dicho señor licenciado, paresció el dicho Juan Ortega en el dicho
nonbre, e en faz del dicho promotor presentó por testigo a Juan Farfan,
vecino de la dicha villa de Higuey, del qual fue rescebido juramento
sobre la señal de la cruz, en que puso su mano derecha corporalmente
segund forma de derecho, e o virtud del qual prometyó de dezir verdad.
E despues desto, veynte e syete dias del mes de agosto del dicho año,
antel dicho señor licenciado, paresció el dicho bachiller Juan Ortega,
e en faz del dicho promotor presentó por testigo a Francisco Marquez
e Anton Quintero, vecinos de la dicha villa de Palos, de los quales e
de cada uno dellos fue rescebido juramento sobre la señal de la cruz
segund forma de derecho, so virtud del qual prometyeron de dezir verdad.
E despues desto, en la dicha villa de Santo Domyngo, lunes treze dias
del dicho mes de setienbre del dicho año, antel dicho señor licenciado
e en presencia de nos los dichos escrivanos, paresció el dicho
bachiller Juan Ortega e dixo que por quanto Alonso de Triana estava
enfermo e no podia venyr a dar su dicho, que pedia al dicho señor
licenciado cometyese la recebcion e hesaminacion e juramento de dicho
testigo a nos los dichos escrivanos, e el dicho señor liçenciado dixo
que cometya e cometyo la recebcion e juramento de los dichos testigos a
nos los dichos escrivanos e que se rescebia del juramento en presencia
del fyscal.
E luego este dicho dia antel el dicho señor liçenciado, el dicho
bachiller Juan de Ortega e en presencia del dicho fyscal, presentó por
testigo a Alonso de Triana, maestre, del qual el dicho señor liçenciado
rescibio juramento sobre la señal de la cruz segund forma de derecho,
so virtud del qual prometyo de dezir verdad.
E despues desto lunes dies dias del dicho mes de otubre del dicho año
de myll e quinyentos e doce años, paresció el dicho bachiller Juan
Ortega, e en faz del dicho bachiller promotor presentó por testigos a
Bartolomé Roldan por todas las preguntas, e a Cristoval Suarez, vecino
de la dicha cibdad de Sevilla, por la nona e desima preguntas del
dicho ynterrogatoryo, de los quales e de cada uno dellos fue rescebido
juramento por Dios nuestro señor e por nuestra señora santa Maria su
madre, e por las palabras de los santos Evangelios do quier que mas
largamente son escritos e por una señal de cruz en que corporalmente
pusyeron sus manos derechas que como buenos cristianos diryan la verdad
de lo que les fuese preguntado, los quales e cada uno dellos dixeron:
«Sy juro e amen.»
E despues desto viernes a veynte e tres dias del dicho mes de otubre
del dicho año, antel dicho señor liçenciado paresció el dicho bachiller
Juan Ortega, e en faz del dicho bachiller e promotor truxo e presentó
por testigos en la dicha cabsa a Francisco Destrada, vesino de la villa
de Puerto Real e a Rodrigo Vergayo, vesino de la villa de Lares, de
los quales e de cada uno dellos fue rescebido juramento, e asy mysmo
a Alonso Martin, vesino de la villa de Palos, de los quales e de cada
uno dellos fué rescebido juramento sobre la señal de la cruz en que
corporalmente pusyeron sus manos derechas e segund forma de derecho, so
virtud del qual prometyeron de dezir verdad.
E despues desto en treynta dias del dicho mes de otubre del dicho año,
antel dicho señor liçenciado paresció el dicho bachiller Juan Ortega
en el dicho nombre, e en faz del dicho bachiller promotor fyscal
presentó por testigo a Alonso de Almagro, estante en esta villa de
Santo Domyngo, natural de la villa de Almagro, del qual fue rescebido
juramento por Dios e por Santa Maria su madre, e por las palabras de
los santos Evangelios, donde quiera que mas largamente están escritos,
e por una señal de cruz en que corporalmente puso su mano derecha que
como buen cristiano dirya la verdad de lo que le fuese preguntado el
qual respondio e dixo: «Sy juro e amen.»
