LEY LXXXVI.

_Cómo debe seer fecha la carta de la dote que la muger da á su marido._

Dotes dan muchas vegadas las mugeres á sus maridos, et la carta debe

seer fecha en esta guisa: Sepan quantos esta carta vieren como Iohan

Garcia otorgó et veno conoscido que habie rescebido de doña Teresa fija

de Martin Esteban quinientos maravedis por dote et en nombre de dote,

que pasaron á su poder et fue pagado dellos, et renunció et quitóse

de la defension que non podiese decir que aquellos maravedis non le

fueron contados et dados. Et otrosi prometió Iohan Garcia á doña Teresa

por sí et por sus herederos de tornarle et de darle estos maravedis

que rescebió della por dote quando quier que el casamiento se partiese

por muerte ó por otra razon so pena del doblo, et la pena pagada ó non

pagada &c. Otrosi le prometió de refacer á ella ó á sus herederos todas

las despensas, et los daños et los menoscabos que ficiesen por esta

razon, obligando á sí mesmo, et á sus herederos et á sus bienes á doña

Teresa et á los suyos: et renunció et quitóse de toda ley et de todo

fuero &c. ut supra.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 814 / 1261 题