La música estaba á altura semejante: sus adelantos pertenecen á época

más reciente: _La muerte de Corina_ de Juan Cruz Varela, música de

S. Somellera, ó _La tórtola viuda_ de Rivera Indarte, con música de

Massini, si pudieron gustar á falta de otra cosa, no debieron ser

mayormente artísticas, desde que sólo se recuerdan ahora en su nombre,

más en ninguna parte se ejecutan.

La escultura y arquitectura carecen de obras que deban ser recordadas.

La poesía en cambio, adelantándose á sus congéneres, llegó con

Echeverría, Mármol, Varela... á composiciones de mérito llenas de

patriotismo y sentimiento.

Las ciencias en 1853, estaban aun en lugar más inferior que las artes:

no he encontrado en parte alguna el recuerdo de un solo descubrimiento

científico. La excepción corresponde, si se acepta la existencia de la

ciencia política ó de las ciencias políticas. _El dogma socialista_

de Echeverría, las obras de Alberdi, todas las de Sarmiento y los

conocimientos en la materia que se demostraron en las sesiones del

congreso constituyente, no están en relación con aquella sociedad. Son

muy superiores, son obras de positivo mérito, que hoy, cincuenta años

después de escritas, son citadas, y con ellas se procura acordar las

propias convicciones, como si llevaran en sí la verdad indiscutible.

* * * * *

En cuanto á los adelantos urbanos, la edificación adoptaba la forma de

las casas pompeyanas ó moriscas, que se admiran en la ciudad destruída

ó que se visitan en España en las ciudades de Sevilla ó Córdoba; las

casas macizas con techo de teja, de épocas anteriores, daban modelos á

las nuevas construcciones. El pavimento de las calles era el natural,

excepción hecha de algunos cortos trechos de empedrado: para los

que se utilizaban piedras traídas de Martín García[21]. El alumbrado

confiado aun en su casi totalidad á la lamparilla de aceite. En los

alrededores de Buenos Aires, las quintas á las que conducían caminos

poco cómodos, ofrecían un punto de llegada en las excursiones y paseos

de que tan gratos recuerdos conservan los viejos de nuestro tiempo.

3. En los campos, las circunstancias políticas habían hecho causa común

con el desierto, la tradición y la fácil ganadería para impedir el

desarrollo de la agricultura y favorecer el de aquélla; las quintas

y chacras de los alrededores no alcanzaban á producir todo lo que

las ciudades consumían, dando así lugar á que subsistiera aun la

importación de cereales. Y en cuanto á los procedimientos de cultivo,

eran sólo los que las costumbres habían transmitido: es de fecha

posterior la introducción de máquinas y sistemas.

En cambio, la ganadería se conservaba en su apogeo; aquel trabajo más

arriesgado y más libre de la época colonial, era todavía el predilecto

en la elección que para el despliegue de sus actividades hacía el

hombre de campo. La enorme extensión del territorio no hacía necesaria

la economía del suelo, y ayudaba también en aquel sentido la existencia

de los grandes fundos que adquiridos por medios más ó menos legítimos

é ilegítimos se han perpetuado, y que hasta en la actualidad, ahogan

con su abrazo el desarrollo de muchos pueblos y ciudades, y retardan

el progreso de algunas provincias. Debe recordarse sin embargo, que la

ganadería había dado algunos pasos con las tentativas de refinamiento

que recuerda el general Mitre en la arenga pronunciada en la exposición

agrícola-industrial de Buenos Aires, el 10 de abril de 1859.

Un poco más allá, donde la población escaseaba aun más, los territorios

abandonados al indio, poco ó nada explorados, las tierras fiscales, los

grandes bosques vírgenes, las montañas y las sierras cuyo contenido se

ignoraba y que contribuirán algún día á la riqueza del país.

En cada provincia, sus particularidades: los saladeros en Buenos Aires,

Entre Ríos y Corrientes, los tejidos en el interior y las tantas otras

industrias, muchas de ellas conservadas en la actualidad.

