DE LOS DEMANDADOS ET DE LAS COSAS QUE DEBEN CATAR.

Demandado es aquel á quien facen en juicio alguna de las demandas que

deximos en el título ante deste: et por ende pues que mostramos las

cosas quel demandador debe catar ante que comienze á facer su demanda

en juicio, conviene que fablemos agora del demandado, et que mostremos

otrosi qué cosas es tenudo de catar para guardarse de yerro et para

ampararse de las demandas que le quisieren facer. Onde decimos que

aquellas cosas que desuso mostramos que el demandador debe catar ante

que comienze su demanda, que esas mismas conviene que cate el demandado

ante que responda á ella; ca bien asi como el demandador debe saber

quién es aquel á quien quiere facer su demanda, otrosi el demandado ha

de seer sabidor en conoscer la persona de aquel que gela quiere facer.

Otrosi debe catar qué cosa es aquella quel demandan, et ante quién et

en quál tiempo; otrosi qué recabdo tiene con que se ampare de lo quel

demandan: et sobre todo ha de meter mientes en qué manera le facen la

demanda, porque sepa mejor responder á ella ó poner defensiones ante sí

para excusarse de como non es tenudo de responder á lo quel demandan.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 469 / 1261 题