_Cómo la cosa mueble que fuese comprada ó ganada de home loco, ó
desmemoriado ó de menor de catorce años ó de su guardador, que la
hobiese vendido ó enagenado maliciosamiente, que la non puede ganar por
tiempo._
Home que comprase cosa mueble de huérfano, ó de loco ó de desmemoriado
ó de otro á quien fuese dado guardador sobre sus bienes porque era
degastador, ó el que la hobiese de alguno dellos por razon de donadio,
ó de camio ó en otra manera semejante, entiéndese que habrie mala fe en
tenerla; et por ende non la podrie ganar por tiempo de los tres años.
Otrosi decimos que el que comprase alguna cosa del personero de algunt
home, corrompiéndolo maliciosamiente por alguna cosa que le diese ol
prometiese á dar porque le vendiese aquella cosa por menos prescio de
lo que valie, si el señor de la cosa esto podiere probar, maguer el
otro fuese tenedor de la cosa por tres años, non la podrie ganar por
tiempo; ca entiéndese de llano que habie mala fe en tenerla pues que
maliciosamiente corrompió al personero.