E despues desto en la dicha villa de Santo Domingo viernes a diez e
nueve dias del mes de novienbre del dicho año de myll e quinientos
e doze años antel dicho señor liçenciado el bachiller Juan Ortega
presentó por testigo en la dicha cabsa a Pedro de las Ynfantas, vesino
de la dicha villa de la Vera paz, del qual fue rescebido juramento
sobre la señal de la cruz segund forma de derecho, so virtud del qual
prometyo de dezir verdad.
E despues desto, lunes catorce dias del mes de março del dicho año
de myll e quinyentos e doze años, antel dicho señor liçenciado e en
presencia de Diego de Ocaña e de Pedro de Ledesma, escrivanos, paresció
el dicho Juan Ortega en el dicho nonbre e presentó por testigo al
adelantado don Bartolome Colon, e Nyculas Perez e Diego Delgado para
en todas las preguntas del ynterrogatoryo, e a Juan de Xerez para la
primera e segunda e tercera e quarta e novena e desima e undesima,
de los quales e de cada uno dellos fue rescebido juramento por Dios
nuestro señor e por nuestra señora santa Maria su madre e por las
palabras de los santos Evangelios do quiera que mas largamente son
escritos e por una señal de cruz en que corporalmente cada uno dellos
puso su mano derecha que como buenos cristianos diryan e declararyan
la verdad de lo que supiesen e les fuese preguntado sobre el caso por
que heran presentados por testigos e a la confision del dicho juramento
cada uno dellos dixo: «Sy juro e amen.»
E despues desto martes a la nona, quinze dias del dicho mes de março e
del dicho año antel dicho señor liçenciado Juan Ortyz de Matyenço, e en
presencia del suso dicho Diego de Ocaña, escribano, paresció el dicho
bachiller Juan de Ortega en nonbre del dicho señor almyrante en haz del
liçenciado Sancho Velazques, promotor fyscal, que por que los testigos
que le quedan para provar es breve el termyno e por que Pedro de
Ledesma, escribano por él nonbrado está enfermo e no fue oy a abdiencia
de los señores juezes segund dixo que es notoryo, pidió al dicho señor
liçenciado que le mande al dicho fyscal que nonbre escribano ante
quyen se resciban los testigos de su parte, sy no protestó que no le
cavia termino alguno; el dicho fyscal dixo que bien puede ser que oy
estoviese enfermo en su casa el dicho Pedro de Ledesma e agora esta
bueno que lo mande su merced llamar.
E luego el dicho señor liçenciado dixo quel tiene ynformacion de como
el dicho Pedro de Ledesma está malo e quel nonbraria escrivano.
E luego que el dicho señor licenciado dixo que mandaba e mandó que
se vaya a notyficar al dicho Pedro de Ledesma, escrivano, que venga
á rescebyr los dichos testigos, e que sy no estoviere para ello le
mandará al dicho promotor fyscal que nombre escrivano.
E luego el dicho licenciado Sancho Velazquez dixo que sy el dicho Pedro
de Ledesma, escrivano por su parte nombrado, no estoviere para poder
venyr, que él nonbraba e nonbró por escrivano por su parte a Francisco
Tostado, escrivano de sus Altezas que presente estava.
E luego que yo el dicho Diego de Ocaña, escrivano, por mandado del
dicho señor liçenciado, notifyqué lo suso dicho al dicho Pedro de
Ledesma en sus casas buhio, el cual dixo que estava enfermo de cámaras
e gómyto e no puede yr a rescebyr testigos e que mañana no sabe que tal
estará; testigos Diego Mendez e Juan García, cavallero procurador de
cabsas.
E luego el dicho señor liçenciado Matienço dixo, que mandava e mando
que se resciban los testigos en tanto quel dicho Pedro de Ledesma no
estoviere para poder venyr, por my el dicho escrivano con el dicho
Francisco Tostado, escrivano nombrado por la otra parte.
E luego antel dicho Francisco Tostado, escrivano, el dicho licenciado
Sancho Velazquez dixo que pide al dicho señor licenciado que le mande
dar traslado de los nonbres de los testigos que están presentados hasta
agora por parte del dicho señor almyrante para hacer las protestaciones
que viere que a su dicho convengan en nonbre de sus Altezas.
E luego el dicho señor liçenciado dixo que lo oya e que está presto de
hazer lo que fuere justicia.
