NOTAS.

[1] Primo don Alonso Perez de Guzman: la mi cuita es tan grande,

que como cayó de alto lugar, se verá de lueñe: é como cayó en mí,

que era amigo de todo el mundo, en todo él sabrán la mi desdicha é

afincamiento, que el mio fijo á sin razon me face tener con ayuda de

los mios amigos, y de los mios perlados, los quales en lugar de meter

paz, non á escuso, nin á encubiertas, sino claro metieron asaz mal. Non

fallo en la mia tierra abrigo, nin fallo amparador nin valedor, non me

lo mereciendo ellos, sino todo bien que yo les fice. Y pues que en la

mia tierra me fallece quien me habia de servir é ayudar, forzoso me

es que en la agena busque quien se duela de mí: pues los de Castilla

me fallecieron, nadie me terná en mal que yo busque los de Benamarin.

Si los mios fijos son mis enemigos, non será ende mal que yo tome á

los mis enemigos por fijos: enemigos en la ley, mas non por ende en la

voluntad, que es el buen rey Aben Juzaf: que yo lo amo é precio mucho,

porque él non me despreciará, nin fallecerá, cá es mi atreguado, é mi

apazguado. Yo sé quanto sódes suyo y quanto vos ama, con quanta razon,

é quanto por vuestro consejo fará: non miredes á cosas pasadas, sinon á

presentes. Cata quien sodes é del linage donde venides, é que en algun

tiempo vos faré bien, é si lo vos non ficiere vuestro bien facer vos

lo galardonará. Por tanto el mio primo Alonso Perez de Guzman, faced

atanto con el vuestro señor, y amigo mio, que sobre la mia corona mas

averada que yo he, y piedras ricas que ende son, me preste lo que él

por bien tuviere, é si la suya ayuda pudiéredes allegar, non me la

estorbedes, como yo cuido que non faredes; antes tengo que toda la

buena amistanza que del vuestro señor á mi viniere, será por vuestra

mano: y la de Dios sea con vusco. Fecha en la mia sola leal cibdad de

Sevilla á los treinta años de mi reynado, y el primero de mis cuitas.

EL REY.

[2] Heinecio _Historia Jur. civil._, lib. II, §. LVIII.

[3] Este epígrafe no se halla en el original que sirve de texto; y se

ha tomado de los códices Esc. 1 2. B. R. 2.

[4] Concuerda á la letra con este epígrafe el que se halla al principio

del códice toledano 2; solo que el copiante escribiendo la era en que

se comenzó esta obra, señala la de mil doscientos y noventa, habiendo

omitido por descuido quatro años. Esta nota cronológica conviene con la

que se encuentra sobre el epígrafe del cód. B. R. 2. fuera del texto,

añadida por el amanuense.

[5] et medianero et acabamiento de todas las cosas, et sin él ninguna

cosa non puede ser; ca por el su poder son fechas, et por el su saber

comenzadas et por la su bondat mantenidas. Tol. I. et medianeria et

acabamiento de todas las cosas; et sin él ninguna cosa non puede seer,

ca por el su poder son fechas, et por el su saber gobernadas et por la

su bondat mantenidos. Esc. 1. 2.

[6] et adelantar á Dios en él, rongándol. Tol. 1. 2. et adelantar á

Dios en rogandol. Esc. 1. 2. 4. et adelantar á Dios en él, et rogandol.

Tol. 3. et asentar á Dios en él, et rogándol. B. R. 2.

[7] “que és la su obra. Tol. 1. 3. Esc. 2. B. R. 2.” Esta cláusula

falta en el cod. Esc. 1.

[8] juicio han de venir. Tol. 1. 2. 3. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[9] afrontamiento. Tol. 3. afrenta. Esc. 2. afruenta. Esc. 1. B. R. 2.

[10] destos dos afruentos, et del daño que dellos nos podrie. Tol. 1. 2.

[11] pudiesen acordar en uno. Tol. 1. se acordasen en uno. Tol. 3. Esc.

1. 2. B. R. 2.

[12] sobre todo. Esc. 1. 2.

[13] bien facer en muchas. Tol. 2. S.

[14] et el debdo que han con ellos. Et otrosi. Tol. 3. Esc. 1. 4. B. R.

2.

[15] por su merescimiento. Esc. 1. y 4. y B. R. 2.

