LEY II.

_Quánto tiempo debe home tener la cosa quel dieren en fieldat._

Tanto tiempo deben tener los fieles la cosa sobre que es la contienda

en su poder, quanto tovieren por bien los jueces que gela mandaron

encomendar, ó quanto posieron las partes á la sazon que la cosa

posieron en fieldat: et tal tiempo como este nin face pro nin tiene

daño á ninguna de las partes para la poder ganar nin perder por tiempo,

fueras ende si señaladamente fuese otorgado et puesto de amas las

partes á la sazon que la posieron en mano de fiel, que aquel tiempo que

asi estodiese que se aprovechase della alguna de las partes; ca entonce

aquel tiempo que asi pasase se tornarie en pro de alguno dellos segunt

el pleyto ó la postura que hobiesen otorgado entre sí.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 596 / 1261 题