Esto es tambien perfectamente conocido en Puerto-Rico. En las últimas

elecciones el general Gomez Pulido hizo sus viajecitos á Rio-Piedras, y

creo que á Arecibo; nombró secretario de gobierno á su propio hijo;

revivió la famosa institucion de los corregidores con sueldo, y contra

la ley electoral, despachó como se pedia el expediente de la

contribucion industrial de la isla. Esta, además, vió presos en el

momento de la eleccion á hombres como los Quiñones de San German,

privados del derecho electoral como deudores de la Hacienda (no estando

apremiados) á más de 150 personas de Sabana Grande, y detenidos y

conducidos entre guardias civiles á muchos pobres _jíbaros_ de Mayagüez,

so pretesto de que les faltaba la cédula.

Ahora tengo el derecho de preguntar á los conservadores: ¿en dónde ha

pasado nada de esto en las actuales elecciones? ¿A quién se ha detenido

ó se ha preso en Puerto-Rico? ¿A quién se ha negado el derecho

electoral? ¿Qué espediente se ha despachado en el período de las

elecciones? ¿Qué manifiesto se ha prohibido, como en tiempo del Sr.

Gomez Pulido los de Mayagüez, San German y Sabana Grande? ¿Acaso el

_Boletin_, órgano de los conservadores, se ha visto ahora como _El

Progreso_, órgano de los radicales en la anterior situacion, en el caso

de abstenerse absolutamente de hablar de política? Vengan los hechos

concretos; nosotros reproduciremos la denuncia.

Pero veamos los cargos que se hacen al general La Torre. Primero, que

durante el período electoral separó á varios empleados de la isla.

Segundo, que dió algunas disposiciones sobre el reglamento electoral,

favorables á los radicales. Tercero, que celebró una conferencia con los

jefes y oficiales de la guarnicion de Puerto-Rico para recabar su apoyo

en obsequio de la candidatura del general Córdova. Cuarto, que apoyó en

la lucha á los candidatos radicales, cuya mayoría era de los insurrectos

de Lares.

Vamos por partes y veamos de concluir pronto. En primer lugar, sépase

que si el general La Torre tocó al personal administrativo durante el

período electoral, pudo hacerlo legalmente, porque la ley, hecha por el

Sr. Lopez de Ayala, se guardó muy bien (los conservadores sabrán por

qué) de estender á Puerto-Rico lo que rige en la Península respecto de

la inamovilidad en la época de elecciones. Despues conviene advertir que

la casi totalidad de los corregidores y delegados separados eran hombres

de partido y agentes del gobierno, colocados por el Sr. Pulido en vista

de las nuevas elecciones, y á los cuales se ha sustituido con personas

que cual siempre habia pasado en Puerto-Rico, son de posicion

independiente é importancia personal, y desempeñan sus cargos

_ad-honorem_. Por último, sépase que la mayoría de los separados lo han

sido con justa causa, con causa legal, y los otros por fundados motivos

de que se turbara el órden so pretesto ó en méritos de su

administracion. No tengo inconveniente en entrar en el terreno de los

nombres propios.

Respecto de las demás disposiciones tomadas por el general La Torre,

presumo que nadie se referirá á una elocucion (que ha hecho, sin

embargo, muy mal efecto entre los conservadores) en que la autoridad

prometia castigar sin consideracion alguna á posiciones ni pretensiones

á los que de cualquier modo faltasen á la ley. Lo que quizá sirva de

pretesto para censuras es un decreto fecha 5 de Agosto, para la

aplicacion del reglamento electoral.

Este decreto, empero, no puede ser más legal ni más justo. En él se

establece que las listas electorales sean las mismas que sirvieron en

1871, sin admitir las inclusiones parciales que á la callada se hicieron

en Abril de 1872, mientras se prohibia la rectificacion pública de las

listas. Mándase tambien que la incapacidad electoral por causa de pena

se entienda si ésta fuese impuesta por los tribunales de justicia en

sentencia ejecutoria, y que la de los deudores del Estado produzca su

efecto cuando los deudores estén apremiados en concepto de segundos

contribuyentes. Dispónese que las cédulas se entreguen á los electores

ocho dias antes de la eleccion y que por tanto su distribucion no quede

á merced de los alcaldes. Por último, se acuerda que los electores del

ejército y armada deben estar inscritos en las listas de cualquiera de

los distritos electorales de la provincia y llevar dos meses de

residencia en el punto en que hayan de votar.

