Fue esta una orden al gobernador de la plaza de Cádiz y al del consejo
real «para que se celase sobre los que hablasen mal de las cortes.» Los
diputados atribuyeron esmero tan cuidadoso al objeto de malquistarlos
con el público, y al pernicioso designio de que la nación creyese era
el congreso muy censurado en Cádiz. Las disculpas que la regencia
dio, lejos de disminuir el cargo, le agravaron; pues, habiendo dado
la orden reservadamente y en términos solapados, pudiera dudarse si
aquella disposición provenía de las cortes o de solo la potestad
ejecutiva. Los diputados anunciaron en público que miraban la orden
como contraria a su propio decoro, aspirando únicamente a merecer por
su conducta la aprobación de sus conciudadanos, en prueba de lo cual se
ocupaban en dar la libertad de la imprenta para que se examinasen los
procedimientos legislativos del gobierno con amplia y segura franqueza.
Unido el incidente de esta orden a las causas anteriormente insinuadas
y a otras menos principales, decidiéronse por fin las cortes a
remover la regencia. Hiciéronlo no obstante de un modo suave y el
más honorífico, admitiendo la renuncia que de sus cargos habían al
principio hecho los individuos del propio cuerpo.
[Sidenote: Nómbrase una nueva regencia de tres individuos.]
Al reemplazarlos redujeron las cortes a tres el número de cinco,
y el 28 de octubre pasaron los sucesores a prestar en el salón el
juramento exigido, retirándose, en consecuencia, de sus puestos los
antiguos regentes. Había recaído la elección en el general de tierra
Don Joaquín Blake, en el jefe de escuadra Don Gabriel Císcar, y
en el capitán de fragata Don Pedro Agar; el último, como americano,
en representación de las provincias de ultramar. Pero de los tres
nombrados, hallándose los dos primeros ausentes en Murcia, y no
pareciendo conveniente que mientras llegaban gobernase solo Don Pedro
Agar, [Sidenote: Suplentes.] eligieron las cortes dos suplentes que
ejerciesen interinamente el destino, y fueron el general marqués del
Palacio y Don José María Puig, del consejo real.
[Sidenote: Incidente del marqués del Palacio.]
Este y el señor Agar prestaron el juramento lisa y llanamente, sin
añadir observación alguna. No así el del Palacio, quien expresó «juraba
sin perjuicio de los juramentos de fidelidad que tenía prestados al
señor Don Fernando VII.» Déjase discurrir qué estruendo movería en
las cortes tan inesperada cortapisa. Quiso el marqués explicarla; mas
para ello mandósele pasar a la barandilla. Allí, cuanto más procuró
esclarecer el sentido de sus palabras, tanto más se comprometió
perturbado su juicio y confundido. Insistiendo, sin embargo, el marqués
en su propósito, Don Luis del Monte, que presidía, hombre de condición
fiera al paso que atinado y de luces, impúsole respeto y le ordenó que
se retirase. Obedeció el marqués, quedando arrestado, por disposición
de las cortes, en el cuerpo de guardia.
Con lo ocurrido diose solamente posesión de sus destinos, el mismo
día 28, a los señores Agar y Puig, quienes desde luego se pusieron
también las bandas amarillo-encarnadas, color del pabellón español y
distintivo ya antes adoptado para los individuos de la regencia. En el
día inmediato nombraron las cortes como regente interino, en lugar del
marqués del Palacio, al general marqués del Castelar, grande de España.
Los propietarios ausentes, Don Joaquín Blake y Don Gabriel Císcar, no
ocuparon sus sillas hasta el 8 de diciembre y el 4 del próximo enero.
[Sidenote: Discusión que este motiva.]
En las cortes enzarzose gran debate sobre lo que se había de hacer
con el marqués del Palacio. No se graduaba su porfiado intento de
imprudencia o de meros escrúpulos de una conciencia timorata, sino de
premeditado plan de los que habían estimulado al obispo de Orense en
su oposición. Hizo el acaso, para aumentar la sospecha, que tuviese
el marqués un hermano fraile, que, algún tanto entrometido, había
acompañado a dicho prelado en su viaje de Galicia a Cádiz, motivo por
el que mediaba entre ambos relación amistosa. Creemos, sin embargo,
que el desliz del marqués provino más bien de la singularidad de su
condición y de la de su mente, compuesto informe de instrucción y
preocupaciones que de amaños y anteriores conciertos.
