ESCRITURA DE COMPAÑÍA ENTRE PIZARRO, ALMAGRO Y LUQUE[878].

[878] _Libro primero de Cabildos de Lima_, Parte tercera,

págs. 131-134-1888.

En el nombre de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo,

tres personas distintas y un solo Dios verdadero; y de la Santísima

Virgen Nuestra Señora, hacemos esta compañía.

Sepan cuantos esta carta de Compañía vieren, como yo Don Fernando de

Luque, clérigo presbítero, vicario de la Santa Iglesia de Panamá, de

la una parte, y de la otra el capitán Francisco Pizarro y Diego de

Almagro, vecinos que somos en esta ciudad de Panamá, decimos: que somos

concertados y convencidos, de hacer y formar compañía, la cual sea

firme y valedera para siempre jamás en esta manera: Que por cuanto nos

los dicho capitán Francisco Pizarro y Diego de Almagro tenemos licencia

del señor gobernador Pedro Arias de Avila para descubrir y conquistar

las tierras y provincias de los reinos llamados del Perú, que está, por

noticia que hay, pasado el golfo y travesía del mar de la otra parte

y porque para hacer la dicha conquista y jornada y navíos y gente y

bastimento y otras cosas que son necesarias, no lo podemos hacer por

no tener dinero y posibilidad tanta cuanta es menester; y vos el dicho

Don Fernando de Luque nos los dais porque esta compañía la hagamos

por iguales partes: somos contentos y convenidos de que todos tres

hermanablemente, sin que haya de haber ventaja ninguna más el uno que

el otro, ni el otro que el otro, de todo lo que se descubriere, ganare

y conquistare, y poblar en los dichos reinos y provincias del Perú:

Y por cuanto nos el dicho Don Fernando de Luque nos disteis y poneis

de puesto por vuestra parte en esta dicha compañía para gastos de la

armada y gente que se hace para la dicha jornada y conquista del dicho

reino del Perú, veinte mill pesos en barras de oro y de á cuatrocientos

y cincuenta maravedís el peso, los cuales los recibimos luego en

las dichas barras de oro que pasaron de vuestro poder al nuestro en

presencia del escribano de esta carta, que lo valió y montó; y yo

Hernando del Castillo doy fe que los vide pasar los veinte mil pesos

en las dichas barras de oro y lo recibieron en mi presencia los dicho

capitán Francisco Pizarro y Diego de Almagro y se dieron por contentos

y pagados de ello. Y nos los dichos capitán Francisco Pizarro y Diego

de Almagro ponemos de nuestra parte en esta dicha compañía la merced

que tenemos del dicho señor gobernador y que la dicha conquista y reino

que descubriéremos de la tierra del dicho Perú, que en nombre de S.

