XXXIII.

Al hacerse cargo del Gobierno el General don José de Lemery dictó la

siguiente _Circular_, con fecha 1º de febrero de 1856, á fin de

establecer _Escuelas Rurales_ y aumentar la concurrencia de los niños á

la de los pueblos. Dice así dicha Circular:

“El Director de la Academia de Buenas Letras, en comunicación de 7

diciembre último, me dijo lo siguiente: Exmo. Señor: La Academia de

Buenas Letras cuya misión especial es la de inspeccionar las escuelas de

Instrucción primaria para procurar el adelantamiento de la juventud que

á ellas concurre y para que la instrucción que reciban sea sólida y

perfecta, ha visto por las actas que han celebrado las Juntas del ramo

en los pueblos de la Isla, á consecuencias de los exámenes públicos que

tuvieron lugar en el mes de julio último, que si bien los niños han

demostrado su aprovechamiento y los profesores esmero por la enseñanza,

el número de alumnos que en ellas se contiene no guarda proporción con

el de familias que tiene cada pueblo, y que la asistencia de niños

pobres á dichos establecimientos es también escasa, habiendo muchos de

ellos donde no concurre el número de aquella clase, que está prefijado á

cada escuela por Circular muy reciente del Superior Gobierno. Es también

obligación de la Academia, según lo previenen sus Estatutos, procurar el

fomento de la enseñanza primaria, elevando á la superior resolución de

V. E. las medidas que considere prudentes para lograrlo; y fiel

observadora de este precepto, le someterá aquellas que en su humilde

concepto considera suficientes, á tan importante fin. Generalmente hay

un abandono por parte de algunos padres de familia, que habitan en los

campos, para dar educación á sus hijos, ya porque su ignorancia les hace

creer que sin aquella pueden ser ricos sus hijos como lo han sido ellos,

ya porque la distancia á que viven del pueblo donde se haya situada la

escuela pública no les permita enviar á ella sus hijos atravesando ríos

y montañas, y ya en fin, es lo más común, faltos de medios con que poder

vestir á aquellos y aún alimentarlos mientras se hallen fuera de su

casa, prefieren mantenerlos en la ignorancia; y en este estado selvático

ocuparles en las faenas domésticas y del campo, antes que privarse de

sus servicios para que vayan á recibir una educación moral y religiosa,

que ha de hacerlos un día miembros útiles á la sociedad; ¡cuántos

delitos se evitarían, que no dejan de afectar al buen nombre y moralidad

del país!

“El Gobierno de esta Isla, celoso por el fomento de la educación, porque

sabe que mientras más instruído es un pueblo, cumple mejor sus

disposiciones; determinó oportunamente, al saber los inconvenientes que

se presentaban para el fomento de objeto tan importante, que en los

barrios de los pueblos se establecieran _Escuelas Rurales_,

facilitándoles la manera de obtener profesores y medios con que

sostenerlos; y si hoy no se hallan generalizadas, culpa es de aquellos

padres de familia que despreciando las facilidades que se les presentan,

prefieren vivir, ellos y sus hijos, en la ignorancia.

“Cuando los pueblos desatienden la voz paternal del Gobierno y descuidan

así la observancia de medidas convenientes á su bienestar, preciso es

adoptar el temperamento que tomara la Prusia, pasando una visita

domiciliara á cada casa para saber el número de niños y disponer que

fuesen al aula á recibir la educación necesaria y por cuyo medio ha

conseguido que el pueblo sea más instruido en los primeros elementos y

quizá el que guarde más proporción con los demás del mundo, entre el

número de familias y los niños que concurren á las escuelas. Pudiera

aquí ensayarse este sistema, pasando los Alcaldes acompañado de un

individuo de las Comisiones de pueblo, una visita á cada casa para saber

el número de niños que en ellas existen, expresando en la nota, que

habrán de tomar, los que se hallan en estado de concurrir á la escuela

por su edad y demás circunstancias, y los que asisten á ella, expresando

la clase á que corresponde y si son pobres ó pudientes, cuya diligencia

harán también en los barrios del campo.