[16] “fecimos este libro porque pudiesen mejor entender estas cosas

sobredichas et obrar por ellas segunt conviene. Et teniendo que el

nuestro entendimiento et el nuestro seso non podria esto complir,

acorremonos en esta obra primeramente de los mandamientos, et de los

castigos que Dios dixo et mandó: et otrosi de los santos que fueron sus

amigos et mostraron espiritualmente la su virtud et la su salvacion

de las gentes: et otrosi tomamos de las buenas palabras et de los

buenos conseios que dixeron los sabios que entendieron las cosas

razonablemente segunt natura: et de los derechos, et de las leyes et

de los buenos fueros que ficieron los grandes señores et los sabios

antiguos por el mundo. Et por todas estas razones tovimos por bien et

mandamos, que todos los de nuestro señorio resciban este libro, et se

juzguen por él et non por otras leyes nin por otro fuero; et quien non

lo quisiere rescebir decimos que errarie en estas maneras. La primera

contra Dios, cuya es complidamente la justicia et la verdat: la segunda

contra el señor natural, despreciando su fecho et su mandamiento: la

tercera mostrándose por sobervio et torticero nol placiendo del derecho

que es conoscido provechoso et comunalmente á todos. Et por ende debe

rescebir tal pena de qual manera ge la diere ó quesiere dar el señor

cuyo señorio despreció. Esc. 1. 2. 4.,” en los quales falta todo lo que

hay en el texto hasta el párrafo que comienza _Septenario_.

[17] razones. Tol. 1. 2. 3. S.

[18] é verdadera, nin complidamente. Tol. 2 y 3.

[19] se mantenga con verdat et con fortaleza de las voluntades con

derecho. Tol. 1. 2. y 3. S.

[20] se desaten todos los males. Tol. 1. 2. 3. S.

[21] fazemos. Tol. 1. 2. 3.

[22] se caten en él asi como en espejo, et vean las cosas que en sí han

de enmendar. Tol. 1. 2. 3.

[23] que lo fagan ellos en sus pueblos. Mas por que. Tol. 1.

[24] “de la mercet de Dios et del bendicho su fiio nuestro señor Iesu

Cristo, en cuyo nombre nos lo comenzamos. Tol. 1. 2. 3.” pero los Tol.

1. 2. dicen con el texto _esfuerzo_.

[25] et de los buenos dichos que dixieron los buenos sabios que

entendieron. Tol. 1.

[26] et de los derechos, et de las leyes et de los buenos fueros que

ficieron. Tol. 1. 2. 3. S.

[27] “destas razones. S. Tol. 2. 3. destas razones en su logar do

conviene. Tol. 1.” En este cod., falta todo lo que sigue en el texto

hasta el párrafo que empieza _Septenario_.

[28] de justicia et de derecho. Tol. 2. 3. S.

[29] en cinco mill et veyent un años hebraicos. Tol. 2. B. R. 2. S.

[30] et ciento et noventa et seis dias mas. Tol. 3. et ciento et

noventa dias mas. Tol. 3.

[31] en mill et quinientos et setenta et quatro años romanos, et veinte

et dos dias mas. Tol. 3. B. R. 2. en mill et quinientos et setenta et

tres años romanos, et veinte dias mas. Tol. 2.

[32] en mill et quinientos et setenta et dos años romanos. Tol. 3. en

mill et quinientos et sesenta et dos años romanos. Tol. 2. B. R. 2.

[33] et cincuenta et dos años romanos. B. R. 1.

[34] en nuevecientos et setenta et siete años. Tol. 3. en nuevecientos

et sesenta et ocho años. Tol. 2. B. R. 2.

[35] en seiscientos et veinte et nueve años. Tol. 2. 3. B. R. 2.

[36] et veinte et tres dias mas. Tol. 3.

[37] en seiscientos et veinte años, et ciento et cincuenta dias mas.

Tol. 2. en seiscientos veinte años, et ciento quatro dias mas. B. R. 2.

[38] Este prólogo, con su epígrafe, se ha tomado del cód. B. R. 3.

[39] es cuento muy noble. S. Tol. 1. 2. Esc. 1. 2. 3. 4. B. R. 2.

[40] asi como los celestiales cielos Tol. 1.

[41] et non alma ninguna; asi como las piedras et las cosas minerales.

Tol. 1. et non alma ninguna, nin sentimiento, nin otra cosa, como los

metales et las piedras. Tol. 2. 3. S.

[42] de que tomamos cuenta por los siete cielos en que estan, et

pusiéronles nombres, et ordenaron. Tol. 3. de que tomaron cuento de los

siete cielos en que estaban, et pusieron los nombres et ordenaron. S.

Tol. 2.

[43] de la selmana. Sil. Esc. 1.

[44] á los que él amó. Esc. 1.2.

[45] La cláusula que sigue hasta é _Josep_ falta en los cód. Esc. 1. 2.

4. Tol. 1. B. R. 2.

[46] La cláusula que sigue hasta _otrosi_ falta en los cód. Tol. 1.

Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[47] por grand demostracion. Tol. 2. 3. por muy grand significanza. S.

[48] et David que fue otrosi rey, de cuyo linage vino nuestro señor

Iesu Cristo, fizo. S. Tol. 1. 2. 3. Esc. 1. 2. 3. 4. B. R. 2.