M. nos ha hecho, y las demás mercedes que nos hiciere y acrescentare

S. M. y los de su Consejo de las Indias de aquí adelante para que de

todo goceis y hayais vuestra tercera parte, sin que en cosa alguna

hayamos de tener más parte alguno de nos, el uno que el otro, sino

que hayamos de todo ello partes iguales. Y más ponemos en esta dicha

compañía nuestras personas y el haber de hacer la dicha conquista y

descubrimiento con asistir con ellas en la guerra todo el tiempo que

se tardare en conquistar, y ganar y poblar el dicho reino del Perú,

sin que por ello hayamos de llevar ninguna ventaja de lo que vos el

dicho Fernando de Luque llevaredes, que ha de ser por iguales partes

todos tres, así de los aprovechamientos que con nuestras personas

tuvieremos y ventajas de las partes que nos cupieren en la guerra y

en los despojos y ganancias y suertes que en la dicha tierra del Perú

hubieremos y gozaremos, y nos cupiere por cualquier vía é forma que

sea así á mí el dicho Francisco Pizarro como á mí Diego de Almagro,

habeis de haber de todo ello y es vuestro, y os lo daremos bien y

fielmente, sin defraudaros en cosa alguna de ello, la tercera parte,

porque desde ahora en lo que Dios Nuestro Señor nos diere, decimos

y confesamos que es vuestro y de vuestros herederos y sucesores, de

quien en esta dicha compañía sucediere y lo hubiere de haber, en

vuestro nombre se lo daremos y le daremos cuenta de todo ello á vos

y á vuestros sucesores, quieta y pacificamente, sin llevar más parte

cada uno de nos que vos el dicho Don Fernando de Luque, y quien vuestro

poder hubiere y le perteneciere; y así de cualquier dictado y estado de

señorío perpetuo, ó por tiempo señalado que S. M. nos hiciere merced en

el dicho reino del Perú, así á mí el dicho capitan Francisco Pizarro,

ó á mí Diego de Almagro, ó á cualquiera de nos, sea vuestro el tercio

de toda la renta y estados y vasallos que á cada uno de nos se nos

diere é hiciere merced en cualquiera manera ó forma que sea en el dicho

reino del Perú, por vía de estado, ó renta, repartimiento de indios,

situaciones, vasallos, seais señor y goceis de la tercera parte de

ello como nosotros mismos, sin adicion ni condicion ninguna, y si la

hubiere y alegaremos, yo el dicho capitan Francisco Pizarro y Diego de

Almagro, y en nuestros nombres nuestros herederos, que no seamos oidos

en juicio ni fuera de él, y nos damos por condenados en todo y por todo

como en esta escritura se contiene para lo pagar y que haya efecto; y

yo el dicho Don Fernando de Luque hago la dicha compañía en la forma

y manera que de suso está declarado, y doy los veinte mil pesos de

buen oro para el dicho descubrimiento y conquista del dicho reino del

Perú, á pérdida ó ganancia, como Dios Nuestro Señor sea servido, y de

lo sucedido en dicho descubrimiento de la dicha gobernacion y tierra,

he yo de gozar y haber la tercera parte, y la otra tercera para el

capitan Francisco Pizarro, y la otra tercera para Diego de Almagro,

sin que el uno lleve más que el otro así de estado de señor como

de repartimiento de indios perpetuos, como de tierras y solares, y

heredades, como de tesoros y escondijos encubiertos, como de cualquier

riqueza ó aprovechamiento de oro, plata, perlas, esmeraldas, diamantes

y rubíes y de cualquier estado y condicion que sea, que los dichos

capitan Francisco Pizarro y Diego de Almagro hayais y tengais en el

dicho reino del Perú me habeis de dar la tercera parte. Y nos el dicho

capitan Francisco Pizarro y Diego de Almagro decimos que aceptamos la

dicha compañía y la hacemos con el dicho Don Fernando de Luque de la

forma y manera que lo pide él y lo declara para que todos por iguales

partes hayamos en todo y por todo, así de estados perpetuos que S.

M. nos hiciese mercedes en vasallos ó indios ó en otras cualesquiera

rentas, goce el derecho Don Fernando de Luque, y haga la dicha tercia

parte de todo ello enteramente y goce de ello como cosa suya desde

el dia que su Magestad nos hiciese cualesquiera mercedes como dicho

es. Y para mayor verdad y seguridad de esta escritura de compañía y

de todo lo en ella contenido, y que os acudiremos y pagaremos nos los

dicho capitan Francisco Pizarro y Diego de Almagro á vos el dicho

D. Fernando de Luque con la tercia parte de todo lo que se hubiere

y descubriere, y nosotros hubieremos por cualquier vía y forma que

sea; para mayor fuerza de que lo cumpliremos como en esta escritura

se contiene, juramos á Dios Nuestro Señor y á los Santos Evangelios

donde más largamente son escritos y están en este libro Misal, donde

pusieron sus manos el dicho capitan Francisco Pizarro y Diego de

Almagro, hicieron la señal de la cruz en semejanza de esta + con sus

dedos de la mano en presencia de mi el presente escribano, y dijeron

que guardarán y cumplirán esta dicha compañía y escritura en todo y por

todo, como en ella se contiene, sopena de infames y malos cristianos, y

caer en caso de menos valer, y que Dios se lo demande mal y caramente;

y dijeron el dicho capitan Francisco Pizarro y Diego de Almagro, amén;

