LEY X.

_Quáles non pueden testiguar contra otros en pleyto criminal._

Acusado seyendo alguno en juicio sobre pleyto criminal, non podrie

testiguar contra él aquel mesmo que él hobiese aforrado, ó su padre

ó su abuelo: et esto es por la muy grant reverencia que siempre debe

haber el aforrado contra el linage de quien le vino el bien de la

libertat. Otrosi decimos que home que estodiese preso en cárcel,

ó en cadena de rey ó de concejo, mientra estodiese preso, que non

podrie testiguar contra otro que fuese acusado en juicio sobre pleyto

criminal: et esto es porque mucho aina podrie seer que dirie falso

testimonio por ruego de alguno quel prometerie quel sacarie de aquella

prision en que yacie. Eso mesmo decimos de aquel que por dineros fuese

lidiar con alguna bestia fiera, et de la muger que manifiestamente

ficiese maldat de su cuerpo por dineros.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 679 / 1261 题