4. Pueblos y ciudades así aislados, tenían una idea, vaga aun, de que

formaban una nación: que además de la patria reducida donde gobernaba

el caudillo, había otra más grande á la que también pertenecían

aquellos otros pueblos á quienes le unían largos caminos y un comercio

continuo. Esas comunicaciones se hacían no obstante las enormes

dificultades y distancias de que apenas se tiene una idea cuando se

atraviesa ahora la república en cómodos ferrocarriles.

Las vías de comunicación actuales en la República Argentina, sin estar

sino en mínima parte trazadas, han alcanzado desarrollo regular,

permitiendo, sobre todo en la región noreste, trasladarse con facilidad

de un punto á otro, comunicarse con relativa rapidez, no vivir cada

población ignorando lo que pasa en su vecina de algunas leguas.

No era así sin duda en la época á que este capítulo se refiere,

teniendo sin embargo ya larga historia el desarrollo de estos medios de

unión entre los hombres. Es necesario hacer un recuerdo de ellos; su

importancia era grande, aunque tan poca pareciera tomando la fecha 1853

sin referirla á otras anteriores.

Como lo afirma Moussy[22], los mismos medios que usaron los

conquistadores en el siglo XVI, debían servir con pocas variantes

para las comunicaciones argentinas á mediados del siglo XIX. Las

naturalezas de hierro podrían resistir las largas travesías; los que

no las tenían, debían perecer. Entre salvajes y animales de toda

especie, sólo podrían resistir los mejor dotados, y á los débiles se

aplicaría la ley de selección natural. La función hizo al órgano

y apareció el baqueano conocedor de todos los lugares, «personaje

eminente y que tiene en sus manos la suerte de los particulares y de

las provincias. El baqueano es un gaucho grave y reservado, que conoce

á palmo veinte mil leguas cuadradas de llanuras, bosques y montañas.

Es el topógrafo más completo, es el único mapa que lleva un general

para dirigir los movimientos de su campaña»[23]. Los ríos se cruzaban

en pequeñas canoas, cuando no se conservaban las antiguas _pelotas_, y

las selvas por las veredas ó sendas heredadas del salvaje ó abiertas

para las nuevas necesidades. Las rutas de Chile y la del norte eran

las más frecuentadas y lo habían sido también en la época colonial

cuando las mercancías que llegaban de Europa á Buenos Aires, debían

ser conducidas á Potosí ó á la intendencia de Cuyo. Y al lado de estas

rutas capitales, las rutas secundarias de Buenos Aires al Rosario, de

Mendoza á San Juan, de San Juan á San Luis. Las rutas intercapitales,

las de la mesopotamia y todas aquellas á que las necesidades del

comercio, ó el interés del conocimiento de lugares, ó cualquier otra

causa importante hubieran dado nacimiento.

En cuanto á los sistemas de transporte, la misma obra de Moussy antes

citada, enumera éstos: _viajes á caballo_, de día, con descansos

nocturnos cuando la existencia de postas lo permitieran, llevando

consigo las mercaderías y la tropilla de caballos que substituyeran

á los ya cansados. _Viajes en coche_, la _galera_ principalmente,

que conserva aún hoy su importancia en los lugares que no han sido

favorecidos por el ferrocarril. Finalmente, _las diligencias_, recién

establecidas en 1853, más grandes, más confortables, más adelantadas.

Y en lo que á transporte de mercaderías se refiere, las carretas

de bueyes y las tropillas de mulas se hacían la competencia y eran

igualmente usadas, siendo preferidas unas ú otras, según la topografía

del suelo y la menor ó mayor urgencia que tuviese el destinante

en hacerlas llegar á su destino. Lo que aquellas eran y el enorme

cambio sufrido desde entonces á aquí, ha podido verse en la reciente

exposición ferroviaria, donde se han exhibido aquellos carruajes y

otros por el mismo estilo, que Moussy no enumera: la _volanta_, la

_catanga_, el _landeau_, á pocos pasos de las colosales máquinas y

elegantes coches de ferrocarril, introducidos en el país ó que prometen

introducirse.