y así lo juramos y le daremos el tercio de todo lo que descubrieremos

y conquistaremos y poblaremos en el dicho reino y tierra del Perú; y

que goce de ello como nuestras personas en todo aquello en que fuere

nuestro y tuvieremos parte como dicho es en esta dicha escriptura,

y nos obligamos de acudir con ello á vos el dicho Don Fernando de

Luque y á quien en vuestro nombre le perteneciere y hubiere de haber,

y les daremos cuenta con pago de todo ello cada y cuando que se nos

pidiere, hecho el dicho descubrimiento y conquista y poblacion del

dicho reino y tierra del Perú; y prometemos que en la dicha conquista y

descubrimiento nos ocuparemos y trabajaremos con nuestras personas sin

ocuparnos en otra cosa hasta que se conquiste la tierra y se ganare;

y si no lo hicieremos, seamos castigados por todo rigor de justicia

por infames y perjuros; seamos obligados á volver á vos el dicho

Don Fernando de Luque los dichos veinte mil pesos de oro que de vos

recibimos. Y para lo cumplir y pagar y haber por firme todo lo en esta

escriptura contenido, cada uno por lo que le toca renunciaron todas

y cualesquier leyes y ordenamientos y pramaticas y otras cualesquier

constituciones, ordenanzas que estén fechas en su favor, y cualesquiera

de ellos para que aunque las pidan y aleguen, que no les valga. Y valga

esta escriptura dicha, y todo lo en ella contenido, y traiga aparejada

y lista la debida ejecución así en sus personas y bienes habidos y por

haber, segun dicho es y dieron poder cumplido á cualesquier justicia y

jueces de S. M. para que por todo rigor y más breve remedio de derecho

les compelen y apremien á lo así cumplir y pagar, como si lo que

dicho es fuese sentencia definitiva de juez competente pasada en cosa

juzgada; y renunciaron cualesquier leyes y derechos que en su favor

hablan, especialmente la ley que dice: «Que general renunciacion de

leyes no vale.» Que es fecha en la ciudad de Panamá á diez días del

mes de marzo, año del nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mil

quinientos veinte y seis años: testigos que fueron presentes á lo que

dicho es, Joan de Panés, y Alvaro del Quiro, y Joan de Vallejo, vecinos

de la ciudad de Panamá, y firmó el dicho Don Fernando de Luque y porque

no saben firmar el dicho capitan Francisco Pizarro y Diego de Almagro,

firmaron por ellos en el registro de esta carta Joan de Panés y Alvaro

del Quiro, á los cuales otorgantes yo el presente escribano doy fe que

conozco.--Don Fernando de Luque.--A su ruego de Francisco Pizarro,

Joan de Panés.--A su ruego de Diego de Almagro, Alvaro del Quiro.--E

yo Hernando del Castillo, escribano de S. M. y escribano público y del

número de esta ciudad de Panamá, presente fuí al otorgamiento de esta

carta y la fice escribir en estas cuatro fojas con esta, y por ende

fice aquí este mi signo á tal en testimonio de verdad.--Hernando del

Castillo, escribano público.

E

CARTA DEL LICENCIADO CRISTÓBAL VACA DE CASTRO AL EMPERADOR DON

CARLOS, PARTICIPÁNDOLE EL ASESINATO DEL MARQUÉS DON FRANCISCO

PIZARRO Y LA REBELIÓN DE DON DIEGO DE ALMAGRO, EL MOZO.--Quito, 15

de noviembre de 1541[879].

[879] _Cartas de Indias_, págs. 465-473.--Madrid, 1877.

Sacra Cesarea Catholica Magestad:

Por otras he escrito á V. M. como fué Dios servido que en el galeon

en que venia de Panamá, no pudiese tomar la tierra del Perú por la

via de Puerto Viejo, y arribé á un puerto de Andagoya, que se dice la

Buena Ventura, desde donde se viene á esta tierra por la governaçion

de Popayán; y cómo en Cali estove tres meses á la muerte, y de allí,

durante la enfermedad, puse en paz á los governadores Venalcaçar y

Andagoya, que estavan para se matar; y luego que enbié al puerto que he

dicho, enbié una caravela á Lima y puertos del Perú á que supiesen cómo

avia llegado allí; y desde Cali hize mensagero por tierra hasta aquí, á

Quito, para que desde aquí se enbiasen las cartas á Lima, é asy se hizo.