[49] et repentemiento et consejo. S. Tol. 1. 2. 3. Esc. 1. 3. 4.

[50] que quiso prender. S. Esc. 2. 3. que vino prender. Esc. 4. B. R. 2.

[51] por nos traer á salvacion. S. por nos aducir á salvacion. Tol. 1.

[52] nuestro salvador Iesu Cristo Esc. 2.

[53] siete cosas señaladas con quel le debemos pedir merced. Otrosi

aparesció siete vegadas desque resucitó fasta que subió á los cielos.

Otrosi san Iohan. Esc. 2. 3.

[54] como porque sus regnos et sus tierras sean acrecentada. Esc.

2. como en los otros fechos, porque sus regnos et sus tierras sean

acrecentados et guardados. Et en la tercera de la justicia. Tol. 1.

[55] de la justicia que ayunta los homes por amor, faciéndolos vevir

unos con otros en paz. S. Esc. 3. Tol. 2. 3.

[56] de qual manera quier. Tol. 3. Esc. 1. 2. 3.

[57] et de la obediencia. S. Tol. 1. 2. 3. B. R. 2. Esc. 2.

[58] Falta desde aquí hasta _et del debdo que hay entre los criados_,

en los cod. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[59] Desde aquí hasta _en la quinta partida_ falta en los cod. Tol. 1.

Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[60] et otrosi por servicio que reciben los mayores de los menores. S.

Tol. 2. 3.

[61] los puede facer. S. Tol. 1. 2. Esc. 1. 2. 3. 4. B. R. 2.

[62] Desde aquí falta todo lo que sigue hasta el fin en los cod.

Esc. 1. 2. 4. B. R. 2., y en su lugar se lee en los Esc. 1. 2. 4. lo

siguiente. “Et en cada una de estas siete partidas mostramos todas las

cosas que hi convienen segunt nos entendiemos. Onde rogamos á nuestro

señor Dios que es sobre todos los entendimientos, que si nos menguamos

alguna cosa en esta nuestra obra por mengua de lo non entender, que

él que es complido de todo saber, lo cumpla de manera que sea á su

servicio, et á honra de nos et á pro de todos aquellos que por él se

mantovieren.” En el cod. B. R. 2. y en el Tol. 1. en que igualmente

falta lo que sigue en el texto desde la nota hasta el fin, se lee: “Et

en cada una destas siete partidas mostramos todas las cosas segunt

conviene et segunt que nos entendiemos.”

[63] de los homes, facemos. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[64] que mostramos. Tol. 1. 2. 3. Esc. 1. 2. 3. B. R. 2.

[65] las gentes lladinas. Esc. 3. las gentes latinadas. B. R. 2. las

gentes ladinas. S.

[66] sinon daquello. T. 1. E. 1. 2. 3. B. R. 2

[67] Desde aquí hasta _quales dellas pertenescen_ falta en los cód.

Esc. 1. 2. 4. En los Tol. 1. B. R. 2. hasta _de qué lugares_.

[68] et á quien tienen pro, et qual debe seer. S. Tol. 1. Esc. 1. 2. 3.

4. B. R. 2.

[69] se deben enmendar, et quien las puede declarar, et en qué manera

las han de obedecer, et cómo son tenudos de las guardar, et como se

debe juzgar por ellas, et en qué manera deben ayuntar con estas las que

ficieren de nuevo. Esc. 1. 2. Tol. 1. 2. B. R. 2.

[70] et otrosi por quales se deben desfacer, et en qué manera. Tol. 3.

[71] et por quales razones non se pueden los homes escusar del juicio.

S. Tol. 1. 2. 3. Esc. 1. 2. 3. 4. B. R. 2.

[72] et sobre todo diremos de las virtudes de las leyes. Tol. 1. Esc.

3. B. R. 2.

[73] Este título 1 se ha tomado del códice B. R. 3.

[74] “Estas leyes son establescimientos porque los homes sepan vevir

bien et ordenadamient segunt el placer de Dios: et otrosi segunt

conviene á la buena vida deste mundo.” No tiene mas esta ley en los

cód. Tol. 2. 3. Esc. 3. S.

[75] otrosi cómo vivan ellos unos con otros en derecho et en justicia,

segunt adelant se muestra en las leyes. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[76] El copiante omitió esta ley en el cuerpo de la obra; pero se

halla suplida de su mano al pie de la ley tercera, y la incluyó en el

catálogo de las leyes de este libro en el índice general que precede al

códice. Se halla tambien en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. B. R. 2. 3.;

pero falta en los Tol. 2. 3. Esc. 3. 4. S.

[77] Tiene este epígrafe en los cód. Esc. 2. B. R. 2. 3.

[78] sentido. Tol. 1. Esc. 2. B. R. 2. 3.

