§ 10.--Carácter y cultura de los Iberos y Celtas españoles. 54
§ 11.--El Derecho y sus fuentes de conocimiento. 58
§ 12.--Instituciones políticas. 61
§ 13.--Las clases sociales. 66
§ 14.--Las _gentilitates_. 70
§ 15.--La familia y la herencia. 73
§ 16.--La propiedad. 77
§ 17.--Derecho penal y procesal. 79
§ 18.--La Religión y el culto. 80
§ 19.--Las relaciones internacionales. 83
CAPÍTULO II.--LOS FENICIOS.
§ 20.--La dominación fenicia en España. 88
§ 21.--Las colonias fenicias. 91
CAPÍTULO III.--LOS GRIEGOS.
§ 22.--Los establecimientos griegos en España. 99
§ 23.--Las colonias griegas. 102
CAPÍTULO IV.--LOS CARTAGINESES.
§ 24.--La dominación cartaginesa. 109
§ 25.--Las colonias cartaginesas. 110
LIBRO SEGUNDO.--ESPAÑA ROMANA.
CAPÍTULO PRIMERO.--BOSQUEJO DE LA HISTORIA POLÍTICA.
§ 26.--La conquista romana. 117
§ 27.--La Romanización. 125
§ 28.--El Cristianismo. 133
CAPÍTULO II.--FUENTES DEL DERECHO.
§ 29.--El Derecho romano y las costumbres ibéricas. 138
§ 30.--Las leyes. 143
§ 31.--Leyes relativas á la España romana. 145
§ 32.--Los Edictos de los Magistrados. 149
§ 33.--Edictos de los gobernadores españoles. 154
§ 34.--Constituciones de los Príncipes. 155
§ 35.--Constituciones imperiales relativas á España. 159
§ 36.--Los Códigos de los siglos III y IV y las Novelas
post-teodosianas. 164
§ 37.--La ciencia del Derecho y los escritos jurídicos del
período clásico. 169
§ 38.--Escritos jurídicos de los tres últimos siglos del
Imperio. 176
§ 39.--La ley de citas. 178
§ 40.--Los Senadoconsultos. 181
§ 41.--Documentos públicos relativos á la aplicación del
Derecho. 182
§ 42.--Documentos privados relativos á la aplicación del
Derecho. 186
CAPÍTULO III.--FUENTES DEL DERECHO CANÓNICO.
§ 43.--La Escritura y la Tradición. 193
§ 44.--La doctrina de los doce Apóstoles y demás escritos
apócrifos de los primeros siglos. 193
§ 45.--Las Epístolas pontificias. 195
§ 46.--Los Cánones conciliares. 200
CAPÍTULO IV.--EL GOBIERNO PROVINCIAL.
§ 47.--La creación de las provincias. 204
§ 48.--Las ciudades provinciales. 210
§ 49.--Los Gobernadores de provincia. 225
§ 50.--Las Asambleas provinciales. 233
CAPÍTULO V.--EL RÉGIMEN MUNICIPAL.
§ 51.--Las clases sociales. 238
§ 52.--Las magistraturas municipales. 244
§ 53.--La Curia. 251
§ 54.--Los Seviros Augustales. 256
§ 55.--La Hacienda municipal. 258
§ 56.--Las Corporaciones. 260
§ 57.--El régimen municipal en los últimos tiempos del
Imperio. 265
CAPÍTULO VI.--LA HACIENDA.
§ 58.--Los impuestos. 274
§ 59.--La recaudación de los impuestos. 280
§ 60.--La política financiera y los servicios públicos. 287
CAPÍTULO VII.--LA MILICIA.
§ 61.--El servicio militar. 291
§ 62.--Los Españoles en los ejércitos de Roma. 297
§ 63.--Organización militar de la España romana. 298
CAPÍTULO VIII.--INSTITUCIONES RELIGIOSAS.
§ 64.--La Religión. 303
§ 65.--El culto. 305
CAPÍTULO IX.--EL DERECHO CANÓNICO.
§ 66.--La Iglesia católica y el Estado romano después de
Constantino. 309
§ 67.--La jerarquía eclesiástica. 311
§ 68.--Instrucción y requisitos del clero. 314
§ 69.--Exenciones del clero. 316
§ 70.--Los bienes del clero. 317
§ 71.--Las parroquias. 318
§ 72.--La Diócesis y la organización metropolitana. 319
§ 73.--La jurisdicción eclesiástica. 322
§ 74.--Relaciones entre la Iglesia española y la romana. 325
LIBRO TERCERO.--ESPAÑA VISIGODA.
CAPÍTULO X.--RESEÑA POLÍTICA.
§ 75.--Los Germanos. 329
§ 76.--Cultura é instituciones de los Germanos. 331
§ 77.--Los Visigodos. 346
CAPÍTULO XI.--FUENTES DEL DERECHO EN GENERAL.
§ 78.--La personalidad del derecho en los reinos
germánicos. 354
§ 79.--La ley romana de los Visigodos. 356
§ 80.--Las compilaciones del derecho visigodo anteriores
á Chindasvinto. 358
§ 81.--Las compilaciones de Chindasvinto, Recesvinto,
Ervigio y Egica. 362
§ 82.--Fórmulas visigóticas. 365
CAPÍTULO XII.--FUENTES DEL DERECHO CANÓNICO.