E despues desto este dicho dia martes nona, quinse dias del dicho mes
de março del dicho año, antel dicho señor licenciado Juan Ortyz de
Matyenço e en presencia de nos los dichos Francisco Tostado e Diego
de Ocaña, escrivanos de sus Altezas, paresció el dicho bachiller Juan
Ortega en el dicho nonbre del dicho almyrante e truxo e presentó por
testigos en esta dicha cabsa a Rodrygo de Bastidas, vesino desta dicha
cibdad de santo Domyngo, e a Alonso Rodryguez, de los quales e de cada
uno dellos el dicho señor licençiado Juan Ortyz de Matyenço, siendo
presentados por testigos en esta dicha cabsa, rescibió dellos e de
cada uno dellos juramento en forma de derecho por Dios nuestro señor
e por nuestra señora santa María su madre e por las palabras de los
santos Evangelios donde quiera que más largamente están escritos, e por
una señal de cruz en que corporalmente cada uno dellos pusieron sus
manos derechas que como buenos cristianos, temiendo a Dios e guardando
sus conciencias, dirian e declararyan la verdad de lo que supiesen e
les fuese preguntado sobre este caso sobre que heran presentados por
testigos, los cuales e cada uno dellos respondieron disiendo: «Sy juro
e amen.»
E despues desto, viernes nona, diez y ocho dias del mes de março del
dicho año, antel dicho señor liçenciado Juan Ortiz de Maytenço, e
en presencia de nos los dichos Francisco Tostado e Diego de Ocaña,
escrivanos, paresció el dicho bachiller Juan Ortega en el dicho nonbre
del dicho almyrante e presentó por testigos en la dicha razon a Juan
Vinas, marynero, del qual el dicho señor liçenciado recibió juramento
por Dios nuestro señor e por nuestra señora santa Maria su madre e por
las palabras de los santos Evangelios do quiera que mas largamente son
escritos, e por una señal de cruz en que corporalmente pusyeron sus
manos derechas, que como cristianos dirian verdad de lo que supiesen
e les fuese preguntado e respondiendo al dicho juramento dixeron: «Sy
juro e amen.»
E lo que los dichos testigos e cada uno dellos dixeron e depusyeron por
sus dichos e depusyciones, syendo preguntados por las preguntas del
dicho ynterrogatorio por su parte presentado, secreta e apartadamente
cada uno sobre sy, aviendo fecho juramento en forma de derecho segund
que de suso se contiene uno en pos de otro es esto que se sigue:
«A los testigos que fueren presentados por parte del almyrante de las
yndias en el pleyto que trata con el fyscal de la Reyna nuestra señora
sobre la governación de la provincia del Darien se hagan las preguntas
syguientes:
[Nota al margen: Interrogatorio.]
»I. Primeramente que les pregunten sy conoscen a las dichas partes.
»II. Yten; si saben e an noticia de la provincia nonbrada Paria e Urabá
e el Darien e Veragua.
»III. Yten; sy saben, etc., que todas las dichas provincias son una
misma tierra e costa de mar.
»IV. Yten; si saben quel almyrante don Cristoval Colon descubryó la
provincia de Paria, que es el principio e la primera de las provincias
que en aquella tierra que dicen fyrme fue descubierta, antes que algun
cristiano oviese ydo a la dicha tierra ny toviese della noticia.
»V. Yten; sy saben, etc., quel dicho almyrante el postrer viaje que
hiso descubryó una tierra dicha Maya, do ostava e esta la punta que
se nonbró de Caxinas, e unas yslas de las quales una se dice Guanasa,
e despues vyno descubryendo por la dicha tierra hacia oriente fasta
llegar a Veragua e pasó de Veragua descubryendo al oriente.
»VI. Yten; sy saben, etc., que á las personas que navegaron aquel viaje
postrimero con el dicho almyrante les parescía que avia descubierto
tanto al oriente por aquella tierra donde está Veragua que les quedava
ya la Española hacia el occidente, e quando el dicho almyrante se
quiso de alli partir a la Española, pensaron de cierto que se venya
a Castilla, e se alvorotavan diziendo que no tenian buenos navios ny
bastimentos para ello, asy que segund esto avrya el almyrante pasado
descubriendo al oriente de Veragua al menos dozientas leguas.
»VII. Yten; sy saben, etc., que la dicha provincia de Veragua es la mas
ocidental de las dichas provincias de la tierra que dizen Fyrme, e la
dicha provincia que dizen Paria es la mas oriental, de manera que las
dichas provincias de Urabá e el Darien están en medio dellas en una
misma tierra.