[79] el movimiento. Tol. 1. E. 2. B. R. 1. 2.

[80] el masclo. B. R. 3.

[81] emparar. B. R. 3.

[82] desondra. B. R. 3.

[83] por emparamiento. B. R. 3.

[84] A continuacion de esta ley sigue la III, que empieza _Ius

naturale_; y porque conviene á la letra con la ley II del texto, se ha

omitido.

[85] Falta esta ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. B. R. 1. 2.

[86] cada uno segunt debe. S. T. 2.

[87] Ca el bien facer de esta manera tornase. S. Tol. 2. Esc. 3. Ca el

bien fecho destos tornase. Tol. 3.

[88] facer. S.

[89] en este libro tambien gualardon como escarmiento. S. T. 2. 3. Esc.

3. en los quales concluye asi la ley.

[90] Qué quiere decir ley. Tol. 3. Esc. 3.

[91] como castigo ó enseñamiento escripto que liga. Tol. 1. Esc. 1. 2.

B. R. 2.

[92] muestra et enseña el bien que deben facer et usar. S. Tol. 2. 3.

Esc. 3.

[93] Aqui concluye la ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2.

[94] dos provechos. El uno que será mas entendudo, et el otro que se

aprovechará mas de ellas. Et segunt. S.

[95] Falta esta ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. B. R. 1. 2.

[96] De qué fueron tomados los capítulos destas leyes. Esc. 3.

[97] que fallaron señaladamient lo que conviene. Tol. 2.

[98] que aducen complido ayuntamiento. S.

[99] Falta esta ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. B. R. 1. 2.

[100] Concuerdan los códices Tol. 1., en el qual es ley XVII. Esc. 1.

2. B. R. 2., en el qual es ley XVI. El copiante añadió en el márgen

que las virtudes de las leyes son en siete maneras, y aumentó: “_La VI

vedar, la VII escarmentar._”

[101] “las pueda entender et retener. Et otrosi han de ser sin escatima

et sin punto, porque non sean contrarias las unas de las otras.” Asi

concluye la ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4.

[102] razon justiciosa por su mal entendimiento, queriendo mostrar. S.

[103] Falta esta ley en el cód. B. R. 3. En el Tol. 1. Esc. 1. 2. 4.

B. R. 2. dice así; “Fechas deben seer las leyes con conseio de homes

entendidos et sabios, et debe seer mucho escogido el derecho que en

ellas fuere puesto ante que sean mostradas á las gentes. Et quando

desta guisa fueren mostradas, fechas serán sin yerro et á loor del

señor que las face, et será el pueblo mas tenido de obedecerlas et de

las guardar.”

[104] ante que sean mostradas á las gentes. S. Tol. 2. 3. Esc. 2.

[105] et á servicio de Dios, et á loor et á honra de los señores que

las mandaron facer, et á pro. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[106] á juzgar. S. Tol. 2. 3.

[107] conoscer lo que conviene á derecho et á justicia et al pro. S.

Tol. 2. 3. Esc. 3.

[108] et sus mayorales naturales. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[109] Desde aquí falta hasta Otrosi muéstranles en los cód. Tol. 1.

Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[110] et crece el pueblo. S.

[111] “et cresce el bien.” Y acaba la ley en los cód. Esc. 1. 2. 4.

[112] entre sus oios. S.

[113] Aqui concluye la ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4.

[114] Falta esta ley en el S.

[115] por mandado dellos. Tol. 2.

[116] Aqui concluye la ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[117] tomando siempre el entendimiento dellas. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B.

R. 2.

[118] et tomando á la mas sana parte. S.

[119] et menos sospechosa. Esc. 2.

[120] “por abreviaduras mas por palabras complidas, et por ende

dixieron los sabios antigos que el saber de las leyes non es &c. Tol.

1. Esc. 2. B. R. 2.” En los cód. Esc. 1. 4. “por abreviaduras, mas por

palabras complidas.” Y se concluye la ley.

[121] en aprender de corazon las letras. Esc. 2.

[122] En los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2. se lee asi:

“Declaramiento habiendo menester las leyes por dubda que en ellas

acaesciere, naciendo á los homes muchos entendimientos sobrellas: esta

declaracion non puede seer por otro fecha si non por aquel que ha poder

de las facer.”

[123] et facer entender la verdat. S. Tol. 2.

[124] Quáles deben obedecer las leyes. Tol. 3. Cómo deben obedecer las

leyes. Tol. 2. Esc. 1. 2. 3. 4. B. R. 2.

