LEY II.

_Quántas maneras son de posesion._

Ciertamiente dos maneras hi ha de posesion: la una es natural et la

otra es por otorgamiento de derecho á que llaman en latin _civilis_. Et

la natural es quando home tiene la cosa por sí mesmo corporalmiente,

asi como su casa, ó su castiello, ó su heredat ó otra cosa semejante

estando en ella: et la otra á que llaman _civilis_ es quando algunt

home sale de casa de que él es tenedor, ó de castiello, ó de heredat

ó de otra cosa semejante, non con entendimiento de la desamparar, mas

porque non puede home siempre estar en ella; ca entonce maguer non sea

tenedor de la cosa corporalmiente, serlo ha en la voluntat et en el

entendimiento, et valdrá tanto como si estodiese en ella por sí mesmo.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 1058 / 1261 题