Antes que llegase á esta çiudad, supe cómo los de Chile y parte de don

Diego de Almagro habian muerto al marqués D. Francisco Pizarro, y luego

lo escrebí á V. M. por la via del puerto do arribé; después acá, heme

detenido algunos dias en escrevir á V. M., por poder escrevir algunas

cosas determinadas y muestra de tiempo.

Segun he sabido por cartas de personas que estaban en compañía y

conformidad de aquella gente y de algunos que aquí han venido, y por

otras vias, el matar al Marqués estava acordado entre ellos dias ha, y

ansí a mucho tiempo que ellos conpran armas y an allegado á sí la gente

que han podido, aunque esperavan que viniese juez y si no quitase la

governaçion luego al Marqués é le degollase, matar á los dos; y así

tenian acordado de lo hazer conmigo. Despues que supieron por cartas

que les escrivieron de corte y se lo publicó el Marqués y su secretario

que yo no traya poderes para hazer lo que ellos querian y me tuvieron

por muerto, executaron su propósito en la muerte del Marqués y en

alçarse con la tierra, que es lo que se deseavan y así lo paresçe por

las cossas é delitos que despues han hecho, de que daré aquí cuenta á

V. M.

Un Juan de Errada, que hera como curador de Don Diego, hijo del

adelantado Almagro, con otros diez que fueron con él, salieron de la

casa de Don Diego, aviendo poco que el Marqués avia venido de misa, y

no estavan con él sino su hermano Françisco Martín y un Francisco de

Chaves, y fueron dando bozes por la calle «mueran traidores», sacadas

las espadas y armadas dos vallestas y un arcabuz; y entrando en la

casa del Marqués, toparon en la escalera con Francisco de Chaves, que

se yva á su casa, y allí le mataron, y á dos criados suyos; y entre

tanto el Marqués se vistió unas coraças; y dos pajes que defendian la

camara á do estava, los mataron, y despues al Marqués con un pasador

que le dieron por los pechos, y al Francisco Martín tanbien; y el

Marqués se defendió valientemente y mató á uno de los contrarios; y

entre tanto que esto pasava, el Don Diego con algunos de acavallo por

las calles, que no saliese nadie de sus casas á ympedir aquel hecho;

y luego hizieron resçebir por governador al Don Diego; y á los que en

el cabildo contradixeron, que fué el liçenciado Benito de Caravajal y

Diego de Aguero, los prendieron y quisieron degollar; y hecharon al

Marqués y á su hermano en la Plaça cabe la picota, como á dos hombres

comunes y mal hechores, y alli estovieron hasta la tarde, que un

Barbaran los hechó en una sepoltura entrambos. Saquearon las casas de

Francisco Martín y de Francisco de Chaves y de Antonio Picado; tomaron

las naos que estavan en el puerto y les quitaron las velas y timones;

tomaron á todos los de la çiudad los cavallos é armas; no les dan

lugar que hombre ninguno salga fuera; tienen guardas en los caminos;

degollaron publicamente á un Horiguela, dos ó tres días despues que

llegó á Lima de Panamá, dizen que porque los llamó traydores y por

alborotador; dízese que han hecho lo mismo de Picado; tienen voluntad y

ponenlo por obra de hazer lo mismo con los amigos y parte del Marqués.

Y sabiendo mi venida, no han enbiado ni escrito, antes enbiaron á un

Garçia de Alvarado á los pueblos de la costa, Truxillo y Piura, con

çiento y çinquenta hombres, en un galeon grande, que era del Marqués,

para me prender, y sino hiziera lo que ellos querian, matarme; y allí

tomó las armas y cavallos á los vezinos, é á muchos el oro é plata é

todos los dineros que allí hallaron de difuntos, que algunos, Maçuelas

y otros, avian allegado; y en el camino prendieron á un Cabrera con

otros veynte é çinco que venian para mí, é al Cabrera é á un Bozmediano

y un Villegas degollaron en San Miguel publicamente, y tambien diz que

por alborotadores, que por tales tienen á todos los que quieren servir

á V. M. Dízese que á un Caçeres é un Cardenas, que llevaban en el

galeon presos avian degollado en Truxillo; prendieron á un liçenciado

Leon, que venia agora de España, en San Miguel, que hazia lo que allí

tocava en servicio de V. M., y muy bien.

