LEY XV.

_Cómo pierde home la posesion del edeficio que se quiere caer et non lo

adoba._

Casa, ó torre ó otro edeficio habiendo algunt home que se quisiese

derribar, et los vecinos temiéndose de rescebir daño de aquel logar

le ficiesen afruenta que lo derribase, ó lo endereszase ó que diese

fiadores para endereszar el daño que de aquel logar aveniese, si este

cuyo fuese non lo quisiese facer et por razon de su rebellia fuesen

los vecinos apoderados de aquel edeficio por el judgador, por tal

apoderamiento pierde la tenencia aquel cuyo era el edeficio si durare

en la rebellia.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 1071 / 1261 题