_Quáles deben seer los [963] naucheres, et cómo deben seer fechos et
qué poder han._
Naucheres son llamados aquellos por cuyo seso se guian los navios por
la mar: et porque estos son como adalides en tierra, por ende quando
los quisieren rescebir para aquel oficio, débenlos catar que sean
tales que hayan en sí quatro cosas: la primera que sean sabidores de
conocer todo el fecho de la mar en quáles logares es queda et en
quáles corriente, et que conoscan los vientos [964] et el camiamiento
dellos, et sepan toda otra marineria. Et otrosi deben saber las islas
et los puertos et las aguas dulces que hi son, et las entradas et las
salidas para guiar su navio en salvo, et levar lo suyo do quisieren,
et guardarse otrosi de rescebir daño en los logares peligrosos et de
temencia: la segunda que sean esforzados para sofrir los peligros de la
mar et el miedo de los enemigos; otrosi para acometerlos ardidamiente
quando meester les fuere: la tercera que sean de buen entendimiento
para entender bien las cosas que hobieren de facer, et para saber
otrosi consejar derechamente al rey, et al almirante et al comitre
quando les demandaren consejo: la quarta que sean leales de manera que
amen et guarden la honra et la pro de su señor et de todos los otros
que han de guiar. Et al que fallaren por tal si fuere acerca de la mar,
débenle meter en el navio en que ha de ir, et ponerle en la mano [965]
el espada ó el timon, et otorgalle que dende adelante que sea naucher.
Et si despues deso por su engaño ó por culpa de su mal guiamiento se
perdiese el navio ó rescibiesen grant daño los que en él fuesen, debe
él morir por ello.