Dicen que han enbiado á V. M., y publican que para que los perdone y

haga merçedes; y esta ni es fidelidad ni voluntad de obedesçer, syno

dar manera de dilaçión en el obedesçer las provisiones que yo trayo

de V. M., entre el yr y venir, y rehazerse en este tiempo para su

proposito, si pudiesen. Esto es lo que, de su parte de estos, se á

hecho hasta agora.

Lo que de mi parte se á hecho es, que luego que supe, aunque por

ynçierta nueva, en Popayán, la muerte del Marqués, escreví al

governador Venalcaçar que no se fuese de Cali hasta ver otra mia;

escriviome que él la tenia por çierta y por esto queria venir á Quito

comigo: así lo hizo, puesto que me a detenido aquí algunos dias

esperándole.

Despues que supe la certinidad de la muerte del Marqués, escreví luego

y enbié mensageros á los capitanes que estavan en entradas desta parte

de Lima, á Alonso de Alvarado que estava en los Chachapoyas, é a un

capitan Juan Pérez, que estava ay çerca, é a un Verdugo, que a dereçado

çierta fortaleza cabe Caxamalca y está dentro con quarenta hombres,

con yntençion de defenderse de los de Chile, sy viniesen; y al capitan

Vergara, que estava en los Bracamoros. Y todos han holgado mucho con

saber mi venida, y anme respondido que estavan todos aparejados para

se juntar comigo en el camino, á do yo les escriviere, y con mucha

afiçion de servir a V. M. Al capitan Alonso de Alvarado enbió Don

Diego de Almagro á requerir que se juntase con él; é mandandoselo como

governador, él les respondió que fuesen para traydores, que el avia de

servir á V. M.; y así me a escripto que, aunque viniesen todos contra

él, tenia aparejo para se defender; y lo mismo me escribió el cabildo

de la Frontera, un lugar que se a poblado en los Chachapoyas.

Screvi luego asimismo al cabildo del Cuzco y personas particulares,

y enbié el traslado auténtico por dos escribanos de la provision de

governador que V. M. fué servido de darme y el testimonio de cómo aquí

fuy resçebido por ella, y poder para la presentar y requerir. Escreví

á un capitan Per Alvarez Holguín, que estava con çiento é çinquenta

hombres en la tierra del Cuzco, que yva á una entrada; y despues

escreví á Lima y enbié el mismo despacho por quatro vias, con cartas

para el cabildo y para otras personas que solían ser de su parte, y

agora les son contrarios, como es Gomez de Alvarado y otras personas

de calidad. Escreví al Don Diego y enbié dos personas á la çiudad por

espías, para que me escrivan lo que pasa ó venga uno; presto me verná

de todos respuestas; y escreví á los pueblos de la costa y personas

particulares della, y estaran todas de seruicio de V. M.

Y la gente que deste recaudo y provision se podrán juntar comigo, son

el governador Venalcaçar, que á traido quarenta hombres, y a enbiado

por otros çiento; alcançarme an en el camino, segun él dize. Muestra

mucha voluntad de servir á V. M. De los capitanes Alonso de Alvarado

y Juan Perez y Verdugo, dozientos; del capitan Vergara, çiento; de

esta çiudad, con la copia de gente que ha venido á se juntar comigo y

servir á V. M., saldrán más de dozientos; de los pueblos de la costa,

con algunos pueblos de los de la sierra é gente que se an ydo allá

al tiempo que vino á la costa García de Alvarado, çiento y çinquenta

onbres y tengo por çierto que açercandome házia Lima, en Truxillo ó

Caxamalca se me verná copia de gentes; por que, á lo que entiendo,

hasta las piedras se querían levantar contra esta gente, y á lo que me

han escripto, personas de credito, mucha de la gente que está con el

don Diego, sabido que voy y llevo poder de governador, tienen voluntad

de se venir para mi, y así lo dicen publicamente al don Diego; y para

esto se dará en Lima de mi parte la manera que conviniere. Todas andan

haziendo ynformaçiones que no fueron en la muerte del Marqués.

