacion cuando mas importaba

divulgarlo. Se ignoran los motivos que influyeron en este descuido, ni

queremos indagarlos, por respecto á la memoria de los que,

inconsideradamente ó por cálculo, relegaron al olvido tan clásico

documento.

Un pueblo oprimido, que sacude con dignidad sus cadenas, respetando los

últimos mandatarios de un poder expirante, presenta un fenómeno, talvez

único, en la série de los grandes acontecimientos que han conmovido el

mundo.

Las agresiones y los tumultos, que suelen ser los precursores de estas

mudanzas, no prepararon la que se efectuó en Buenos Aires en los últimos

dias de Mayo de 1810. El virey Cisneros, en el pleno egercicio de su

autoridad, manifestó los desastres de la península, y el peligro en que

se hallaba la nacion española de perder su libertad é independencia.

Desesperando de la conservacion de la monarquia, invocó voluntariamente

el auxilio de un cuerpo deliberante, al que debian concurrir los

representantes de la ciudad y de las provincias del vireinato, para

establecer _una representacion de la soberanía del Señor D. Fernando

VII_.[1]

[Nota 1: _Proclama de 18 de Mayo de 1810._]

En un pueblo turbulento é indócil, este solo anuncio hubiera producido

un alboroto, y arrastrado el país al borde de un abismo. Pero la buena

índole de sus habitantes, y la prudencia del Cabildo, les hicieron

marchar con acierto en una senda nueva y peligrosa. Los miembros de esta

ilustre corporacion, que hubieran podido asumir un poder que casi abdicó

el Virey, le rodearon de consideraciones, y se mantuvieron en su

dependencia, hasta que el pueblo, legalmente convocado, se decidió á

reemplazarle por otra autoridad, que aunque bien definida en los

primeros comicios, sufrió notables modificaciones en los subsiguientes.

Las actas de estas asambleas, en que el pueblo tomó por primera vez la

actitud de un soberano, atestiguan su noble y juiciosa comportacion.

¡Cuan pocos monumentos de esta clase nos ofrece la história! Estos

tránsitos repentinos de la servidumbre á la libertad están trazados con

caractéres de sangre en los fastos de todas las naciones, sin excluir

las mas ilustradas. En Inglaterra, en Italia, en Francia, cuando el

pueblo recuperaba sus derechos, se entregaba á los mayores excesos, y

reemplazaba la tiranía de un solo, por la aun mas insoportable de

muchos.

El cambio de las instituciones en Buenos Aires no hizo estragos, á pesar

de ser brusco: y si los que se apoderaron despues de los destinos del

país, se hubiesen conservado en la senda que les señaló el voto de sus

comitentes, muchas lágrimas se ahorráran, y el aniversario del _gran dia

de la Pátria_ se hubiera celebrado siempre con igual entusiasmo.

Lo que mas se recomendó en aquellos dias de agitacion y sorpresa, fué:

"precaver toda division, radicar la confianza, cimentar la union, no

tocar los extremos, &a"...Estos eran los consejos que daba una autoridad

previsora,[2] y con los que simpatizó el pueblo, mientras estuvo bajo su

influjo. Pero estos principios, que debian afianzar el órden y librar á

la sociedad de los embates de la anarquia, fueron calificados de

anti-patrióticos, como si el patriotismo consistiese en la exaltacion y

el frenesí; y los que los profesaban, no tardaron á ser el blanco de las

mas torpes calumnias. Al espíritu de conservacion, sucedió el desórden,

y Buenos Aires tuvo tambien que lamentar sus víctimas.

[Nota 2: _Proclama del Cabildo, del 22 de Mayo._]

La nueva Junta se instaló con los mas felices auspicios, y á egemplo del

Cabildo, inculcó tambien obediencia á las leyes, respeto á los

magistrados, union entre todos, y (lo que mas honra sus miembros)

deferencia y veneracion á la persona del Virey, "dispensándole las

consideraciones correspondientes á su carácter y al distinguido

patriotismo con que, en favor de este país, se ha ofrecido á repetir en

cualquier destino sus importantes servicios."[3] Estos actos son

generosos, y hacen mas injustificables las medidas que se tomaron poco

despues contra el Señor Cisneros.

[Nota 3: _Bando de la Junta Provisional, de 26 de Mayo._]

No nos compete rasgar el velo que encubre los manejos ocultos de los que

las aconsejaron: pero su responsabilidad es inmensa, porque imprimieron

á los sucesos de aquella época un carácter que no tuvieron al principio.

¡De la expulsion del Virey y de la Audiencia se pasó á la tragedia de la

_Cabeza del Tigre_, que se continuó en Potosi! Se quiso ensangrentar la

palestra, y se sembró de cadaveres un campo que pudo haberse cubierto de

flores. El pueblo no participó de estos desvarios, y se le debe hacer la

justicia de decir, que nunca se dejó pervertir por tan deplorables

egemplos.

En las páginas que publicamos por primera vez, se hallan inscriptos los

nombres de los principales ciudadanos, que han figurado despues en

nuestra escena política; y el cotejo entre sus opiniones de entonces y

su conducta posterior, puede ser tema de sérias consideraciones.

