LEY II.

_Cómo debe el pueblo guardar al rey de sus enemigos._

Guarda de tres maneras diximos desuso que debe el pueblo facer al

rey [718] et á todos aquellos que son sus vasallos ó sus naturales:

la primera dél mismo; [719] la segunda de los dañosos; et destas dos

habemos mostrado en qué manera deben seer fechas segunt fuero antiguo

de España: mas agora queremos mostrar et decir de la tercera que es de

los enemigos. Ca por guardar al rey en sí que non feciese cosa quel

estodiese mal ó se le tornase en daño, nin por guardalle [720] dellos

mismos que non feciesen cosa contra él [721] que les estodiese mal,

todo aquesto non abondarie si non le guardasen de los enemigos, porque

esta guarda encierra todas las otras: et esto es porque si algunas

veces errase él faciendo cosa desaguisada que fuese á su vergüenza ó

á su daño, puedese endereszar et emendar muy bien: et si ellos contra

él feciesen cosa que non debien, puédelo castigar, ó sofrir ó perdonar

si quisiere, porque él es señor et ellos vasallos, et son todos como

una cosa; mas el mal ó el daño que el rey rescebiese de los enemigos

por mengua de guarda de los suyos, esto serie peor que los otros et

mas dañoso et con mayor vergüenza; lo uno porque serie mas sabido,

lo al porque lo farien con mayor crueza: et sin todo esto acaescerle

hie otra cosa muy desaguisada, que ganarien ellos et la tierra donde

fueren mala fama para siempre, lo que serie tan malo como muerte ó

peor; ca de una parte fincarie su señor deshonrado, et de la otra ellos

denostados, et malandantes et perdidosos dexando sus enemigos apoderar

et enriquecer de lo suyo. Et por ende los españoles catando su lealtad

et queriéndose guardar desta vergüenza, tovieron por bien et quisieron

que todos fuesen muy acuciosos en guardar á su rey, ca en guardando á

él guardan á sí mismos et á la tierra onde son. Et esta guarda se debe

facer en quatro maneras: la primera guardando su cuerpo cutianamente,

et las otras tres son á tiempos señalados así como en huestes, ca la

una se face quando alguno se alza dentro en la tierra misma del rey;

et la otra quando los enemigos entrasen en ella; et la tercera quando

el rey entrase en la tierra de los enemigos. Et cutianamente deben

los vasallos guardar al rey, et non dexar llegar ningunt home á él

[722] que sea su enemigo conoscido de quien entendiesen quel podrie

venir mal en alguna manera. Et como quier que algunos sean puestos

señaladamente para guardalle el cuerpo como desuso es dicho, con todo

eso non son escusados los otros que non le guarde cada uno segunt su

estado quanto podiere; ca asi como él debe todavia guardar á todos con

justicia et con derecho, asi son ellos tenudos de guardar á él siempre

con lealtad et con verdat. Et por ende ninguno non se puede escusar nin

debe deciendo que non es él puesto para aquella guarda, que si viere su

señor ferir, ó matar ó deshonrar, que non faga hi todo su poder para

desviarlo [723] que non sea, et caloñarlo quanto mas podiere: et el

que asi non lo feciese seyendo su vasallo ó su natural, farie traycion

conoscida por que merescerie haber tal pena como home que puede desviar

ó caloñar muerte ó deshonra de su señor et non lo face.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 219 / 1261 题