Entre los diputados que se ensañaron contra el del Palacio, hubo
algunos de los que comúnmente votaban del lado anti-liberal. Señalose
el señor Ros, ya antes severo en el asunto del obispo de Orense, y el
cual dijo en esta ocasión: «trátese al marqués del Palacio con rigor,
fórmesele causa, y que no sean sus jueces individuos del consejo real,
porque este cuerpo me es sospechoso.»
[Sidenote: Término de este negocio.]
Al fin, después de haber pasado el negocio a una comisión de las
cortes, se arrestó al marqués en su casa, y la regencia nombró para
juzgarle una junta de magistrados. Duró la causa hasta febrero, en
cuyo intermedio habiéndose disculpado aquel, escrito un manifiesto, y
mostrádose muy arrepentido, logró desarmar a muchos, y en particular a
sus jueces, quienes no dieron otro fallo sino «que el marqués estaba
en la obligación de volver a presentarse en las cortes, y de jurar en
ellas lisa y llanamente así para satisfacer a aquel cuerpo como a la
nación de cualquiera nota de desacato en que hubiese incurrido...»
En cumplimiento de esta decisión pasó dicho marqués el 22 de marzo a
prestar en las cortes el juramento que se le exigía, con lo que se
terminó un negocio, solo al parecer grave por las circunstancias y
tiempos en que pasó, y quizá poco atendible en otros, como todo lo que
se funda en explicaciones y conjeturas acerca del modo de pensar de los
individuos.
[Sidenote: Ciertos acontecimientos ocurridos durante la primera
regencia y breve noticia de los diferentes ramos.]
Ahora, antes de proseguir en nuestra tarea, será bien que nos
detengamos a echar una ojeada sobre varias medidas que tomó la última
regencia, y sobre acaecimientos que durante su mando ocurrieron, y de
los que no hemos aún hecho memoria.
En la parte diplomática casi se habían mantenido las mismas relaciones.
Limitábanse las más importantes a las de Inglaterra, cuya potencia
había enviado en abril de ministro plenipotenciario a Sir Enrique
Wellesley, hermano del marqués y de Lord Wellington. Consistieron
las negociaciones principales en lo que se refería a subsidios, no
habiéndose empeñado aún ninguna esencial acerca de las revueltas
que iban sobreviniendo en ultramar. La Inglaterra, pronta siempre a
suministrar a España armas, municiones y vestuario, escatimaba los
socorros en dinero, y al fin los suprimió casi del todo.
Viendo que cesaban los donativos de esta clase, pensose en efectuar
empréstitos bajo la protección y garantía del mismo gobierno inglés.
La central había pedido uno de 50.000.000 de pesos que no se realizó:
la regencia, al principio, otro de 10.000.000 de libras esterlinas que
tuvo igual suerte; mas como la razón dada para la negativa por el
gabinete británico se fundó en que la suma era muy cuantiosa, rebajola
la regencia a 2.000.000. No por eso fue esta demanda en sus resultas
más afortunada que las anteriores, pues en agosto contestó el ministro
Wellesley:[*] [Sidenote: (* Ap. n. 13-9.)] «que siendo grandísimos los
subsidios que había prestado la Inglaterra a España en dinero, armas,
municiones y vestuario, a fin de que la nación británica apurada ya
de medios, siguiese prestando a la española los muchos que todavía
necesitaba para concluir la grande obra en que estaba empeñada,
parecía justo que en recíproca correspondencia franquease su gobierno
el comercio directo desde los puertos de Inglaterra con los dominios
españoles de Indias bajo un derecho de 11 por 100 sobre factura; en
el supuesto que esta libertad de comercio solo tendría lugar hasta
la conclusión de la guerra empeñada entonces con la Francia.» Don
Eusebio de Bardají, ministro de estado, respondió [mereciendo después
su réplica la aprobación del gobierno]: «que no podría este admitir
la propuesta sin concitar contra sí el odio de toda la nación, a la
que se privaría, accediendo a los deseos del gobierno británico,
del fruto de las posesiones ultramarinas, dejándola gravada con el
coste del empréstito que se hacía para su protección y defensa.» Aquí
quedaron las negociaciones de esta especie, no yendo más adelante otras
entabladas sobre subsidios.