[125] En los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2. dice asi esta ley:

“Todos aquellos que son del señorio del facedor de las leyes son

tenudos de las obedecer. Eso mismo decimos de los otros que fuesen de

otro señorio que ficiesen hi pleyto, ó postura ó yerro. Ca maguer sean

de otro logar non pueden seer escusados de se juzgar por las leyes

daquel señor en cuya tierra hobiesen fecho alguna cosa destas. Et si

por aventura ellos fuesen rebelles que non lo quisiesen facer de su

voluntad, los jueces et las justicias los deben costreñir por premia

que lo fagan, asi como las leyes deste nuestro libro mandan. Otrosi

decimos que está bien al facedor de las leyes en querer vevir segunt

ellas, como quier que non sea tenudo por premia de lo facer.”

[126] et non por otro escripto de otra ley fecha en ninguna manera, et

el que la ley. S. Tol. 3. Esc. 3.

[127] lugar. S.

[128] son tenidos los reyes de guardar. Tol. 3.

[129] “Guardar debe el rey las leyes como á su honra et á su fechura,

et al pueblo como á su vida et á su guarda. Et por eso son tenidos de

las guardar quanto en lo temporal en qual estado quier que sean, et aun

tambien las mugeres como los varones.” Y concluye la ley. Tol. 1. Esc.

1. 2. B. R. 2.

[130] et lo destruirie, et venirle hia ende dos daños. Tol. 3. et

desatarlas hia, et venirle hian ende dos daños. S. Tol. 1.

[131] aviltaria á sí mesmo. S. Tol. 3. serie vil gloria á sí mesmo.

Tol. 2.

[132] por vil en su vida ó en sus fechos. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[133] errarian contra el fecho de Dios. S. Tol. 2. Esc. 3. irien contra

derecho de Dios. Tol. 3.

[134] “Cómo se deben emendar las leyes. Tol. 3. Cómo se deben emendar

las leyes quando fuere mester. Esc. 3.” Falta esta ley en los cód. Tol.

1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 1. 2.

[135] de un acuerdo. Tol. 2. en un acuerdo. S. Tol. 3.

[136] et mas catado. S. Tol. 2. 3.

[137] desfacer por toda su tierra los yerros que ante habia en ellas en

que yerran, et como tiene por derecho de las emendar. S.

[138] et si fallaren que en el bien ha una grand partida como quier

que non eguale con el mal, deben toller la sobeiania del mal et

guardarlo con la bondat del bien, asi que de la bondat del bien et del

aspredumbre del mal nasca derecho bueno. S. Tol. 3.

[139] En el cód. Tol. 1. se halla así esta ley: “Acaesciendo cosas que

non hayan ley en este libro, porque sea mester de se facer de nuevo,

aquel rey que la ficiere, debe la mandar poner con estas en el título

que fallaren en aquella razon sobre que fue fecha la ley, et destonce

vala como las otras leyes.” Y concluye la ley. Acuerdan con este cód.

los Esc. 1. 2. B. R. 2. solo con la diferencia de decir en lugar de

“_en el título que fallaren_, en el título que fablare de aquella

razon.”

[140] porque se acuerde con ellos en qué manera debe ende facer ley, et

desque lo hobiere acordado débelo facer escrebir en su libro, et desi

en todos los otros de la tierra sobre que él ha poder et señorío. Et

las leyes que desta guisa son añadidas et fechas de nuevo valen. Tol. 2.

[141] por desentendimiento. S.

[142] que las sepa, ó por leerlas ó por tomar el entendimiento de ellas

et de los que las leen, ó por saberlas él mesmo bien razonar. Tol. 3.

que las sepa ó que las leva, ó por tomar el entendimiento dellas de los

que las leyeren, ó por saberlas él mismo bien razonar. S. Tol. 2.

[143] Aquí concluye la ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[144] Quales son aquellos que pueden seer escusados de recebir la pena

de las leyes por non seer entendudos nin sabidores dellas. Esc. 1. 2.

B. R. 2.

[145] ó desmemoriado; ca este atal non debe recebir pena ninguna por lo

que hobiese fecho en el tiempo de la locura, porque era fuera de seso

et de memoria: et eso mesmo decimos del mozo &c. Tol. 1. Esc. 1. 4. B.

R. 2.

[146] nin le ponemos tan maña culpa como al otro que está en su seso.

Et eso mismo decimos. Tol. 2. non le ponen tamaña culpa como á otro que

está en su sentido. Tol. 3.

[147] et probasen et pudiesen llegar á fecho de luxuria; ca si estos

tal cosa ficiesen, escusados serien de la pena de las leyes por non

haber entendimiento: et si por aventura fuesen menores de diez años.

Esc. 1. 2. 4. B. R. 2.

[148] fecho de luxuria. S. Tol. 1. 2. 3.

[149] ó homicidio. Tol. 3. Esc. 1.

[150] “serian escusados otrosi de las que mandan las leyes por esa

misma razon.” Así concluye la ley en los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B.

R. 2.

[151] por non entender las leyes. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[152] en juicio ó en razon. S.