La organización postal, antes del decreto de 8 de junio de 1854 que

instituyó las mensajerías nacionales, conservaba también carácter

cuasi colonial; los dueños de posta desempeñaban gran papel; sus

instituciones eran útiles, más que útiles, necesarias y únicas y

muchas veces más seguras que el actual correo... Existían también los

correos entre muchos puntos del territorio argentino. En cuanto á los

telégrafos, su creación data de época posterior: de 1860.

Á todo ésto se deben agregar las comunicaciones marítimas con Europa,

Brasil, Uruguay, litoral, existiendo desde 1851 la navegación á vapor

que comenzó un navío, el _William Pearce_.

Tales eran los medios de comunicación en 1853, cuando la Constitución

vino á facilitarlos, declarando la libertad de tránsito para los

hombres, las cargas y las bestias, y la libre navegación de los ríos

interiores de la nación para todas las banderas del mundo.

5. La situación económica del país no podía ser superior á la situación

general. Se salía de la época de Rozas en la que la historia financiera

«puede concretarse á la enumeración de los déficits dentro del

presupuesto, de los gastos extraordinarios y de los medios adoptados

para enjugar los primeros y llenar los segundos»[24]. Época de

emisiones de papel moneda en abundancia, que debió ser imitada después,

aun cuando hubiera progresado tanto la nación.

Caído Rozas, en un primer momento no se pudo remediar aquel estado; en

Buenos Aires se emitió por valor de 19.500.000 pesos moneda corriente

en los años 1852 y 1853; en la Confederación la vida financiera fué

precaria y llegó á los resultados que se expondrán en el próximo

capítulo.

6. Tal era el cuadro en que se desarrollaba el pueblo para el que se

dictaba la Constitución de 1853. Tales eran también los adelantos á que

había llegado en los siglos coloniales, y en los años de emancipación.

La Constitución quiso, pues, tomando en cuenta en la medida de lo

posible, el estado del país en aquel momento, promover su adelanto: en

su preámbulo estableció los móviles que la habían originado y los fines

que se proponía; está allí expresado el deseo de dar cumplimiento á

pactos preexistentes que las luchas anteriores habían provocado y cuyo

respeto era necesario para constituír la unión nacional, consolidar la

paz interior y promover el bienestar general; las continuas prácticas

judiciales poco respetuosas de las leyes, y obedeciendo muchas veces á

influencias de toda especie, pedían quizás con exceso, como afirma el

documento antes mencionado y en parte transcripto, que se afianzara la

justicia, y tal cosa prometió aquel preámbulo; y la aspiración general

quedaba satisfecha cuando se ofrecía la libertad que alcanzaría á

nacionales y extranjeros.

En las declaraciones, derechos y garantías, tratábase por todos los

medios de promover y estimular el adelanto del país; el comercio, la

industria, artes, propiedad, vida, libertad, imprenta, educación, el

tránsito libre de hombres, vehículos y bestias, las actividades todas

de los individuos, quedaban protegidas; hasta se recordó al indio

encomendándose al Congreso (art. 29, inc. 15) que vigilara por la

conservación del trato pacífico con ellos y de promover su conversión

al catolicismo. Cierto es,--y el recuerdo es justo, pues poco se tiene

en cuenta,--que esta disposición se encontraba ya en la Constitución

de 1819 y en una forma más amplia; su artículo 128 decía: “Siendo los

indios iguales en dignidad y derechos á los demás ciudadanos, gozarán

de las mismas preeminencias y serán regidos por las mismas leyes.

Queda extinguida toda tasa ó servicio personal bajo cualquier pretexto

ó denominación que sea. El cuerpo legislativo promoverá eficazmente

el bien de los naturales por medio de leyes que mejoren su condición

hasta ponerlos al nivel de las demás clases del estado”[25]. La

Constitución de 1853 al equiparar el indio al civilizado, buscar su

trato, y disponer que se le civilizara, no hacía pues, sino repetir

una disposición anterior que había dado forma á un deseo general de la

población, deseo que continúa subsistente en nuestra época en que á

pesar de los años transcurridos desde la sanción de aquel mandato, poco

se ha hecho por cumplirlo.