[Sidenote: Monumento mandado erigir por las cortes a Jorge III. (* Ap.
n. 13-10.)]
Las cortes, con todo, para estrechar los vínculos entre ambas naciones,
resolvieron en 19 de noviembre [*] que «se erigiese un monumento
público al rey del reino unido de la Gran Bretaña e Irlanda, Jorge III,
en testimonio del reconocimiento de España a tan augusto y generoso
soberano.» Lo apurado de los tiempos no permitió llevar inmediatamente
a efecto esta determinación, y los gobiernos que sucedieron a las
cortes tampoco la cumplieron, como suele acontecer con los monumentos
públicos cuya fundación se decreta en virtud de circunstancias
particulares.
Motejaron algunos a la primera regencia que hubiese permitido la
entrada de las tropas inglesas en Ceuta, y motejáronla no con justicia,
puesto que admitidas en Cádiz no había razón para mostrarse tan
recelosa respecto de la otra plaza. Y bueno es decir que aquella
regencia tampoco accedía fácilmente en muchos casos a todo lo que los
extranjeros deseaban. Lo hemos visto en lo del empréstito, y viose
antes en otro incidente que ocurrió al principiar junio. Entonces el
embajador Wellesley pidió permiso para que Lord Wellington pudiese
enviar ingenieros que fortificasen a Vigo y las islas inmediatas de
Bayona, a fin de que el ejército inglés tuviese aquel refugio en caso
de alguna desgracia que le forzase a retirarse del lado de Galicia.
Respondió la regencia que ya, por orden suya, se estaban fortaleciendo
las mencionadas islas, y que en cualquiera contratiempo sería recibido
allí Lord Wellington y su ejército tan bien como en las otras partes
del territorio español, y con el agasajo y cariño debidos a tan
estrechos aliados.
[Sidenote: Sigue la relación de algunos acontecimientos ocurridos
durante la primera regencia.]
Púsose igualmente, bajo la dependencia del ministerio de Estado, una
correspondencia secreta que se organizó en abril, con mayor cuidado
y diligencia que anteriormente, a las órdenes de Don Antonio Ranz
Romanillos, magistrado hábil y despierto, quien estableció cordones
de comunicación por los puntos que ocupaban los enemigos, estando
informado diaria y muy circunstanciadamente de todo lo que pasaba hasta
en lo íntimo de la corte del rey intruso.
Por aquí también se despacharon las instrucciones dadas a una comisión
puesta en el mismo abril a cargo del marqués de Ayerbe. Enlazábase esta
con la libertad de Fernando VII, y habíase ya tratado de ello con el
arzobispo de Laodicea, último presidente de la central, con el duque
del Infantado y el marqués de las Hormazas. Presumimos que traía este
asunto el mismo origen que el del barón de Kolly, sin tener resultas
más felices. El de Ayerbe salió de Cádiz en el bergantín Palomo, con
2.000.000 de reales, metiose después en Francia, y no consiguiendo nada
allí, tuvo la desgracia al volver de ser muerto en Aragón por unos
paisanos que le miraron como a hombre sospechoso.