§ 83.--Epístolas decretales. 367
§ 84.--Los cánones conciliares. 368
§ 85.--Colecciones canónicas. 370
ERRATAS Y ADICIONES
PÁGINA. LÍNEA. DICE. LÉASE.
18 22-23 á los primeros respecto de los primeros
56 20-21 sentimientos, sociabilidad sentimientos de sociabilidad
76 22 αῖγυναικη αἱ γυναῖκες
82 17 hacer hacían
85 4-5 rechazada rechazaba
101 22 protegerlo protegerla
119 22 el que tratado el tratado que
142 6 orbe humano orbe romano
178 4 refiere infiere
179 10 á la categoría de la categoría
180 7 serlo de la serlo la
182 25 contra el pretor Canuleyo contra los funcionarios
romanos, siendo pretor
Canuleyo
207 25 antes de Sagunto antes de Augusto,
208 4 á fraccionar fraccionar
220 26 comparativa corporativa
246 1 además de además
257 5 libertinos y libertinos ó
269 27 durante este pasado este
271 1 aquel aquellas
283 34 (_contuberatis_) _contubernalis_
284 21-22 no es cierto no ciertamente
284 25-26 recaudar redactar
299 27 desempeñar desempeñarlo
308 2-3 atribuciones eran atribuciones de los
Pontífices eran
352 12 hecho completamente Hecho, el de la
comprobado insurrección, completamente
comprobado
Página 17, línea última: Adición á la bibliografía: Zocco-Rosa,
_Principii d'una preistoria del diritto_, Milán, 1885.
Página 44, líneas 8 y 10: Hay que añadir á las obras citadas, el
vol. I de la _Exposición doctrinal del Derecho civil español_, de D.
Modesto Falcón.--Salamanca, 1879.
Página 153, línea última: El mejor trabajo sobre el edicto es el de
Lenel, _Das Edictum perpetuum_; Leipzig, 1883.
Nota sobre la transcripción
Se ha respetado la ortografía original, homogeneizándola a la grafía
de mayor frecuencia. Los errores obvios de imprenta han sido
corregidos. Las páginas en blanco han sido eliminadas.
Los textos en cursiva han sido rodeados por signos de subrayado «_»,
de este modo: _texto_. Las versalitas han sido sustituidas por
letras mayúsculas.
Se han incorporado al texto las erratas y adiciones declaradas en la
página 379. Se han igualado los enunciados de los capítulos y
secciones en el texto y en el índice. Se ha respetado la numeración
inconsistente de los capítulos entre los distintos libros.
Se han hecho, además, las siguientes modificaciones:
Pág. 17: «Oldenburgo» cambiado por «Oldenburg»
Pág. 100: «Focences» cambiado por «Focenses» (los Focenses de
Marsella)
Pág. 154: «$ 33.» cambiado por «$ 33. Edictos de los gobernadores
españoles.» (de acuerdo con el Índice)
Pág. 157: «epistolas» cambiado por «epistolae» (Las _epistolae_ se
contaban entre las fuentes del derecho)
Pág. 174: «Caracala» cambiado por «Caracalla»
Pág. 204: «CAPÍTULO II» cambiado por «CAPÍTULO IV» (de acuerdo con
el Índice)
Pág. 206: «Scipión» cambiado por «Escipión»
Pág. 208: «Bretana» cambiado por «Bretaña»
Pág. 214: «Scipión» cambiado por «Escipión»
Pág. 379: «19» cambiado por «18» (p. 18; l. 22-23; á los primeros;
respecto de los primeros)
Nota 21, pág. 17: «Summer Maine» cambiado por «Sumner Maine»
Nota 67, pág. 59: «σοφώτατον» cambiado por «σοφώτατοι»
«οὗτον» cambiado por «οὗτοι»
«νόμονς ἐμμέτρονς» cambiado por «νόμους
ἐμμέτρους»
Nota 91, pág. 70: «Summer Maine» cambiado por «Sumner Maine»
Nota 98, pág. 76: «τοὺς» cambiado por «τοῖς»
«διακονοῦσυ» cambiado por «διακονοῦσι»
Nota 101, pág. 78: «Χαριέρτατον» cambiado por «Χαριέστατον»
«γεωγοῖς» cambiado por «γεωργοῖς»
Nota 255, pág. 181: «Rechtschichte» cambiado por «Rechtsgeschichte»
(Rudorff, Römische Rechtsgeschichte)
Nota 305, pág. 202: «tille» cambiado por «title» («duumvir» was the
title obtaining in Spain, «decurio» in the
lesser Italian cities.)
Nota 479, pág. 311: «Empére» cambiado por «Empire» (L'Église et
l'Empire romain au IV siècle)
Nota 501, pág. 332: «Bauumstark» cambiado por «Baumstark»
Nota 505, pág. 337: «prémiers propietes» cambiado por «premières
proprietés»
Nota 510, pág. 343: «crede» cambiado por «erede» (La responsabilità
dell'erede e della famiglia)