Demás desto, espero alguna gente de Panamá y Nicaragua, adonde enbié

personas de recaudo por armas y cavallos, porque supe que en los que

se avian de juntar conmigo avia falta de estas cosas, y provey que

traxesen dos navíos con la gente que estoviese aparejada, para señorear

la costa y que no se vayan estos ni hagan los daños que hazen. Escreví

a los oydores é al governador de Nicaragua é Guatimala é Mexico que,

si por allí fuesen personas de acá, les prendiesen é secrestasen

sus bienes é lo que llevasen, hasta hazerlo saber á V. M., ó se me

escriviese.

A Gonçalo Piçarro, que es entrado á la Canela con dozientos hombres

bien aderezados, enbié á llamar con quarenta hombres bien armados, y no

pudieron yr más de treynta ó quarenta leguas, por estar toda la tierra

de guerra, y supieron cómo Gonçalo de Piçarro está ya tan adentro y tan

lejos de aquí, que, si no enbiase tantos como él llevaua y con tan buen

recaudo, no podría aprovechar de alcançarles, ni pasar adelante, porque

la tierra está toda de guerra y los ríos grandes y el camino lexos; y

porque todavia fuera poner en aventura la gente que á esto enbiase, y

la tardança que podrían hazer, quise más conservar esto aquí, por la

necesidad que al presente se muestra, y así enbié á que se viniesen los

quarenta hombres, que no podían pasar adelante.

En el Cuzco resçibieron á don Diego por Gobernador, y algunos vezinos

se salieron, y á subçedido, que despues que llegaron mis cartas y

despachos, que se metió dentro Pero Alvarez Holguín, con la gente que

tenía y un capitan de arcabuzeros Pedro de Castro é un capitan Diego de

Rojas, con la gente que tenia, é un Gomez de Tordoya é otros, é toda

la gente de los Charcas é Arequipa, que quedó despoblada; y enbiaron á

llamar á Pero Anzures, que estava en çierta entrada çerca, é á un Don

Alonso de Montemayor, que yva con çien honbres de parte de don Diego

al Cuzco, y le prendieron, y alguna gente de la que con él yva, se

fué al Cuzco de su voluntad. A se sabido esto por cartas de Lima, que

an venido a Truxillo é á San Miguel é porque por parte de don Diego

se enbió á llamar á Garçía de Alvarado, que estava en la costa, como

he dicho, con gente, diziendole lo que pasaba en el Cuzco, que fuese

luego, porque el don Diego, con toda su compañía queria yr sobre él,

diziendo que estava alçado, como si fuera por el turco, estando en

servicio de V. M.; y así se partió el Garçía de Alvarado con toda su

gente para Lima. Dizen que ay en el Cuzco quinientos hombres y muy

bien armados y mill negros y con sesenta pieças de artilleria; porque,

demás de la que allí avia, se llevó toda la que traxo á Arequipa una

nao gruesa bien armada, de las del obispo de Plasençia, que pasó el

Estrecho y quedó allí en Arequipa; y más una pipa de pólvora que traya;

demás de traer consigo un Candia, que hace cada día muniçion. El don

Diego y sus prinçipales no pueden sacar la gente de Lima, que dizen

que no quieren yr ni pelear contra christianos: esto me escrivió agora

un Aguilera, de Guamachuco, que vino allí poco ha de Lima, y otras

personas, por cosa çierta.

Y lo que acá paresçe y se puede colegir de todo, es, aunque el fin de

la guerra es dudoso, que estos no se pueden sustentar, porque, si van

al Cuzco, puedoles tomar las espaldas é la tierra, sy vienen á esta

parte, los del Cuzco hazen lo mismo; si estan quedos, juntamonos los

unos y los otros y somos dos tantos; y aunque tomasen el Cuzco, que

no se sabe cómo, segund son muchos é aperçebidos los de dentro, ay

muchas causas para que sea tan reñido el negocio, que los de Chile an

de perder mucha parte de su gente, y aunque sea poca, no queda para

sostener ni hazer rostro, y los que quedaren del Cuzco se an de juntar

comigo, porque saben que, de los que tomaren, no an de dexar ninguno.