[153] sol que non se meta á estudiar nin aprender leyes porque el fecho

de las armas dexe, fueras ende sí el caballero. S. Tol. 2.

[154] ó alef ó falsedat. Tol. 2.

[155] que morasen en tales como estos. S.

[156] nascen libros, et de los libros partes, et de las partes razones,

así nasce. Esc. 3.

[157] se puede desatar. Et eso mesmo. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[158] Acuerdan con este texto tomado del cód. B. R. 3. los cód. Tol. 1.

Esc. 1. 2. 4. B. R. 2. con las variantes que se notarán.

[159] Las leyes son aquellas de que nace el derecho. Tol. 1. Dos

razones son aquellas de que nace el derecho. Esc. 1.

[160] et sigue continuadamient. S. Esc. 3.

[161] _et sin embargo ninguno_ falta en el cód. Tol. 3.

[162] como en manera de costumbre. Tol. 1. Esc. 1. 2. B. R. 2.

[163] fueren dados los juicios por ella. Tol. 1.

[164] tanto face mayor yerro contra Dios. Esc. 1. 2. B. R. 2. tanto

mayormient yerra contra Dios et al rey. Tol. 1.

[165] son cinco maneras, la primera. Tol. 2. Esc. 3. son en cinco

maneras. S.

[166] contra los derechos establecidos, non seyendo. S. Tol. 2. 3.

[167] “que viene ende grant pro luego consintiéndolo el señor. S.” Los

cód. Tol. 2. 3. parece que insinúan esta leccion; pero estan mendosos.

[168] tanto quiere decir como ayuntamiento de gentes de todas maneras

de aquella tierra. S. Tol. 2. Esc. 3.

[169] que lo contradixiesen. S. Tol. 2. Esc. 3.

[170] et cómo se puede desatar. Esc. 3.

[171] et con placenteria de los de la tierra. Tol. 3.

[172] desfacer. Esc. 3.

[173] La primera destas es costumbre que fuese dada contra aquella que

fuese puesta con mandado del señor. S.

[174] que fuese usada contra aquella que fuese mejor puesta por mandado

del señorio, et con placer. Tol 2.

[175] en que la enviasen. S. Tol. 2.

[176] el fuero valer. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[177] et cómo debe seer guardado. Tol. 2. et cómo se torna en ley. Esc.

3.

[178] dos cosas que habemos dicho. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[179] et estas otras tanto departimiento que el uso. S. Tol. 2. 3. Esc.

3.

[180] manifestado públicamente. Tol. 3. paladino et manefiesto. Esc. 3.

S.

[181] Por quales cosas se debe emendar el fuero ó desfacer. Tol. 3.

Como se departen el bien et el mal. Tol. 2.

[182] quando puede mas et ha mas fuerza: que el bien ha tanta. Tol. 3.

[183] ó seyendo escogido non usan asi dél como deben. S.

[184] Por quales cosas debe home honrar las leyes. Tol. 3. Cómo deben

ser honradas las leyes. Esc. 3.

[185] las cosas en dos maneras. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[186] asi como subiendo del uso en costumbre. Tol. 3.

[187] otra honra. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[188] ó la hobiesen de añader ó facer de nuevo. S. Tol. 3.

[189] es derecho de catar. S.

[190] fatal menor. S.

[191] non fallece á uno. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[192] et sin esta ha la escritura de las leyes una honra muy grande en

que entran quatro cosas. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[193] con bondat de los mas honrados. Tol. 3.

[194] homes en que es. S.

[195] porque fabla de nobles fechos. S. Tol. 3. debe fablar de nobles

fechos. Tol. 2.

[196] en olvidanza. S. Tol. 2. Esc. 3.

[197] se puede emendar por voluntad, et esto non salvo por derecho.

Esc. 3.

[198] et de la fe católica. Tol. 2. Esc. 3. El Toledano 3. añade “et de

los artículos della. Sus leyes son seis.”

[199] á cuyo juicio han todos de ir, et resucitar. Tol. 2. Esc. 3. S.

[200] Gregorio Lopez y Montalbo no siguieron constantemente en este

título alguno de los códices exâminados por la Academia, sino que

tomáron parte de unos y parte de otros, componiendo á su modo un nuevo

texto. Gregorio Lopez tampoco va de acuerdo con Montalbo en este

prólogo, porque le tomó de algun códice semejante al que sirve de texto

principal, y concuerda con él hasta la nota; desde donde ingiere un

gran trozo de la única ley que tiene este título en el texto, que va al

pie de los principales, desde _otrosi tenemos et creemos_ hasta _debe

haber pena de herege_; y luego añade: “mas porque los sacramentos et

los artículos son para guardar esta creencia, et tenerla complidamente,

porque son como pilares de la fe, ca sobre ellos está toda puesta,

por ende ha menester que pues de la fe fablamos, que fablemos luego

aquí de los artículos, et mostrar qué cosa son et quántos son, et cómo

deben ser guardados.” Y concluye el prólogo. El de Montalbo concuerda

á la letra con el que va al pie de los textos, y empieza: “Sin dubda

tenemos;” y al fin pone dicha adicion de Gregorio Lopez. A continuacion

se hallan en uno y otro tres leyes de que consta solamente su texto de

este título, y acuerdan con la I, II y VI del texto principal.

