LEY IX.

_Cómo debe seer fecha la particion de manera que cada uno haya su

derecho._

Dadas al rey todas las cosas quel pertenescen de derecho segunt deximos

en las leyes ante desta, lo al que fincare debe seer partido entre los

homes de manera que cada uno haya lo quel conviene: et esto por tres

razones: la primera porque ficieron esfuerzo en ganarlo: la segunda

porque ficieron lealtad en guardallo: la tercera porque fueron sesudos

[1009] en partirlo. Et por ende los antiguos de España posieron que sin

aquel derecho que cada uno debia haber en su parte de la ganancia que

ficiesen, que han primeramente de haber enmienda et herechas de los

daños que hobiesen rescebidos, asi como desuso es dicho en el título

que fabla en esta razon: et á esto se movieron por dos razones: la una

por piedat doliéndose de los males que los homes hobiesen priso; et la

otra por darles gualardon del bien que hobiesen fecho.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 331 / 1261 题