Esto es, en caso que, los de don Diego no se viniesen para mí algunos,

que creo que serán muchos. Y como yo tenga de mi parte razon y

justiçia, á quien Nuestro Señor Dios siempre corresponde, y la boz de

V. M., tengo confiança que haré justicia destos, tan exemplar como

latroçidad de sus delitos lo requieren, sin rompimiento ni batalla, que

esta se á de escusar de mi parte lo que pudiere.

Tengo en mi compañía capitanes y personas cuerdas, sin las que se me an

de juntar, y esperimentados, que se an hallado en la tierra é cosas en

ella acaeçidas y en otras conquistas, servidores de V. M.; y ansí, todo

lo de açá se tratará con la buena diligençia y buen consejo que ser

pudiere, para dar á V. M. la cuenta que soy obligado.

Aunque yo tenía gran pena del trastorno de mi jornada, paresçe, segund

muestran los negoçios, guiada por Dios; porque á executar esta gente la

desverguença que tenian conçertada, la tierra se perdia, y en venir por

este puerto de Quito, se á podido hazer y proveer lo que conviene, sin

estorvo, que á ninguna parte llegara que lo pudiera hazer.

En las cosas que se an de hazer acá se entenderá, dando lugar el

tiempo. Aquí se á començado á tomar quenta á los ofiçiales que agora

ay, y todo anda mal parado, porque, desde que se ganó la tierra, no se

á tomado cuenta y son muertos los oficiales syn tener fianças. A los

principios no hubo libros de cuentas, syno papeles; dizen que no avia

papel en la tierra, sacarse á en limpio lo posible y enbiaré á V. M.

la relaçión de la cuenta y cobrança; y estando pacífica esta tierra,

que será presto, plaziendo á Dios, queda aparejada para se poblar y

hordenar lo de la hazienda, de manera que V. M. lleve más que hasta

aquí; y tambien lo que toca á la justiçia y chistiandad y reformacion

de la tierra, que hasta agora está hecho poco; deve aver sido la causa,

las alteraçiones que ha avido.

A lo que he entendido desta provincia y Tierra Firme, me paresçe que

estaria mejor el Audiençia en esta que en Panamá, porque casi todos los

pleitos de allí son de esta tierra, y de Panamá y Nicaragua vienen aquí

dos veçes en el año con su mercaduria, y podrian enbiar sus causas;

y á Cartagena, tan bien le está yr á Santo Domingo como á Panamá,

que con vendoval, es tan poco yr allí, como al Nombre de Dios, y muy

pocas causas vienen de allí á Panamá, porque muchos de los que van á

pleitos á Panamá se mueren de la enfermedad que allí ay, y si el pleito

es largo no pueden allí asistir por la careza de la tierra y en esta

provincia haria mucho provecho el Audiencia. V. M. provea lo que más

fuere servido que será lo mejor.

Dizcese tambien acá, que allá se trabta de la entrada donde se tiene

por çierto que ay lamina de esmeraldas. Sepa V. M. que ay acá quien

la tome y lo haga bien á su costa syn partidos, sino que pueble la

tierra y se reparta, y la mina quede por de V. M.; y para que se vea

quan bien la busca, que ponga yo un vehedor ó dos. En semejantes cosas

y otras que de acá se podrán pedir y escrevir V. M. se detenga hasta

escrevirme, porque de todo podré enbiar desde acá çierta relaçion y lo

que á mi paresçiere, sy V. M. mandare.

