_Qué cosa es labor nueva, et quién la puede vedar, et en qué manera et
á quién._
Labor nueva es toda obra que sea fecha et ayuntada por cimiento
nuevamiente en suelo de tierra, ó que sea comenzada de nuevo sobre
cimiento, ó muro ó otro edeficio antiguo, por la qual labor se muda
la forma et la facion dél de como ante estaba. Et esto puede avenir
labrando et edificando hi mas, ó sacando ende algunas cosas porque
este mudamiento contesca en aquella labor antigua: et puédela vedar
ó destorbar todo home que tenga que rescibe tuerto por ella. Eso
mesmo pueden facer sus fijos, ó sus siervos, ó sus personeros, et sus
mayordomos et los guardadores de los huérfanos en nombre dellos ó
sus amigos: pero estos deben dar recabdo por aquellos en cuyo nombre
facen el vedamiento que lo habrán por firme. Et el vedamiento puédese
facer en una destas tres maneras: la primera es por palabra, deciendo
asi aquel que quiere vedar la labor nueva: afruento á vos fulan que
mandades facer esta labor, ó que la facedes, et digovos que es obra
nueva, et que la facedes en lo mio ó en cosa que es contra mi derecho,
por que vos defiendo que de aqui adelante non labredes en ella. La
segunda es tomando alguna piedra en la mano et echándola en aquella
labor, et deciendo todas aquellas palabras que deximos que debe decir
en el primero vedamiento. La tercera manera es quando aquel que quiere
vedar la labor nueva non osa ir al logar do la facen personalmiente
por miedo de aquellos que la mandan facer que son homes poderosos; ca
entonce debe ir al judgador et pedirle que deviede á aquel que la manda
facer, ó á los que la labran que non la fagan, porque rescibe tuerto en
ella: et entonce debe ir el juez por si mesmo, ó enviar algunt su home
que defienda que non la fagan fasta que esta contienda sea librada por
juicio. Et en qualquier destas tres maneras que se faga el vedamiento
debe seer fecho en aquel logar do facen la labor nueva: et si en muchos
logares labrasen nuevamiente, en cada uno dellos debe seer fecho el
vedamiento, et abonda que se faga al señor de la obra, ó al home que
está por él sobre los obreros, ó á los maestros, ó á los que labraren
hi quando non fallasen hi á ninguno destos sobredichos.