»VIII. Yten; sy saben, etc., que sus Altezas hisieron merced al
almyrante don Cristoval Colon de los oficios de visorey e governador en
todas las yslas e tyerra fyrme que descubriese o por su yndustrya se
descubryesen.
»IX. Yten; sy saben e creen que lo que se ha descubierto en la tierra
de Gracia a que llaman Fyrme, a seydo por la yndustria que dió el dicho
almyrante en abryr la puerta e hazer el prymero viaje en que descubryó
las yndias e en aver despues descubierto lo primero de la tierra que
dizen Fyrme, que fue Paria, desde donde començaron a proseguyr los que
despues an descubierto, an andado por la costa hasta llegar a Urabá e
al Darien o a qual quier parte que della llegaron.
»X. Yten; sy saben, etc., que en todos los viajes que algunos hizieron
descubryendo en la dicha tierra, yvan personas que ovieron navegado
con el dicho almyrante el dicho primero viaje, digan e declaren los
testigos cómo se llaman las dichas personas e lo que cerca desto saben.
»XI. Yten; sy saben que de lo suso dicho e cada cosa dello aya seydo
publica boz e fama entre todos los que fueron por aquellas partes e
alcançaron e tovieron dello noticia.—El bachiller Juan de Ortega.»
E lo que los dichos testigos presentados por parte del dicho señor
almyrante don Diego Colon, visorey e governador destas yslas e tierra
fyrme, dixeron e depusyeron, cada uno dellos sobre sy, aviendo jurado
en forma e syendo preguntados por las preguntas del ynterrogatoryo
presentado por parte del dicho señor almyrante, es lo syguyente:
[Nota al margen: Ambrosio Sánchez, I testigo.]
El dicho Anbrosyo Sanchez, maestre de la nao nonbrada San
Buena-ventura, vecino de la cibdad de Sevilla en la collacion de San
Leandro, estante al presente en la villa de Santo Domyngo del puerto
desta ysla Española, testigo suso dicho, jurado, etc., lo que dixo e
depuso es lo siguyente:
A la primera pregunta dixo, que conosce a don Diego Colon, almyrante,
visorey e governador desta ysla, de onse años a esta parte, por que le
a visto muchas veces, e que al fyscal de sus Altezas que no le conosce.
Fue preguntado que hedad avia; dixo que treynta e dos años poco mas o
menos: fue preguntado sy es pariente en grado de consanguynydad o de
afynydad de alguna de las partes; dixo que no. Fue preguntado sy es
criado o famyliar o apanyaguado de algunas dellas; dixo que no. Fue
preguntado sy avia sydo sobornado, rogado o atemorisado por alguna
persona por que diga en este caso su dicho en contrario de la verdad;
dixo que no. Fue preguntado sy querria que la una de las partes mas que
la otra venciese este pleito contra justicia; dixo que no.
A la segunda pregunta dixo, que sabe la provincia de Veragua por que ha
estado en ella puede aver nueve años; que fue allá quando se descubryó
e estovo en el rio de aquella provincia por espacio de tres meses, e en
la costa de la dicha provincia estovo obra de nueve o diez meses, e que
las otras tres provincias en la dicha preguntas contenydas, que no a
estado en ellas, pero que las a oydo dezir a muchos maryneros e pilotos
e otras personas. Fue preguntado con quién fue a la dicha provincia de
Veragua; dixo que fue con el almyrante don Cristoval Colon, padre del
almyrante, al tienpo que fue a la dicha provyncia, e que a la sazon
que fue el dicho almyrante yva en una nao que hera de su padre deste
testigo, e este testigo yva por maestre della.
A la tercera pregunta dixo, que sabe que las provincias nonbradas en la
pregunta antes desta son en una tierra e costa de mar. Fue preguntado
cómo lo sabe; dixo que por que lo a oydo dezir a otros pilotos e
marineros e por que lo alcança a conprehender por que fue a la dicha
costa de Veragua e paresce que es todo uno.
A la quarta pregunta dixo, que la non sabe, mas de que lo a oydo dezir
a muchas personas de cuyos nonbres no se acuerda.