Llegado aquí con esta carta, vino á mi un mensagero de don Diego de

Almagro y truxo solas dos cartas; una suya y otra del liçenciado

Rodrigo Niño, que agora vino de España é luego fué á ser regente de don

Diego. Lo que la carta de don Diego, en efecto, dezia es, contar las

causas que huvo para la muerte del Marqués, y no concluye en que yo

vaya ni obedesçer, sino que mirado por mi lo uno y lo otro, haga lo que

fuere serviçio de Dios y de V. M. Quando este mensagero de allí partió,

no heran llegados los mios, segund él dize. Escribeme el Rodrigo Niño,

entre otros desvarios, que no vaya yo allá hasta que venga respuesta

de V. M., porque vea la voluntad que estos tienen, yo respondí á todo

lo que convenia, y en esto no ay más que dezir. De Truxillio y de

otras partes me an escripto el don Diego y sus secazes enbian á mi á

Francisco de Barrionuevo y á un Oñate. Dios lo guie todo á su serviçio

y al de V. M., y como convenga al bien desta tierra.

Los yndios de la ysla de la Puna mataron á un Çepeda que los tenia á

cargo; dizenme que á su culpa. Luego se porná en ello remedio, y, para

lo uno y lo otro partiré de aquí en fin deste mes, plaziendo á Dios. El

qual guarde y prospere la vida é ymperial estado de V. M. Desta çiudad

de Quito á quince de noviembre deste año de 1541 años.

De algunas cosas, que por acá conviene se dén provisiones y cartas,

se dará allá noticia á V. M. y Consejo. Suplica á V. M. las mande

despachar.

Agora me an escrito que pasó una caravela por Paita, que venia de Lima,

y que venia en ella el obispo del Cuzco y un dotor Velazquez, casado

con una su hermana; fué teniente general del Marqués. Dizenme que viene

huyendo para mí: no sé lo çierto.

De Vuestra Cesarea Catholica Magestad, humill criado y servidor que sus

Reales pies y manos beso.--El liçenciado Vaca de Castro.

F

CARTA DEL VIRREY D. ANTONIO DE MENDOZA AL EMPERADOR D. CARLOS,

CONTESTANDO A UN MANDATO DE S. M. RELATIVO AL REPARTIMIENTO DE LOS

SERVICIOS PERSONALES EN LA NUEVA ESPAÑA[880].

[880] _Cartas de Indias_, págs. 88 y 89.--Madrid, 1877.

Guastepeque, 10 de junio de 1549.

Reçibi la carta de V. M. hecha en Agusta á XI de hebrero, y por ella

me manda V. M. me dé priesa en hazer el repartimiento. Las condiçiones

y particularidades que V. M. manda que se miren en este negoçio son

muchas y á requerido tienpo para entendellas y para que aya razon de

todo. Negoçios de calidad que se an ofresçido, y aver andado con poca

salud, á ynpedido algo este negoçio, porque avrá un año que, estando

para yr á visitar la provinçia de Guaxaca, que es lo que me falta

de ver en toda esta Nueva España que sea de calidad, me empeçó una

enfermedad que me convino salir de México y venir á tierra caliente,

y en ella me apretó de arte que no se pensó que escapara. Yo boy

convalesçiendo y con mejoría, aunque todavía estoy en la cama y me

quedan algunas reliquias de la enfermedad, y con todo esto tengo al

cabo y casi hecho el repartimiento; mas a venido una çedula de los

gobernadores en que por ella mandan que no se den serviçios personales

de yndios para hechar á las minas, ni para sus casas, ni otros

serviçios y obras, y que los tales serviçios personales se quiten de

las tasaçiones y se buelvan á tasar y comuten en otra cossa: será

mucho estorvo y dilaçion para lo que V. M. me tiene mandado, porque

será nesçesario bolver á hazer de nuevo lo que tenía hecho, y es dar

una buelta á toda la tierra, y muy gran baja á las minas de plata, las

quales andan al presente más prósperas que hasta aqui, y cada día se

descubren en toda la tierra. En esta Nueva España, loado Nuestro Señor,

ay salud, así en los españoles como en los naturales, y toda quietud

y sosiego. Nuestro Señor, la Sacra Catholica Çesarea persona de V. M.

guarde y ensalçe con acresçentamiento de mayores reynos y señoríos,

commo sus criados deseamos. De Guastepeque 10 de junio de 1549 años.

Sacra Catholica Çesarea Magestad, muy humil criado de Vuestra Sacra

Catholica Magestad, que sus Reales pies y manos besa,

Historia de América desde sus tiempos más remotos hasta nuestros días, tomo II · 第 72 / 141 题