LEY X.

_Cómo debe seer fecha la carta quando el rey quita á alguno de pecho._

Quitamiento de pecho face el rey á algunos, et las cartas que les

ende diere, deben seer fechas en esta manera: como sepan los que la

carta vieren que tal rey quita á fulan de pecho del marzo, ó de la

martiniega, ó de todo pecho, [1189] ó de toda facendera ó de moneda por

en toda su vida; ó quita á él, et á su muger et á sus fijos, ó á tales

parientes segunt fuere la merced quel rey les quisiere facer: et debe

hi decir comol face aquel quitamiento por facerle bien et merced, et

por servicio quel fizo ó por ruego de fulan quel rogó por él: et porque

esto sea firme quel manda dar aquella carta seellada con su seello de

cera: empero tal carta como esta debe seer seellada con cuerda de seda.

Et por eso deximos que debe hi seer nombrada la moneda señaladamente

si el rey le ficiere aquella merced quel quiera quitar della, porque

maguer diga quel quita de todo pecho, non se podrie excusar della si

señaladamente non la hi nombrase; nin otrosi non es quito de la moneda

por tal carta, fueras en vida de aquel rey quel face aquel quitamiento,

si non dice en ella quel quita para siempre; ca la moneda es pecho que

toma el rey en su tierra apartadamente en señal de señorio conoscido.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 738 / 1261 题