Á pesar de los deseos de igualdad y sanciones que pretendían que todo

extranjero se encontrara aquí como en su patria, la Constitución dictó

un principio contrario á tal propósito, aunque en realidad con esa

determinación se marchara más de acuerdo con las ideas de la sociedad

de aquella época. Demasiados españoles había y demasiado española era

la sangre para que fuera posible separar la religión del estado. El

culto católico-apostólico-romano ejercía demasiada influencia para

que no se le recordara en alguna forma. La Constitución llevó en el

artículo 2^o la afirmación de «el gobierno federal sostiene el culto

católico, apostólico, romano» y el artículo 73 (art. 76 de la vigente)

en que se establece como condición para ser presidente ó vicepresidente

de la confederación «pertenecer á la comunión católica, apostólica,

romana». Nótese que la disposición que elige el culto fué concebida en

esos términos como medio de transacción; algunos constituyentes, como

el diputado Zenteno, deseaban que aquella declaración fuera más amplia.

Proponía sancionar el artículo en esta forma: «la religión católica,

apostólica, romana, como única y sóla verdadera, es, exclusivamente

la del estado. El gobierno federal la acata, sostiene y protege,

particularmente, para el libre ejercicio de su culto público, y todos

los habitantes de la confederación le tributan respeto, sumisión y

obediencia»[26].

Estas disposiciones constitucionales que se completan con las de los

artículos 64, incisos 19-20, y 83, inciso 8 (67, inc. 19-20, y 86,

inc. 8 de la actual), han sido combatidas aun por autores de espíritu

religioso como Estrada, que encuentra que á guisa de libertades, el

estado toma á la religión mucho más de lo que da[27]. No hay para qué

recordar todo lo que los enemigos de la iglesia dicen sobre ellas.

Á nuestro fin, baste establecer dos proposiciones: la primera es

que, cualquiera sea la interpretación y el sentido que se dé á las

disposiciones constitucionales, no puede hablarse de religión de

estado, desde que cosa semejante sería sostener el absurdo de una

persona jurídica, sér de abstracción, teniendo conciencia y religión.

La segunda es que, para un país que deseaba inmigración sin distinguir

religiones de los inmigrantes y que prometía la igualdad, convenía

que las disposiciones que á la religión se referían, fueran lo menos

prohibitivas posibles. De ahí resultó que al mismo tiempo que se

imponía el sello de autoridad á los artículos á que hemos referido, el

espíritu de tolerancia, dictara también los artículos 14 y 20 en los

que se declaraba la libertad de cultos para nacionales y extranjeros.

* * * * *

En cuanto á su bondad política, la Constitución de 1853 que con

pequeñas modificaciones nos rige, será discutida, tal vez reformada

por errónea ó anticuada, tal vez conservada por acertada y fácil de

acordar con los tiempos actuales. Está ello fuera de nuestro estudio.

Más en lo que á formación de la nacionalidad se refiere, fué buena

por una razón fundamental: no es un código de restricciones; es un

código de libertades y derechos: acordó derechos y libertades como

no los acordaba en esa época constitución alguna; aseguró la paz, la

libertad, los derechos todos á nacionales y extranjeros. Hasta recordó

al indio... Era propicia para ser la ley fundamental del pueblo donde

debían encontrarse representados con el tiempo cien pueblos diversos,

disputándose el derecho de moldear la nueva nacionalidad que nacía.

Tomada desde este punto de vista no se puede dudar de que fué buena,

más aun en teoría que en la práctica; teóricamente, porque es de

sentido común que el individuo que encuentra en el país donde va á

establecerse tantos derechos como en el suyo y más facilidades de

trabajo y vida, servirá de propagandista y atraerá más extranjeros.

Prácticamente, porque á pesar de las irregularidades cometidas en la

aplicación de sus principios, lo cierto es que facilitó, con otras

circunstancias coadyuvantes, la inmigración y que es á la inmigración

que produce y que deja descendientes que producen en todas las esferas

de la actividad á quien se debe en gran parte el adelanto argentino.