En junio propuso el gobierno inglés al español entrar en un concierto
de canje de prisioneros, de que se estaba tratando con Francia. Las
negociaciones para ello se entablaron, principalmente en Morlaix entre
Mr. Mackenzie y Mr. de Moustier. Tenían los franceses en Inglaterra
unos 50.000 prisioneros, y no pasaban de 12.000 los ingleses que había
en Francia, ya de la misma clase, ya de los detenidos arbitrariamente
por la policía al empezar las hostilidades en 1802. De consiguiente,
queriendo el gabinete británico, según un proyecto de ajuste que
presentó en 23 de septiembre, canjear _hombre por hombre_ y _grado
por grado_, hacíase indispensable que formasen parte en el convenio
España y los demás aliados de Inglaterra. Mas Napoleón, que no se
curaba de llevar a cabo la negociación sobre aquella base, y quizá
tampoco bajo otra ninguna admisible, pedía que se le volviesen a bulto
los prisioneros suyos de guerra en cambio de los ingleses, ofreciendo
entregar _después_ los prisioneros españoles. La negociación, por
tanto, continuada sin fruto, se rompió del todo antes de finalizar
el año de 1810. Y fue en ella de notar lo desvariado a veces de
la conducta del comisario francés, Mr. de Moustier, que quería se
considerase prisionero de guerra al ejército inglés de Portugal: Mr.
de Moustier, el mismo que, tiempos adelante, embajador en España de
Carlos X de Francia, se mostró muy adicto a las doctrinas del más puro
y exaltado realismo.
[Sidenote: (* Ap. n. 13-11.)]
Manejada la hacienda por la junta [*] de Cádiz desde el 28 de enero,
día de su instalación, no ofreció aquel ramo en su forma variación
sustancial hasta el 31 de octubre, en que se rescindió el contrato o
arreglo hecho con la regencia en 31 de marzo anterior. Las entradas que
tuvo la junta durante dicho tiempo pasaron de 351.000.000 de reales.
De ellas, en rentas del distrito, unos 84; en donativos e imposiciones
extraordinarias de la ciudad, 17; en préstamos y otros renglones
[inclusas 249.000 libras esterlinas del embajador de Inglaterra], 54;
y en fin, más de 195 procedentes de América, siendo de advertir que en
esta cantidad se contaban 27 millones que pertenecían a particulares
residentes en país ocupado, y de cuya suma se apoderó la junta bajo
calidad de reintegro: tropelía que cometió sin que la desaprobase la
regencia, muy contra razón. Invirtiéronse de los caudales recibidos
más de 92.000.000 en la defensa y atenciones del distrito, más de 146
en los gastos generales de la nación, y enviáronse a las provincias
unos 112, en cuya enumeración, así de la data como del cargo, hemos
suprimido los picos para no recargar inútilmente la narración. Las
rentas de las demás partes de España se consumieron dentro de su
respectivo territorio, aprontando los naturales en suministros lo que
no podían en dinero.
Circunscribiose la primera regencia, en cuanto a crédito público, a
nombrar en 19 de febrero una comisión de tres individuos que examinase
el asunto y preparase un informe, encargo que desempeñó cumplidamente
Don Antonio Ranz Romanillos, sin que se tomase, en su consecuencia,
sobre la materia resolución alguna.
En 24 de mayo, antes de entrar el obispo de Orense en la regencia,
decidió esta que se reservase para las urgencias públicas la mitad
del diezmo, providencia osada y que no se avenía con el modo de
pensar de aquel cuerpo en otras cuestiones. Así fue que pasó como
relámpago, anulándose en breve, y en virtud de representación de varios
eclesiásticos y prelados.
El ejército, que al tiempo de instalarse la regencia, estaba en muchas
partes en casi completa dispersión, fuese poco a poco reuniendo.
En junio contaba ya 140.000 hombres, y creció su número hasta unos
170.000. No dejó para ello de tomar la regencia sus providencias,
particularmente en la Isla de León; pero lejos de allí debiose más el
aumento al espíritu que animaba a los soldados y a la nación entera que
a enérgicas disposiciones del gobierno central, mal colocado, además,
para tener un influjo directo y efectivo.