“Obtenida esta relación, darán cuenta á la Junta del pueblo, para que

ésta excite á los padres de familia á que envíen sus hijos á la escuela;

encareciéndoles las ventajas de una buena educación; disponiendo que los

de la clase pobre concurran á ella aun cuando no tengan un vestido

decente, y por todo dos horas diarias, para lo cual se pondrán de

acuerdo con el profesor que dirije el establecimiento público; á fin de

que el local sea suficiente al número de niños que haya de recibir. Y

por este medio, unido á las excitaciones que también podrán hacer á los

vecinos mejor acomodados de los barrios para que en estos establezcan

_Escuelas Rurales_, así para sus hijos como para la clase pobre;

buscando ellos el sugeto que ha de encargarse de la enseñanza; así se

logrará el difundir una instrucción, sino sólida y suficiente para

carreras literarias, al menos lo que conviene para la moralidad y

bienandanza públicas.

“Siendo el pueblo puertorriqueño generalmente religioso, las palabras

vertidas por el sacerdote desde la cátedra del Espíritu Santo

contribuirán también á despertar en los pueblos el deseo de instruir á

la juventud, por lo tanto sería muy conveniente excitar á los párrocos

para que por su parte contribuyan á objeto tan importante.

“Hay otra circunstancia muy conveniente para que la instrucción se

fomente en el país. Por circulares del Superior Gobierno que no se

hallan por cierto derogadas, se recomienda á las Comisiones del pueblo,

que visiten á menudo las escuelas públicas y particulares; nombrarán por

cada mes un individuo de su seno que en clase de inspector concurra á

aquellos núcleos, dando parte de cualquier novedad. Esto solamente se

practica en algunos distritos, porque en otros se ha descuidado

enteramente esta obligación; y por eso no progresa en ellos la

enseñanza, pues es indudable, que habiendo asiduidad y eficacia por

parte de dichas Comisiones, los padres de familia verán como asunto de

interés la educación, los profesores se esmerarán más en el cumplimiento

de sus deberes y la juvntud estudiosa se estimulará más en sus tareas al

ver el cuidado con que se atiende á su aprovechamiento.

“Hay más: estas visitas sirven de correctivo á los encargados de la

enseñanza, porque si alguno se descuidase sabe que tiene un vigilante de

sus operaciones, que dando parte á quien corresponde, le hará entrar en

la senda de sus deberes; y por último, que con esta práctica, se hará un

beneficio á los fondos públicos, porque tendrán una justa inversión las

cantidades que anualmente satisfacen por la enseñanza.

“En consecuencia de lo expuesto, y conforme con el proyecto de la

circular, que me ha presentado el Director de la Real Academia de Buenas

Letras, he venido en decretar lo que sigue:

“Artículo 1º—Los Alcaldes de los pueblos de la Isla, como Presidentes de

las Comisiones de Instrucción primaria, y acompañados de un individuo de

las mismas, tomarán nota de los niños de 8 á 10 años, que ya de la clase

pobre, como de la pudiente, no concurran á las escuelas públicas ó

particulares á recibir la instrucción que en ellas se dá, é igual

formalidad practicarán en los barrios del territorio; debiendo concurrir

para esta operación á las casas, con el fin de tomar las noticias

necesarias de los padres de familia, sin que para ello se ejerza

violencia ni apremio alguno.

“Artículo 2º—Tomada la relación de los niños, de que se remitirá una

copia á este Superior Gobierno, procederán los Alcaldes á excitar á los

padres de familia para que envíen sus hijos á la escuela, haciéndoles

conocer las ventajas que ha de proporcionarles la instrucción.

“Artículo 3º—Observándose por los estados trimestrales, que muchas de

las escuelas públicas no tienen el número de pobres que está prefijado

en la Circular de 29 de diciembre de 1853, los Alcaldes cuidarán no sólo

de que se mantenga el número completo sino que se aumente hasta donde lo

permita la extensión del local, poniéndose de acuerdo con el profesor, á

fin de que se proporcione otro más capaz donde los niños se encuentren

con el desahogo que aconseja la higiene.