CAPÍTULO II

1869: EL PRIMER CENSO NACIONAL

1. La sociedad argentina de 1869. Medidas protectoras de la

inmigración. La formación de la raza y factores que contribuyen.--2.

Los progresos; la libertad de imprenta; la tendencia hacia la

_desespañolización_.--3. Cambios políticos; situación económica.--4.

Vías de comunicación.--5. Agricultura: ganadería: otras industrias.

Comercio.--6. Consecuencias institucionales.--7. Conclusión.

1. Dieciseis años después de dictada la constitución para la

Confederación Argentina, el primer censo nacional demostró con sus

cifras, el exponente en cuanto á población, del grande adelanto

que dieron á esta tierra las seguridades y libertades ofrecidas á

nacionales y extranjeros, la paz y la justicia para todos.

Ese período de dieciseis años es pequeño, extremadamente pequeño en la

historia de un pueblo cuyos orígenes sean remotos y cuya complexión

orgánica responda á sólidas bases. Mas es un período grande para un

pueblo incipiente, nacido en el ayer. En esos pocos años la nación hace

grandes progresos, sufre transformaciones notables, cambia de traje.

Es verdad que el cambio y los progresos no se presentan en todo su

territorio de un modo semejante. Más aun, es sabido que las diferencias

en los adelantos son grandes entre Buenos Aires y Jujuy, por ejemplo.

No importa; existen progresos que llegan al mayor grado en la capital,

y los progresos de la capital, pueden tomarse como próximos cambios en

toda la nación.

* * * * *

La ciudad cabeza aumenta, crece desmesuradamente, y da motivo á la

afirmación tantas veces traída y llevada del peligro é inconveniente de

la cabeza enorme con cuerpo pequeño. Y ya que esta afirmación vulgar se

presenta, diré al pasar dos palabras sobre ella. Se dice que la grande

ciudad con civilización adelantada, con comodidades á que permanece

ajeno el resto del territorio, con abundancia de oficios que retienen

la inmigración impidiéndole desparramarse por los campos, es un grave

inconveniente que retarda el progreso general del país, en beneficio

sólo de la ciudad. Yo no creo en ese inconveniente; más aun, creo que

los males que tal situación acarrea son pasajeros, en tanto que sus

beneficios son positivos. Las grandes ciudades son como los grandes

focos que irradian luz en derredor. La civilización limitada en un

primer momento á un pequeño pedazo de terreno, cuando éste no pueda

contener la población que afluye, la obligará á extenderse, á formar

nuevas ciudades ó nuevos pueblos, los que á su vez facilitarán el

originarse de establecimientos agrícolas y ganaderos en su vecindad.

Sin Buenos Aires no se explicarían La Plata y Bahía Blanca, ni los cien

pueblos que circundan á la gran metrópoli. La civilización se extenderá

de este modo, quizás en una forma más lenta, pero indudablemente de un

modo más firme.

* * * * *

Hecha la digresión volvamos á nuestro camino. Veamos el estado de la

formación de la raza, el factor étnico, y relacionémoslo con el estado

general de los progresos argentinos en aquellos años, que estudiaré

sintéticamente.

La convicción de la necesidad de unir la sangre de la nueva nación, á

la sangre de las naciones viejas, y de completar el futuro individuo

argentino agregando elementos de las naciones formadas siglos antes,

permaneció latente como la semilla que espera en tierra propicia, y

tan pronto como la piedra que lo impedía, representada aquí por Rozas,

fué sacada del camino, la semilla fecundó y el nuevo árbol dió frutos

gratos.

Las nuevas medidas tendientes á favorecer la inmigración, partieron del

estado de Buenos Aires por un lado, de la Confederación Argentina por

otro, mientras permanecieron separadas; de la Nación Argentina, cuando

la unión nacional se consolidó.

Del estado de Buenos Aires ó sus habitantes son estas iniciativas[28]:

Ley de 1854, que creó la comisión de inmigración y estableció la

exención de derechos á los buques que trajesen 50 inmigrantes ó más.