Una de las buenas medidas de esta regencia fue introducir en el
ejército el estado mayor general. Sugirió la idea Don Joaquín Blake
cuando mandaba en la Isla. Por medio de dicho establecimiento se
aseguraron las relaciones mutuas entre todos los ejércitos, y se
facilitó la combinación de las operaciones, pudiendo todas partir de
un centro común. Según la antigua ordenanza, desempeñaban aisladamente
las facultades propias de dicho cuerpo el cuartel maestre y los
mayores generales de infantería, caballería y dragones, desavenidos a
veces entre sí. Blake formó el plan que, aprobado por el gobierno,
se circuló en 9 de junio, quedando nombrado el mismo general jefe del
nuevo estado mayor, plantel en lo sucesivo de excelentes y benémeritos
militares.
Desde el principio del levantamiento, fija en el ejército toda la
atención, habíase desatendido la marina, sirviendo en tierra muchos
de sus oficiales. Pero arrinconado el gobierno en Cádiz, hízose
indispensable el apoyo de la armada, no queriendo depender del todo de
la de los ingleses.
Las fragatas y navíos que necesitaban entrar en dique, o no se podían
armar por falta de tripulaciones, se destinaron a Mahón y la Habana.
Los otros cruzaron en el Mediterráneo o en el océano, y traían o
llevaban auxilios de armas, municiones, víveres, caudales y aun tropa.
Los buques menores y la fuerza sutil, además de defender la bahía de
Cádiz, la Carraca y los caños de la Isla, contribuían a sostener el
cabotaje, defendiendo los barcos costaneros de las empresas de varios
corsarios que se anidaban, con perjuicio de nuestra navegación, en
Sanlúcar, Málaga y varias calas de la Andalucía.
Por lo que respecta a tribunales, si bien, según dijimos, había la
regencia restablecido, con gran desacierto, todos los consejos, justo
es no olvidar que también antes había abolido acertadamente el tribunal
de vigilancia y seguridad, fundado por la central para los casos de
infidencia. En 16 de junio desapareció dicha institución, que por haber
sido comisión criminal extraordinaria merece vituperarse, pasando su
negociado a la audiencia territorial. Ya manifestamos que los jueces
de aquel primer cuerpo no se habían mostrado muy rigurosos, siendo
quizá menos que sus sucesores, quienes condenaron a muerte al abogado
Don Domingo Rico Villademoros, del tribunal criminal del intruso
José, cogido en Castilla por una partida, y que en consecuencia de la
sentencia dada contra su persona padeció en Cádiz la pena de garrote.
Doloroso suceso, aunque el único que de esta clase hubo por entonces
en Cádiz, al paso que en Madrid los adictos al gobierno intruso se
encrudecían a menudo en los patriotas.
Recorrido habemos, ahora y anteriormente, los hechos más notables de
la primera regencia, y de ellos se colige que esta, a pesar de sus
defectos y amor a todo lo que era antiguo, no por eso dejó las cosas en
peor postura de aquella en que las había encontrado; si bien pendió en
parte tal dicha de la corta duración de su gobierno, y de no poder el
mal ir más allá a no haberse rendido al enemigo, villanía de que eran
incapaces los primeros regentes, hombres los más, si no todos, de honra
y cumplida probidad.
[Sidenote: Modo de pensar de los nuevos regentes.]
Los nuevos regentes se inclinaban al partido reformador. De D. Joaquín
Blake y de sus calidades como general hemos hablado ya en diversas
ocasiones; tiempo vendrá de examinar su conducta en el puesto de
regente. Los otros dos gozaban fama de marinos sabios, en especial Don
Gabriel Císcar, dotado también de carácter firme, distinguiéndose todos
tres por su integridad y amor a la justicia.
[Sidenote: Varios decretos de las cortes.]
Las cortes proseguían sin interrupción en la carrera de sus trabajos
y reformas. A propuesta del señor Argüelles, decretaron [*]
[Sidenote: (* Ap. n. 13-12.)] en 1.º de diciembre que se suspendiese
el nombramiento de todas las prebendas eclesiásticas, excepto las
de oficio y las que tuviesen anexa cura de almas. Al principio
comprendiéronse en la resolución las provincias de ultramar, mas
después se excluyeron, no queriendo por entonces disgustar al clero
americano, de mayor influjo entre aquellos pueblos que el de la
península entre los de acá.
[Sidenote: (* Ap. n. 13-13.)]