A la quynta pregunta dixo, que la sabe segund e como en ella se
contiene, por que este testigo, como tiene dicho, fue con el dicho
don Cristoval Colon al tienpo que lo fue a descobryr la postrera vez
en la dicha su nao e vido lo en la dicha pregunta contenido, e asy se
llaman las yslas e tierra en la dicha pregunta contenidas, ecebto en la
ysla que dize Guanasa, se llama Guanaca, e la punta de Caxinas le puso
nonbre el almyrante, e los otros que con el yvan, e que le pusyeron
nonbre Caxinas por que avia alli muchas mançanas de las destas partes e
las llaman los yndios caxinas.
A la sesta pregunta dixo, que lo que desta pregunta sabe es que como
a dicho este testigo, yva por maestre en la nao donde yva el dicho
almyrante, e que andovieron por la dicha tierra navegando, e que se
dezia que avia pasado de Veragua fasta el ocidente dozientas leguas,
pero que a este testigo le paresce que podrya pasar de la dicha Veragua
obra de ciento e veynte leguas, poco mas o menos, por que lo andovo e
echava entonces punto como lo hazian otros pilotos e maestres, e que
asy mismo vido que pasaron las platycas en la dicha pregunta contenydas
entre las jentes que yvan en el dicho navio con el dicho almyrante.
A la setyma pregunta dixo, que sabe que la dicha provincia de Veragua
es la mas ocidental de las dichas provincias. Fue preguntado como
lo sabe; dixo que por que fue a la dicha provincia de Veragua e a
oydo dezir a donde son las otras provincias, como dicho tiene en las
preguntas antes desta.
A la otava pregunta dixo, que ha oydo dezir lo en la dicha pregunta
contenydo, pero quel no lo sabe; que se remyte a las mercedes que sus
Altezas le hizieron.
A la novena pregunta dixo que sabe quel dicho almyrante fue el que
hizo el primero viaje en todas estas partes de las Yndias, e que por
aver venydo el primero, le paresce a este testigo que por su yndustria
se an descubierto todo lo otro de las yslas e tierra fyrme que esta
descubierto, e que esto es lo que sabe desta pregunta.
A la desena pregunta dixo, que la no sabe mas de quanto oyo dezir que
Juan de la Cosa, defunto, avia ydo con el almyrante don Cristoval
Colon quando se descubryó estas partes, e que despues oyó dezir, no
se acuerda a quién, quel dicho Juan de la Cosa avia ydo por piloto a
descobryr con otras personas.
A la honsena pregunta dixo que lo que dicho tiene es publica boz e
fama entre las personas que fueron con el dicho almyrante al tienpo
que fue con el este testigo, e questa es la verdad e lo que sabe deste
fecho para el juramento que hizo. Fuele encargado que no diga lo que
dicho tiene fasta que sea fecha publicacion desta provança e fyrmolo
de su nonbre.—Juan Ortyz, liçenciatus.—Pedro de Ledesma.—Anbrosyo
Sanchez.—Juan de Villegas.
[Nota al margen: Gonzalo Camacho, II testigo.]
El dicho Gonçalo Camacho, vecino de la cibdad de Sevilla, en la
collacion de San Niculas, estante en la villa de Santo Domyngo, testigo
suso dicho jurado e preguntado.
A la primera pregunta dixo, que conosce al almyrante don Diego Colon de
quinze años a esta parte por que le a visto e hablado, e que al fyscal
de sus Altezas que está en la corte, que no le conosce.
Preguntado por las preguntas generales dixo, que es de hedad de veynte
e seys años poco mas o menos, e que no es pariente de nynguna de las
partes, pero que es criado del almyrante don Diego Colon e lo fue del
almyrante don Cristoval Colon su padre.
A la segunda pregunta dixo, que sabe la provincia de Veragua e toda la
costa quel almyrante don Cristoval Colon, difunto, que santa glorya
aya, descubryo el postrero viaje, que puede aver nueve años poco mas o
menos. Fué preguntado cómo lo sabe; dixo que por que vino con el dicho
almyrante dende Cali, a donde partyó, e fue con el a la probincia de
Veragua en una nao que yva en su conserva con otras naos que llevava,
e que las otras provincias en la dicha preguntas contenidas que no las
sabe mas de quanto al tienpo que salieron yva con el dicho almyrante,
oyó dezir a Pedro de Ledesma, piloto, e a otros muchos, que antes de
aquel viaje el almyrante avia descubriendo la provyncia de Parya, e que
aun en yendo de camino oyó dezir algunas veces que escrivia carta de
Parya.
