_Por qué razones debe el rey amar, et honrar et guardar su pueblo._
Honrar, et amar et guardar dixiemos en la ley ante desta que debe el
rey á su pueblo, et mostramos en que manera; et agora queremos decir
por qué razones debe él esto facer. Et para facerlo mejor entender
conviene que mostremos [396] la semejanza que fizo Aristóteles al rey
Alixandre en razon del mantenimiento del regno et del pueblo: et dixo
que el regno es como huerta, et el pueblo como árboles, et el rey es
como señor della, et los oficiales del rey que han de judgar et de
seer ayudadores á complir la justicia, son como labradores, et los
ricos homes et los caballeros son como asoldadados para guardarla,
et las leyes et los fueros et los derechos [397] son como valladar
que la cercan, [398] et los jueces et las justicias son como paredes
et setos, porque amparan que non entren hi á facer daño. Et otrosi
segunt esta razon dixo que debe el rey facer en su regno primeramente
faciendo bien á cada uno segunt lo meresciere: ca esto es asi como el
agua que face todas las cosas crescer; [399] et desi que adelante los
buenos faciéndoles bien et honra, et taje los malos del regno con la
espada de la justicia, et arranque los torticeros echándolos de la
tierra porque non fagan daño en ella. Et para esto facer debe haber
atales oficiales que sepan conoscer el derecho et judgallo: et otrosi
debe tener la caballería presta et los otros homes darmas para guardar
el regno que non resciba daño de los malfechores de dentro nin de los
de fuera, que son los enemigos: et débeles otrosi dar leyes et fueros
muy buenos por donde se guien et usen á vevir derechamente, et non
quieran pasar ademas en las cosas. Et sobre todo débeles cercar con
justicia et con verdat [400] et facerlo tener de guisa que ninguno non
lo ose pasar, et faciendo asi avenirle hie lo que dixo Jeremias en la
profecia: yo te estableci sobre las gentes et los regnos [401] que
derraigues et desgastes, et que labres [402] et plantes. Et el mesmo
dixo en otro logar, que señalada obra es de los reyes de tirar las
contiendas entre los homes faciendo asi justicia et derecho, librando
á los apremiados del poder de los torticeros, et ayudando á las viudas
et á los huérfanos que son gente flaca, et aun á los extraños que non
resciban tuerto nin daño en su tierra: et aun acuerda con esto lo que
dicen las antiguas leyes, que á su oficio de los reyes pertenesce
señaladamente de ayudar et de amparar á tales personas como estas sobre
todas las otras de su señorio. Onde por todas estas razones sobredichas
mucho conviene á los reyes [403] de partir bien sus regnos, et amar, et
honrar et guardar sus pueblos á cada uno en su estado, á los perlados
de santa eglesia porque ellos son en tierra en logar de los apóstoles
para predicar [404] et amostrar la fe de nuestro señor Iesu Cristo:
otrosi deben amar á toda la clerecia tambien á los seglares como á
los religiosos, porque son tenudos de rogar á Dios por todos los
cristianos que les perdone sus pecados et los guie al su servicio: et
honrar et amar deben aun las eglesias, manteniéndolas en su derecho,
ca muy guisada cosa es que los logares do se consagra el cuerpo et la
sangre de nuestro señor Iesu Cristo que sean amados, et honrados et
guardados. Et otrosi deben amar et honrar á los ricoshomes, porque son
nobleza [405] et honra de sus cuerpos et de sus regnos: et amar et
honrar deben otrosi á los caballeros, porque son guarda et amparamiento
de la tierra, [406] et non se deben recelar de rescebir muerte por
guardarla, et defenderla et acrescentarla. Et aun deben honrar, et
amar et guardar á los maestros de los grandes saberes, ca por ellos se
facen [407] muchos homes buenos, por cuyo consejo se mantienen et se
endereszan muchas vegadas los regnos [408] et los grandes señorios: ca
asi como dixieron los sabios antiguos la sabidoria de los derechos es
otra manera de caballeria con que se quebrantan los atrevimientos et
se endereszan los tuertos: et aun deben amar et honrar los cibdadanos,
porque ellos son como raices et tesoros de los regnos; et eso mismo
deben facer á los mercadores, porque traen de otras partes á sus
señorios las cosas que son hi meester: et amar et amparar deben otrosi
á los menestrales et á los labradores, porque de sus menesteres et de
sus labranzas se ayudan et se gobiernan los reyes et todos los otros
de sus señorios, et ninguno non puede vevir sin ellos. Otrosi todos
estos sobredichos cada uno en su estado debe amar et honrar al rey et
al regno, et guardar et acrescentar sus derechos, et servirle cada uno
dellos en la manera que debe, como á su señor natural que es cabeza, et
vida et mantenimiento dellos. Et quando el rey esto feciere contra su
pueblo, habrá abondo en su regno et será rico por ello, et ayudarse ha
de los bienes que hi fueren quando los hobiere meester, et será tenudo
por de buen seso, et amarlo han, et loarlo han todos comunalmente, et
será temido tambien de los estraños como de los suyos: et quando de
otra guisa feciere, venirle hie lo contrario desto, quel serie muy
grant pena quanto á lo deste mundo et del otro.