[201] En los cód. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4. B. R. 2. este titulo no tiene

mas que una ley, que en substancia conviene con las dos I y II de este

texto, tomado del cód. B. R. 3. dice asi: “Sin dubda tenemos et asi

es verdat, et creemos firmemente que es uno solo verdadero Dios, que

non ha comienzo nin fin, nin ha en sí medida nin mudamiento, poderoso

sobre todas las cosas, que seso de home non puede entender nin fablar

dél complidamente, Padre, et Fijo et Espíritu santo, tres personas et

una cosa simple sin departimiento, que es Dios Padre, nin fecho nin

engendrado de otro, Fijo engendrado del Padre tan solamente, Espíritu

santo saliente de amos á dos, todos tres de una substancia, et de una

igualdat, et de un poder, et durables en uno por siempre. Et como quier

que cada una de estas tres personas es Dios, pero non son tres Dioses,

mas uno. Otrosi como quier que Dios es uno non se tuelle por eso que

las personas non sean tres. Et este es comienzo de todas las cosas

espirituales et temporales tan bien de las que parescen como de las que

non parescen, et quanto en sise todas cosas fizo buenas; mas cayeron

algunas dellas en yerro, las unas por sí, asi como el diablo, et las

otras por conseio de otrie, asi como el home que pecó, por lo quel

conseió el diablo. Et esta sancta Trinidat que dixiemos que es Padre,

et Fijo, et Espíritu santo et un Dios, como quier que diese á los homes

por Moysen, et los profetas et los otros santos padres enseñamiento

para vevir por ley, en cabo envió su Fijo en este mundo, que rescibió

carne en la vírgen santa María, et fue concebido de Espíritu santo,

home verdadero, compuesto de alma razonable et de carne, verdadero

Dios. Este es nuestro señor Iesu Cristo, que segunt la natura de la

divinidat es durable por siempre, et segunt la humanidat fue mortal;

este nos mostró manifiestamente la derecha carrera de salvacion, et por

salvar el linage de los homes rescibió pasion et muerte en la cruz, et

descendió á los infiernos en alma, et resucitó á tercero dia, et subió

á los cielos en cuerpo et en alma, et ha de venir en la fin del sieglo

á judgar los vivos et los muertos por dar á cada uno lo que meresció, á

cuya venida han todos á resucitar en cuerpos et en almas, en aquellos

mismos que ante habien, á rescebir juicio segunt las obras que fecieron

de bien et de mal, et habrán los buenos gloria sin fin, et los malos

pena por siempre. Otrosi tenemos et creemos firmemente que es una santa

eglesia general en que se salvan todos los fieles, et fuera della non

se salva ninguno, en la qual se face el sacrificio del cuerpo et de la

sangre de nuestro señor Iesu Cristo en semeianza de pan et de vino. Et

este sacrificio non lo puede otro facer, sinon aquel que fuere ordenado

para ello por santa eglesia. Et otrosi creemos firmemente que tambien

los varones como las mugeres que resciben el baptismo segunt la forma

de santa eglesia se salvan por ello, et si despues del rescibimiento

del baptismo pecaren, puédese cada uno salvar emendando el pecado con

verdadera penitencia. Et esta es la creencia verdadera en que yacen los

artículos de la santa fe católica, que todo cristiano debe creer et

guardar, et quien asi non lo ficiese non puede ser salvo. Onde mandamos

firmemente que la crean et la guarden todos los de nuestro señorio, asi

como sobre dicho es, segunt la cree et la guarda la eglesia de Roma;

et qualquier cristiano que de otra guisa creyese et contra esto fuese,

debe haber pena de hereie.”

[202] poderoso sobre todas las cosas. S.

[203] que Iesu Cristo segunt la deidat es Dios en sí mesmo. Tol. 2. 3.

P.

[204] gloria perdurable. S. Tol. 3. Esc. 3.

[205] En el original se empieza aquí el título IV, que comprehende las

tres siguientes leyes. Para evitar confusion se han reunido baxo un

mismo título.

[206] qual maña es. Tol. 3. que menester es. Esc. 3.

[207] et loándole por derecho habrá la su honra quan grande es segunt

que cumple. Tol. 3.

[208] los sus fechos. Tol. 3. Esc. 3.

[209] guardar. Tol. 1. et guardar su alma. Esc. 1. 2.