A la tercera pregunta dixo, quel no la sabe mas de quanto lo ha oydo
dezir a personas de cuyos nonbres no se acuerda.
A la quarta pregunta dixo, quel no lo vydo, mas que publicamente a oydo
dezirlo en la dicha pregunta contenydo a personas que no se acuerda e
es publica boz e fama.
A la quynta pregunta dixo, que la sabe segund e de la manera que en
ella se contiene. Preguntado como lo sabe, dixo que por que al tienpo
que dicho tiene este testigo fue con el dicho almyrante que fue a
descobryr e lo vido en las mas partes donde saltó gente en tierra,
salto este testigo.
A la sesta pregunta dixo que lo que dello sabe es que a lo que este
testigo cree e le paresce, pasó el dicho almyrante e descubryó hazia
el oriente o levante ciento e veynte o ciento e treynta leguas poco
mas o menos mas adelante de la dicha provincia de Veragua, por que lo
vido e fue en ella, e que al tienpo de la buelta, como los maryneros
e personas que con el yvan no savyan donde estavan e creyan quel
almyrante se yva a Castilla, por que pensavan que dexavan a la ysla
Española por popa, e que por que dezian que los navyos no estavan para
yr a Castilla, se alborotavan e hazian munipudios e aun les oya dezir
que no avian de yr con el, fasta tanto que vinyendo desta manera,
reconoscieron una ysla e despues la ysla de Cuba, e de alli fue a
Jamayca a donde se partieron los navios, e despues vino a esta ysla
Española en una nao que le enbyo el Comendador mayor.
A la setena pregunta dixo, quel no sabe mas de la provyncia de Veragua,
mas que segun oyo dezir a los pilotos e maryneros, la dicha provincia
de Veragua estava mas hazia el ponyente que no las otras provincias en
la dicha pregunta contenidas, e que no sabe mas desta pregunta.
A la otava pregunta dixo, que lo a oydo dezir e que se remyte a las
mercedes que sus Altezas le han fecho.
A la novena pregunta dixo que sabe lo en la dicha pregunta contenido.
Preguntado cómo lo sabe, dixo que por que sabe e es publico quel
primero que vino a descobryr a estas partes de las yndias e tierra
fyrme fue el almyrante don Cristoval Colon, e que despues quel lo
començo e abryó la puerta, an venido otras personas a descobryr.
A la dezena pregunta dixo, que lo que della sabe es que oyó dezir al
dicho Pedro de Ledesma que avia venido el primero viaje quel almyrante
vino a descobryr con el dicho almyrante, e que despues lo oyó dezir al
dicho Pedro de Ledesma que avya ydo a descobryr, no se acuerda con qual
de los que an venido a descobryr.
A las honze preguntas dixo, que lo que dicho tiene es publica boz e
fama entre las personas que dello tienen noticia, e lo que ha dicho
es la verdad e lo que sabe deste fecho para el juramento que hizo, so
cargo del qual le fue mandado que no diga lo que tiene dicho fasta
que sea fecha publicacion desta provança e fyrmolo de su nonbre. Juan
Ortyz, licenciatus.—Pedro de Ledesma.—Juan de Villegas.—Gonçalo Camacho.
[Nota al margen: Jacome Ginoves, III testigo.]
El dicho Jacome Ginoves, vesino de la villa de Palos, marinero de una
caravela de su Alteza, testigo suso dicho presentado por parte del
dicho almyrante e jurado.
A la primera pregunta dixo, que conosce al almyrante don Diego Colon de
tres años a esta parte que ha quel dicho almyrante vino a las yndias,
por que le a visto, e que al fyscal de sus Altezas que no le conosçe.
Fue preguntado que hedad avia; dixo que es de hedad de veynte e ocho o
veynte e nueve años poco mas o menos, e que no es pariente ny criado ny
famyliar ny amygo ny enemygo de nynguna de las partes, e que no avya
sydo sobornado, etc.
A la segunda pregunta dixo, que save la provincia de Paria por que
ha estado en ella; que fue a la dicha provincia con el almyrante don
Cristoval Colon quando la descubrió, e que las otras provincias en la
dicha pregunta contenidas que no las sabe.
A la tercera pregunta dixo, que la sabe como en ella se contiene.
Preguntado como lo sabe, dixo que por la carta de marear lo ha visto,
aunque no ha estado en las dichas provincias.