_Cómo debe seer fecha la carta quando el rey quita á alguno de pecho._
Quitamiento de pecho face el rey á algunos, et las cartas que les
ende diere, deben seer fechas en esta manera: como sepan los que la
carta vieren que tal rey quita á fulan de pecho del marzo, ó de la
martiniega, ó de todo pecho, [1189] ó de toda facendera ó de moneda por
en toda su vida; ó quita á él, et á su muger et á sus fijos, ó á tales
parientes segunt fuere la merced quel rey les quisiere facer: et debe
hi decir comol face aquel quitamiento por facerle bien et merced, et
por servicio quel fizo ó por ruego de fulan quel rogó por él: et porque
esto sea firme quel manda dar aquella carta seellada con su seello de
cera: empero tal carta como esta debe seer seellada con cuerda de seda.
Et por eso deximos que debe hi seer nombrada la moneda señaladamente
si el rey le ficiere aquella merced quel quiera quitar della, porque
maguer diga quel quita de todo pecho, non se podrie excusar della si
señaladamente non la hi nombrase; nin otrosi non es quito de la moneda
por tal carta, fueras en vida de aquel rey quel face aquel quitamiento,
si non dice en ella quel quita para siempre; ca la moneda es pecho que
toma el rey en su tierra apartadamente en señal de señorio conoscido.