En 1856, un grupo de ciudadanos distinguidos se encarga de ayudar á los

inmigrantes en sus primeros días de patria nueva; solicita y obtiene

del gobierno, local para albergar á los inmigrantes recién llegados

que lo necesitaran; por susbcripción reune fondos para alimentarlos,

obtiene una subvención del gobierno, y bajo el nombre de «Asociación

filantrópica de inmigración, auxiliada y bajo la protección del

superior gobierno del estado de Buenos Aires», que adoptó á poco

de constituída, contribuyó grandemente á facilitar y favorecer la

inmigración. Nacionalizada en 1862, llevó su existencia hasta 1869, en

que fué reemplazada por la comisión central de la inmigración.

Las clases no pudientes del pueblo de Buenos Aires tampoco

permanecieron ajenas á las demostraciones en favor del extranjero:

deseaban su venida, le esperaban, le agasajaban; no importaba que el

inmigrante viniera á Buenos Aires ó á la confederación: de cualquier

modo llegaba á la patria próxima á constituirse, á trabajar en

ella, á formar colonias agrícolas. «No son sólo las autoridades

constituídas--dice un autor de la época--y la voz de la prensa

sudamericana que apoyan con todos sus esfuerzos la realización de un

vasto plan de colonización agrícola; la población entera favorece la

ejecución de este proyecto por manifestaciones inequívocas. Hemos sido

testigos de las demostraciones de fraternal simpatía que se prodigaron

á un convoy de doscientas familias destinado á las colonias del señor

Castellanos; á su llegada á Buenos Aires estas valientes personas

se vieron objeto de una verdadera ovación. Por un acuerdo perfecto

de franqueza y amenidad, por completo en las costumbres americanas,

parecía querer borrarse en el espíritu de los recién llegados, las

últimas tristezas que podían alimentar aun en el recuerdo de la

vieja patria. Sería necesario, seguramente, citar el nombre de cada

habitante de la ciudad, si se quisiera mencionar todos los actos de

generosa hospitalidad que señalaron aquel día; nos contentaremos con

recordar en esta obra al del señor Rams, ciudadano de Buenos Aires,

quien haciendo un noble uso de su afortunada posición, hizo distribuír

á los colonos, cigarros, confituras y refrescos de toda especie»[29].

Por su parte, la Confederación Argentina no procedió de otro modo;

la prueba está en los decretos destinados á cumplir los mandatos de

la Constitución al respecto; está en los nombramientos de cónsules,

los tratados comerciales con naciones de América y Europa; está en

la creación de un premio á la mejor memoria sobre clasificación y

distribución de tierras públicas; en la concesión del ferrocarril

del Rosario á Córdoba; está, para no citar más, en el encargo dado

á Moussy, de la descripción de la Confederación Argentina, á fin de

que en todas partes pudieran tenerse noticias de estas tierras; en

la indemnización á los extranjeros de los perjuicios sufridos en las

guerras civiles, y sobre todo en la buena acogida que recibieron los

proyectos colonizadores de Brougues y Anchorena, en los que el gobierno

nacional se responsabilizó por las obligaciones respectivas contraídas

por los de Corrientes y Santa Fe.

Nuevas leyes, decretos, contratos, aparecen con iguales móviles, cuando

Buenos Aires y la confederación formaron un solo país; resoluciones

de esta índole son las leyes de 1862, autorizando el poder ejecutivo

para celebrar contratos sobre inmigración extranjera, con facultad para

conceder beneficios; la de libre introducción de los equipajes de los

inmigrantes, en 1863, que se establece y conserva después en la ley de

aduana; la creación de la «Comisión protectora de la inmigración», y en

fin, muchas otras resoluciones de semejante especie, hasta la creación,

en 1869, de la «Comisión central de inmigración», de cuya obra nos

ocuparemos después.

Es claro que todas estas resoluciones realizadas en los hechos, en

todo ó en parte tenían forzosamente que facilitar la llegada de los

extranjeros que adhiriéndose á la nueva patria, darían á ella su sangre

y su trabajo.

Las transformaciones de la sociedad argentina y sus consecuencias institucionales (1853 à 1910) · 第 2 / 10 段