Nada más dice el decreto. Para los que recuerdan que precisamente todo

lo contrario fué lo que se hizo por el general Pulido en las últimas

elecciones, sin duda la disposicion del Sr. La Torre es gravísima.

Los amantes de la libertad electoral nada encontrarán en él de notable.

A los conservadores si les debe desesperar.

En cuanto á la conferencia del Sr. La Torre con los jefes y oficiales de

la guarnicion de la capital, háse de considerar que toda su posible

gravedad desaparecería desde el momento en que aquella respetable

persona desistió de su recomendacion favorable al general Córdova, ante

la actitud resuelta de los jefes y oficiales _en activo servicio_ de

votar un candidato _de oposicion_ al gobierno, sin que por esto les

aconteciera absolutamente nada. Imagine el piadoso lector lo que le

hubiera sucedido á un oficial liberal en un caso análogo mandando los

conservadores.

Despues conviene advertir que los pasos del Sr. La Torre, mas que á otra

cosa tendieron á evitar que la oficialidad de la capital de Puerto-Rico

se entremetiera en las cuestiones de aquellos partidos é influyese de

ningun modo en la clase de tropa. Todo el mundo sabe en Puerto-Rico que

á un coronel de aquella guarnicion se le llama el "jefe militar del

partido conservador", y notorio es que á no oponerse el coronel Manjon y

el jefe del batallon de Puerto-Rico, el general Baldrich hubiera seguido

en 1871 (y por la agitacion política) la suerte de Dulce en Cuba.

En este espíritu conciliador del capitan general estaba el partido

radical de la pequeña Antilla. Así el doctor Goico, presidente del

comité, propuso al conocido comerciante Látimer, persona muy discreta

del partido conservador, que se dejasen á un lado las candidaturas de

Córdova y Sauz, votando conservadores y radicales al general Espartero

como una gloria nacional; propuesta que, acogida por el Sr. Látimer, fué

rechazada luego por el partido conservador.

Por último, es absolutamente falso que la mayoría de los candidatos

radicales de Puerto-Rico fuesen _ni detenidos_, cuando menos procesados

por los acontecimientos de Lares. Solo uno fué preso y la amnistía

(¿saben los conservadores la diferencia que va de indulto á amnistía?)

sobrevino cuando la causa estaba en sumario, de modo que este hubo

desobreserse, con gran disgusto de los sumariados. Insistir en llamar

insurrecto á uno de estos, es ponerse al alcance de los tribunales por

delito de calumnia.

Y he aquí todo lo que ha sucedido en Puerto-Rico. He aquí todas las

coacciones, todos los desaguisados del capitan general; toda la

inmoralidad del gabinete Ruiz Zorrilla; todas las bellaquerías de los

radicales laborantes, simpatizadores, filibusteros, etc., etc., etc.

Como prometí, no quiero hacer comentarios. Ahí están los hechos.

Niéguelos el que pueda.

Solo me permitiré, para concluir, pedir á Vd. perdon del tiempo y el

espacio que le he robado, y preguntar á los conservadores en qué

distrito ni en qué época han pretendido siquiera ellos lo que los

radicales han practicado en Puerto-Rico, con el gobierno, con los

electores y con sus adversarios.--B. S. M.--_Un puerto-riqueño_.

PUBLICACIONES DE LA SOCIEDAD ABOLICIONISTA ESPAÑOLA

Valverde, 25 y 27, 3.º, derecha.--Madrid

=Conferencias= anti-esclavistas del teatro de Lope de Rueda, 1871-72.

Inaugural, por _Fernando de Castro_.

La abolicion en las Antillas inglesas, por _Félix de Bona_.

La esclavitud y el cristianismo, por _Antonio Carrasco_.

