_Fr. Pedro Garayo._
El D.ʳ Miguel Escudero Cura interino en la Vice Parroq.ᵃ de S.ⁿ Nicolas
de Bari del Partido de los Arroy.ˢ en la Jurisdiccion de B.ˢ Ay.ˢ
Certifico en quanto puedo y ha lugar en dro. como a principios de
Agosto de mil setecientos setenta y ocho años llegaron a este Partido
de los Arroy.ˢ los RR. PP. S.ʳ Pedro Garayo y Fr. Fran.ᶜᵒ Salas de
la orden de predicadores con expressa orden de S.ᵒʳ D.ⁿ Diego de
Salas Then.ᵗᵉ de Rey y Gov.ʳ interino de la Ciud.ᵈ de Bue.ˢ Ay.ˢ
para q.ᵉ el presente Cura dandoles posada y alimentos los recibiese
por auxiliares p.ᵃ la asistencia espiritual de los enfermos durante
la peste o contagio que se extendía por toda la campaña de esta
jurisdiccion y porq.ᵉ los espressados R. R. Padres Garayo y Salas han
cumplido exactamente con su comission sin ahorrarse días y noches
en las confesiones y demas conducentes al bien espiritual de dhos.
enfermos assi dentro del Pueblo como fuera de el en las casas de campo
donde era mayor el contagio marchando a cavallo con prontitud y buen
celo cuando les tocaba el turno o era necesario lo certifico como
assimismo el q.ᵉ siendo los primeros que llegaron fueron los ultimos
en retirarse sin embargo de q.ᵉ los medicos y tropa lo verificaron
en principios de Enero del año siguiente de setenta y nueve en q.ᵉ
ya estaba al dissiparse en el todo la epidemia. Y a peticion de los
referidos PP. doy la presente p.ᵃ los efectos que les convengan en esta
Vice Parroquia de los Arroyos en quatro de febrero de mil setecientos
setenta y nueve años.
_D.ʳ Miguel Escudero._
B.ˢ Ay.ˢ 13 de Julio de 1785.