_Qué pro nasce de la pregunta, et quién la puede facer et sobre qué
cosas._
Pregunta es cosa de que nasce grant pro; ca por ella puede el juez
saber mas en cierto la verdat de los pleytos et de los fechos dubdosos
que vienen antél, et puédela facer el juez fasta que dé el juicio, et
aun la una parte á la otra antel judgador: et debe seer de tal natura
que pertenesca al fecho ó á la cosa sobre que es la contienda, et hase
de facer en cierto et por pocas palabras non envolviendo muchas razones
en uno, de manera quel preguntado las pueda entender et responder
ciertamente á ellas; ca si de otra guisa fuese fecha, non debe seer
cabida, nin aun la parte á quien la ficiesen non serie tenudo de
responder á ella.