_Por quánto tiempo se puede ganar el señorio de la cosa que es raiz
seyendo ganada á mala fe._
Sabiendo et creyendo ciertamente el que enagenase cosa que fuese raiz,
que non habie derecho de lo facer, entonce aquel que la rescebiese dél
non la podrie ganar por menor tiempo de treinta años, fueras ende si el
señor de la cosa que habie derecho en ella sopiese, que se enagenaba,
et non la demandase del dia que lo sopiese fasta diez años, seyendo
en la tierra, ó fasta veinte seyendo á otra parte; ca entonce ganarla
hie por el uno destos dos tiempos que son diez ó veinte. Et fuera de
la tierra serie el señor de la cosa quando non fuese en toda aquella
provincia do la cosa era que se ganaba por tiempo: et en la tierra se
entiende que era quando fuese en alguna partida de la provincia, maguer
non estodiese en aquel logar do la cosa fuese que se ganaba por tiempo.