La rapidez con que se suceden los acontecimientos habia hecho perder de

vista este documento, cuando el Señor Gobernador actual de la Provincia

ponderó su mérito en el último aniversario del dia 25 de Mayo. Sus

palabras estimularon la curiosidad pública, y nos decidieron á

satisfacerla, solicitando de la generosidad del Señor Dr. D. Tomas

Manuel de Anchorena el único testimonio auténtico que talvez exista de

estas actas capitulares, y que él conserva como un título honroso de su

conducta en aquellas dificiles transaciones.

_Buenos Aires, Noviembre de 1836._

=PEDRO DE ANGELIS.=

=ACTAS CAPITULARES=.

En la muy Noble y muy Leal Ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de

Santa Maria de Buenos Aires, á veinte y uno de Mayo de mil ochocientos

diez: estando juntos y congregados en la Sala de sus acuerdos á tratar

lo conveniente á la república, los Señores del Exmo. Ayuntamiento: á

saber, D. Juan José de Lezica y D. Martin Gregorio Yaniz, Alcaldes

ordinarios de primero y segundo voto; y Regidores D. Manuel Mancilla,

Alguacil mayor, D. Manuel José de Ocampo, D. Juan de Llano, D. Jaime

Nadal y Guarda, D. Andres Dominguez, D. Tomas Manuel de Anchorena y D.

Santiago Gutierrez, con asistencia del caballero Síndico Procurador

general, Dr. D. Julian de Leiva: hicieron presente el Sr. Alcalde de

primero voto y el caballero Síndico, que algunos de los Comandantes de

los cuerpos de esta guarnicion, y varios individuos particulares habian

ocurrido á manifestarles, que este pueblo leal y patriota, sabedor de

los funestos acaecimientos de la península, por los impresos publicados

en esta ciudad con permiso del Superior Gobierno, vacila sobre su actual

situacion y sobre su suerte futura, y que el deseo de que sea la mas

conforme á su felicidad y al objeto inalterable de conservar íntegros

estos dominios bajo la dominacion del Sr. D. Fernando VII, le hace

zozobrar en un conjunto de ideas difíciles de combinar, y que sino se

llegan á fijar cuanto antes, pueden causar la mas lastimosa

fermentacion. Todo lo cual hacian presente á este Exmo. Cabildo, en

virtud de haberlo así ofrecido á dichos Comandantes é individuos

particulares, para que se resuelva lo mas acertado y conveniente en un

asunto que, por su gravedad y circunstancias, exije las mayores

atenciones: agregando el Sr. Alcalde de primero voto que ayer número, á

la hora de mediodia, se habia esplicado con el Exmo. Señor Virey sobre

el particular, y significádole, que sin embargo de haber insistido los

Comandantes y particulares en que para el efecto se hiciese acuerdo el

dia de ayer, habia podido suspenderlo hasta hoy; que S. E. le habia

prevenido pasase á verle el caballero Síndico para tratar sobre la

materia; y este espresó haberlo realizado y propuesto á S. E. se le

pediría permiso por el Exmo. Ayuntamiento para celebrar un Cabildo

abierto, ó Congreso general, en que se oyese al pueblo, y tomasen

providencias; convidando por esquelas á la parte principal y mas sana de

él. Que habiendo indicado este arbitrio á presencia del Señor Fiscal de

lo civil, D. Manuel Genaro Villota, y del Capitan de fragata, D. Juan de

Bargas, habia instado al mismo tiempo en que se meditase y propusiese

cualquiera otro, que desde luego estaba pronto á proponerlo y promoverlo

en el Ayuntamiento: que no se habia meditado otro alguno, y solo sí,

conformádose S. E. con el propuesto por el esponente. En este estado

agolpó un número considerable de gentes á la plaza mayor, esplicando á

voces el mismo concepto que habian manifestado el Señor Alcalde de

primero voto y el caballero Síndico. Y los Señores, persuadidos de la

necesidad que hay de poner prontas precauciones á los males que se

anuncian, convencidos de que deben tomarse providencias con la mayor

brevedad, por el hecho mismo de haber agolpado la gente á la plaza,

espresando á voces sus deseos, y afianzados en la esposicion del Sr.

Alcalde y caballero Síndico, acordaron se pase oficio en el acto al

Exmo. Señor Virey, suplicándole se digne conceder á este Cabildo permiso

franco para convocar, por medio de esquelas, la principal y mas sana

parte del vecindario, á fin de que, en un congreso público, esprese la

voluntad del pueblo, y acordar en vista de ello las medidas mas

oportunas para evitar toda desgracia, y asegurar nuestra suerte futura.

Que al propio tiempo se sirva disponer, que en el dia del Congreso se

ponga una reforzada guarnicion en las avenidas, ó bocas calles de la

plaza, para que contenga todo tumulto, y solo permita entrar en ella á

los que con la esquela de convocacion acrediten haber sido llamados. Se

formó el oficio en los términos siguientes.--

=OFICIO A SU EXCELENCIA.=

Actas capitulares desde el 21 hasta el 25 de mayo de 1810 en Buenos Aires · 第 2 / 44 题