El 2 del mismo mes,[*] en virtud de proposición del señor Gallego,
rebajáronse los sueldos, mandando que ningún empleado disfrutase de más
de 40.000 reales vellón, fuera de los regentes, ministros del despacho,
empleados en cortes extranjeras, y generales del ejército y armada en
servicio activo. Ya antes se había establecido, hasta para los sueldos
inferiores a 40.000 reales, una escala de disminución proporcional,
no cobrando tampoco los secretarios del despacho más allá de 120.000
reales. Se modificaron alguna vez estas providencias, pero siempre
en favor de la economía y buen orden, como era justo, y más entonces,
apurado el erario, y con tantas obligaciones en el ramo de la guerra,
atendido con preferencia a otro alguno.
Experimentaron alivio en sus persecuciones muchos individuos arrestados
arbitrariamente por la primera regencia o por los tribunales, ordenando
que se activasen las causas y que se hiciesen visitas de cárceles.
Las cortes, en medidas de esta clase, nunca mostraron diversidad de
opinión. Así, quien primero insistió en la visita de cárceles fue el
señor Gutiérrez de la Huerta, expresando que «en ella se descubrirían
muchos inocentes.» Porque el mal de España no consistía precisamente en
los fallos crueles y frecuentes, sino en las prisiones arbitrarias y en
su indefinida prolongación.
[Sidenote: Nómbrase una comisión especial para formar un proyecto de
constitución.]
Aunque ocupadas en estas y otras providencias del momento y urgentes,
no olvidaron tampoco las cortes pensar en aquellas que en lo futuro
debían afianzar la suerte y libertad de España. Rever las franquezas
y fueros de que habían gozado antiguamente los diversos pueblos
peninsulares, mejorándolos, uniformándolos y adaptándolos al estado
actual de la nación y del mundo, había sido uno de los fines de la
convocación de cortes y del cual nunca prescindieron estas. Por tanto,
el 23 de diciembre, y conforme a una propuesta de Don Antonio Oliveros
hecha el 9, nombrose una comisión[2] especial que preparase un proyecto
de constitución política de la monarquía. En ella entraron europeos de
las diversas opiniones que había en las cortes y varios americanos.
[2] Los nombrados fueron: europeos, Don Diego Muñoz Torrero, Don
Agustín de Argüelles, Don José Pablo Valiente, Don Pedro María Ric,
Don Francisco Gutiérrez de la Huerta, Don Evaristo Pérez de Castro,
Don Alonso Cañedo, Don José Espiga, Don Antonio Oliveros, Don
Francisco Rodriguez de la Bárcena; americanos, Don Vicente Morales
Duarez, Don Joaquín Fernández de Leiva, Don Antonio Joaquín Pérez; y
entraron después Don Andrés de Jáuregui, diputado por la ciudad de la
Habana, y Don Mariano Mendiola, por Querétaro. Agregose de fuera a
Don Antonio Ranz Romanillos, del consejo de hacienda, ocupado ya en
Sevilla por la central en igual trabajo.
[Sidenote: Voces acerca de si se casaba o no en Francia Fernando VII.]
Por el mismo tiempo confundiéronse también los diferentes y opuestos
modos de sentir en una discusión ardua, trabada en asunto que de cerca
tocaba a Fernando VII. De resultas de la correspondencia inserta en
el _Monitor_ en este año de 1810, en la que había cartas sumisas a
Napoleón del rey cautivo, esparciose por España que se trataba de unir
a este con una princesa de la familia imperial, y de restituirle, así
enlazado, al trono de sus abuelos, bajo la sombra y protección del
emperador de los franceses, y con condiciones contrarias al honor
e independencia de la nación. A haberse realizado semejante plan
siguiéranse consecuencias graves, y quizá por este medio, mejor que por
ningún otro, hubiera alcanzado el extranjero la completa supeditación
de España. Mas, por dicha, el proyecto no convenía a la indomeñable
alma de Napoleón, no sujeto a mudar de consejo ni a alterar una primera
resolución.
[Sidenote: Proposiciones de los señores Capmany y Borrull sobre la
materia.]