La servidumbre en Puerto-Rico, por _José J. Acosta_.

La esclavitud en Cuba, por _Joaquin María Sanromá_.

La abolicion en el Brasil, por _Salvador Torres Aguilar_.

La cuestion social en las Antillas españolas, por _Rafael M. de

Labra_.

La abolicion en los Estados-Unidos, por _Gabriel Rodriguez_.

Cada volúmen, un real en la administracion de _El Abolicionista_. La

coleccion, 6 rs.

=El art.= V de la ley preparatoria de la abolicion de la

esclavitud.--Exposicion razonada de la Junta Directiva de la _Sociedad

Abolicionista_ al Excmo. señor Presidente del Consejo de ministros, con

un apéndice que contiene la ley de Julio de 1870 y todos los documentos

publicados por la _Sociedad_ desde 1871.--Un folleto, Julio, 1872; 4 rs.

=La cuestion= de la esclavitud en el año 1871. Coleccion de documentos

(Manifiesto á la nacion, carta al señor ministro Topete, carta al señor

Mosquera, exposicion á las Córtes).--Un folleto, 1871; _50 céntimos_ de

real.

=Exposicion= á las Córtes en demanda del cumplimiento de las leyes y de

la promulgacion de una definitiva de abolicion.--16 Noviembre 1871; una

hoja, _25 céntimos_ de real.

=El proyecto= de abolicion del Sr. Moret y la prensa madrileña.

Coleccion de artículos publicados en 1870 por casi todos los periódicos

de Madrid; proyecto del Sr. Moret y dictámen de la comision; un folleto,

4 rs.

=La esclavitud= de los negros y la prensa madrileña. Mocion al pueblo

español del comité de la conferencia internacional de Paris y artículos

de casi todos los periódicos de Madrid que precedieron al proyecto

Moret.--1870; un folleto, 2 rs.

=El cancionero= del esclavo. Coleccion de poesías leidas en el certámen

de 1863; un volúmen, edicion de lujo, 20 rs.

=La abolicion= inmediata. Carta al señor D. Eduardo Gasset dirige la

Junta Directiva de la _Sociedad Abolicionista_ sobre los proyectos que

se atribuyen al ministerio de Ultramar, _50 céntimos_ de real.

=Toussaint= l'ouverture. Discurso en su elogio por Wendell Phillips,

traducido del inglés por un puerto-riqueño, un folleto, 2 rs.

EN PRENSA.

=Informe= de los comisionados de Puerto-Rico en 1866 sobre la abolicion

de la esclavitud (_Acosta_, _Ruiz_, _Belvis_ y _Quiñones_); un volúmen.

=La abolicion= de la esclavitud en las Antillas españolas, por _Rafael

M. de Labra_; segunda edicion, un volúmen.

=La abolicion= en Cuba y en Puerto-Rico. Exposicion de la _Sociedad

Abolicionista Española_ á las segundas Córtes ordinarias de 1872,

artículos de _La Epoca_, _El Debate_ y _El Clamor_ en contra; refutacion

de estos artículos, por _Labra_, un folleto.

=Informe= de los comisionados en Cuba en 1866, proponiendo al gobierno

de la Metrópoli la abolicion de la esclavitud en siete años; un volúmen.

=Las reformas= en Ultramar. Discursos pronunciados en el Congreso de los

Diputados el dia 21 de Diciembre de 1872 por los Sres. _Labra_,

_Castelar_ y _Martos_, un volúmen.

PROPAGANDA REFORMISTA

A partir del 15 de Enero verá la luz en Madrid una série de folletos,

redactados por nuestros primeros escritores, en que se tratarán estos

puntos:

La emancipacion de la América latina.--La guerra de los Estados-Unidos,

en 1776.--La esclavitud y el derecho de gentes.--El Canadá.--Las

escuelas sobre política colonial.--Los diputados americanos en 1810 y

1820.--El incendio de Santo Domingo en 1804.

La situacion de Puerto-Rico Las falacias de los conservadores y los compromisos del partido radical · 第 7 / 7 段