_Cómo debe seer fecha la carta de la paz que los homes ponen entre sí._
Paz ponen los homes entre sí á las vegadas, et la carta debe seer
fecha en esta guisa: Sepan quantos esta carta vieren como don Rodrigo
Alfonso por sí, et por fulan et por fulan de la una parte, et don
Ramir Rodriguez por sí, et por fulan et fulan de la otra, ficieron
entre sí acordadamente paz que durase para siempre sobre todas las
desavenencias, et desacuerdos, et malquerencias et deshonras que
los unos hobiesen fecho contra los otros de palabra ó de fecho
fasta el dia de la era desta carta, et señaladamente por razon de la
malquerencia de tal homeciello: et en señal de verdadero amor et de
concordia que deba seer entrellos guardada besáronse ante mí fulan
escribano público et los testigos que son escriptos en esta carta.
Et prometieron et otorgaron los unos á los otros esta paz et esta
concordia de la haber siempre por firme, et de nunca facer nin venir
contra ella por sí nin por otri de dicho, nin de fecho nin de consejo,
so pena de mill marcos de plata, la qual pena quier sea pagada ó non,
esta paz et esta avenencia sea siempre firme et valedera. Et porque
todas estas cosas sean firmes obligáronse los unos á los otros á si
mesmos, et á sus herederos et á sus bienes, renunciando et quitándose
de toda ley et de todo fuero &c. ut supra.