LEY IX.

_Cómo debe el pueblo venir en hueste quando el rey hobiese de haber

batalla con sus enemigos dentro en la tierra dellos._

Dentro en la tierra de sus enemigos podrie el rey entrar por haber

batalla con ellos á dia señalado; et á tal hueste como esta tovieron

por bien los antiguos que veniesen todos los que lo sopiesen, tambien

los que non hobiesen seido llamados como los que lo fuesen, bien asi

como á levantamiento del regno, ó á la otra hueste quando los enemigos

entrasen para haber batalla con el rey dentro en su tierra; et en esto

non tovieron que debie haber tardanza nin otro plazo sinon aquel que

fuese puesto et señalado por los que hobiesen á haber la batalla. Et

los españoles que fueron siempre muy sabidores de guerra et mucho

usados en fecho darmas, maguer que entendieron que la otra batalla que

diesen al rey su señor dentro en el regno suyo era muy peligrosa, muy

mas tovieron aun que lo era esta, porque si en la otra hueste [742]

non le vuyasen luego matar ó prender, poderse hie acoger en la su

tierra misma á algunt logar do habrie guarimiento: otrosi los que con

él fuesen fallarien lo que hobiesen meester, et se le podrien despues

llegar sus gentes con que se vengarie; [743] mas el que fuese vencido

dentro en la tierra de los enemigos muy duro podrie seer que escapase

él nin los suyos de muerte ó de prision; ca aunque se podiese acoger á

algunt logar non fallarie hi ninguna cosa de lo que le fuese meester,

et menguarle hien cada dia sus gentes [744] et crescerie el poder de

los enemigos. Et catando todos estos peligros mandaron que veniesen

todos á tal hueste como esta, et que ninguno non se podiese ende

escusar sinon por aquellas razones que dichas son: et esto fecieron

por honrar su señor et guardallo en tamaño peligro como este de sus

enemigos, et por haber acuerdo de las cosas que hobiesen á facer porque

meior las podiesen acabar ante que en la batalla entrasen; ca toda lid

ha tal natura que pues que los homes son vueltos en ella, cada uno

puña en facer lo mejor que puede, et salle el fecho del seso dellos

et torna todo al poder de Dios: et aviene asi que como quier que se

puedan despues vengar del daño que hi toman [745] nunca bien se acabará

la vergüenza que hi resciben por su mal recabdo. Et por todas estas

razones deben venir todos á tal hueste como esta luego que lo sopieren,

et el que non lo feciese, por solo el desmandamiento de non venir,

posieron que si fuese home honrado que perdiese amor del rey et fuese

echado del regno, et si fuese otro home que lo echasen por ende de la

tierra et perdiese la meitad de lo que hobiese. Et los que se fuesen

de tal hueste como esta sin mandado del rey [746] ante que se feciese

la batalla, seyendo homes nobles deben seer echados de la tierra para

siempre et perder la meitad de lo que hobieren, et si fueren otros

homes deben morir por ello, porque podrie acaescer que por culpa de la

su ida dellos, non irie el rey á la batalla, et fincarie con vergüenza

et deshonrado, ó si fuese á ella podrie hi seer malandante; et todo

esto vernie por culpa dellos. Mas á aquellos que fogiesen de la batalla

desque las haces fuesen paradas fasta que fuese acabada ó se fuesen

para los enemigos, á estos dieron por traydores conoscidos, et deben

morir por ende et perder quanto hobieren: et aun por seer mas señalados

de la traycion que fecieron, mandaron que les derribasen las casas. Et

tanto tovieron por estraña cosa desamparar señor en batalla que hobiese

con sus enemigos quier en su tierra ó en la dellos, que posieron que

las mugeres nin los fijos non acogiesen á estos atales en las casas,

nin morasen con ellos dende adelante por la fama et la nombradia mala

que por ellos ganan.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 226 / 1261 题