“Artículo 4º—Teniendo en consideración que la distancia á que se hallan

colocados los barrios con respecto á la población es causa de que no

concurran á las escuelas los niños que en aquellos habitan, encargo á

los Alcaldes que exciten á las personas acomodadas de cada barrio para

que establezcan las _Escuelas Rurales_, no sólo para sus hijos, sino

para los pobres de la comarca, estableciédolas en puntos céntricos; en

la inteligencia, que ellos podrán solicitar el sugeto á quién deseen

encargar la enseñanza de los niños, y convenir con él la remuneración

por su trabajo cuyo pago podrán repartirse entre todos vecinos que

disfruten de semejante beneficio.

“Artículo 5º—Prevenido como está por Circulares anteriores vigentes, que

las Comisiones referidas nombren mensualmente un vocal de su seno, que

concurra una ó más veces á la escuela para imponerse del estado de

adelanto de los niños y dar parte de cualquiera falta que en ella

advirtiere capaz de enmendarse, recomiendo su más puntual cumplimiento;

y encargo á las Comisiones, que á principio de cada mes se me dé cuenta

del resultado; en la inteligencia que exigiré la responsabilidad á quien

corresponda por la menor omisión.

“Artículo 6º—Los Alcaldes excitarán á los venerables párrocos, para que

desde la cátedra del Espíritu Santo, y en los días festivos, contribuyan

con sus exhortaciones al fomento de la instrucción pública, y al propio

tiempo cuidarán de hacer exámenes parciales en las escuelas, cuando lo

tengan por conveniente, á fin de imponerse del estado de adelanto de los

niños.

“Todo lo que comunico á V.V. para su inteligencia y efectos

correspondientes. Puerto Rico, 1º de Febrero de 1856. _José Lemery._

Sres. Alcaldes de la isla de Puerto Rico.”

El mismo Gobernador Lemery dispuso, con fecha 25 de agosto del mismo

año, á propuesta de la Academia de Buenas Letras, que para impulsar la

instrucción de las niñas se autorizara en los pueblos á las señoras con

aptitudes para la enseñanza, á que pudieran abrir sus escuelas para la

enseñanza de costura, bordado, lectura y doctrina cristiana, aunque

dichas señoras no tuvieran título de maestras; con la obligación de

contratar un profesor que enseñara á las niñas las demás materias de la

instrucción pública.

El mismo mes y año la Academia disponía, deseosa de impulsar la

instrucción primaria y con el fin de estimular á la juventud á que

concurriera á las escuelas, que además de los premios establecidos en el

Reglamento de exámenes, publicado en la Gaceta Oficial del 4 de

diciembre de 1852, se establecieran otros, más pequeños, para los

alumnos que dieran pruebas de su aprovechamiento en las materias que

estudiaran. Además estableció un premio para el alumno más aventajado en

cada materia, de las que componen el ramo de instrucción primaria, en

cuya competencia podían entrar á disputarselo todas las secciones que la

compusieran, teniendo en cuenta para la adjudicación, así del premio

como del accesit, el grado de aprovechamiento comparativamente con las

demás, el tiempo de escuela, la continua asistencia y la conducta

escolar que hubiere observado el candidato, siendo el informe y voto del

profesor uno de los requisitos indispensables para proceder con el mejor

acierto en este asunto.

Estas medallas se hicieron traer de Francia por conducto de una casa

comercial de la Capital. La de primera clase valía 7 reales macuquinos y

la del accésit 4 reales. También se daban prequeñas, de 4 reales y la

del accesit de 3 reales. También se daban premios á las escuelas

particulares. Costeaban estas medallas fondos municipales de cada

pueblo. Cuando había dos ó más alumnos, con igual aptitud para un mismo

premio, se procedía ó hacer oposiciones por separado, sufriendo cada uno

de ellos, nuevo exámen para depurar la suficiencia y evitar los sorteos

entre los escolares más sobresalientes.

Los esfuerzos hechos por don Juan de Mata Aybar, Director de la Academia

de Buenas Letras, durante el tiempo que estuvo al frente de esta

corporación merecen ser citados con especialidad, pues además de

escribir una gramática castellana para el fomento del habla de Castilla

en este país, no cesó un solo día de proponer al Gobernador medidas

convenientes al adelanto de la instrucción en Puerto Pico. Su gramática

fué declarada de texto para las escuelas. Honor á quien honor merece.

Historia de la instrucción pública en Puerto Rico hasta el año de 1898 · 第 60 / 113 题