[210] la una es de creencia de los artículos de la fe que debe creer,

la otra es de fecho de los sacramientos de santa eglesia. B. R. 3.

[211] Et destos conviene en todas guisas que todo cristiano reciba los

cinco podiéndolos haber. B. R. 2. Esc. 2. 3. 4.

[212] Et de cada uno destos sacramientos diremos apartadamientre por sí

qué virtud han, et cómo se deben facer. Onde todo cristiano debe creer

que en estos sacramientos se salvan los cristianos; et qui esto non

crediese ó lo negase es herege, et mandamos que reciba la pena que es

puesta contra los hereges. B. R. 3., y asi acaba la ley.

[213] Et desi diremos de cada uno dellos por sí qué cosa es, et qué

virtud ha, cómo se debe dar et recebir, et de todas las otras cosas que

segunt santa eglesia pertenescen á ellos; et qué pena merescen. &c. B.

R. 2. Tol. 1. Esc. 1. 2. 4.

[214] sinon se repiente et se quita dél. S.

[215] guarescer. S.

[216] Desde esta ley hasta la CV que empieza _Horas ciertas_, se

advierte gran diferencia en los códices, y ha sido necesario estampar

un segundo texto, tomado del cód. Esc. 2. con el qual van de acuerdo el

Tol. 1. Esc. 1. 4. B. R. 2. 3.

[217] las llaves de ligar, et de solver, allil dan carrera para seer

sabio et entendido, porque poda bien usar dellas, et los sepa facer

derechamientre, segund que conviene et porque sepa entender la ley, et

mostrarla á los otros. La segunda manera de pena &c. B. R. 3.

[218] Sacramentos son en sí muy santa cosa, ca de la virtud. S. Tol. 2.

[219] sagracion. S. Tol. 2.

[220] el alma. B. R. 2. 3.

[221] et del elemento del agua que tañiendo al cuerpo de fuera, lava el

alma. Tol. 1.

[222] ca sin dubda ninguna el que es babtizado, atal es como si

nasciese nuevamientre sin pecado ninguno. Otra manera hi ha de

babtismo, que llaman de Espíritu sancto, et es esta quando. B. R. 3.

[223] como de estado de muerte en que era por el pecado, á estado de

vida lavándose. Tol. 1. B. R. 2.

[224] quando tuelle. Esc. 1. Tol. 1. B. R. 2.

[225] del linage de Adam. Tol. 3.

[226] otra cosa. Tol. 1. B. R. 2.

[227] et salvarse hie el babteado en la fe de sancta eglesia et en las

palabras de Iesu Cristo, mas por todo eso. B. R. 3.

[228] que los dien de buena mient. Tol. 2. S.

[229] tomó el nombre de padre. B. R. 3.

[230] de compadradgo. B. R. 2. compadrago. B. R. 3.

[231] nin otrosi non debe seer un padrino nin una madrina en estas tres

cosas. Tol. 1. B. R. 2. nin otrosi non debe seer uno padrino ó madrina

en estas tres cosas. Esc. 1. B. R. 3.

[232] Otrosi es derecho que todo hombre varon ó mugier quier sea

pequenyo ó grande que quiera recebir babtismo, que ninguno non gelo

pueda embargar. B. R. 2. 3.

[233] ó el epistolero. Tol. 1. B. R. 3.

[234] por mandado de algunt preste. Et si por aventura alguno que

quisiesen batear. B. R. 2. 3.

[235] puédelo batear lego ó otro home qualquier. Tol. 1.

[236] de cueita. Tol. 1. B. R. 2. 3.

[237] embargo ninguno entrel et su mugier porque se deban departir. B.

R. 3.

[238] En el cód. B. R. 3. dice asi esta ley: “Sin pena non debe

seer el que se ficiere bautizar dos veces, porque es atrevido en

despreciar el sacramiento del babtismo. Ca ninguno no lo debe recebir

nin dar á sabiendas mas de una vegada. Onde qualesquier que contra

ficiesen deben morir por ello, tambien el que diese el babtismo, como

el que lo recibiese si fuese de edat complida, porque lo ficieron

maliciosamientre pues que sabian que les era defendido. Et sil obispo

por ventura esto ficiese á sabiendas debe seer despuesto et desi

degradado, que quiere tanto decir como desordenado, et morir por ello;

ca como quier que mucho deba seer honrado por el grand logar que tiene,

en esta razon mayor pena merece que otro, porque erró muy gravemientre

en aquella cosa que era mucho tenido de guardar de su oficio. Otrosi

quando alguno comenzase de facer cristiano soflandol, et diciendo

sobrel las oraciones que deben decir á la puerta de la eglesia ante

quel babticen, sil non babtizaren entonce, et despues desto algunol

batease, si non en la manera que manda la santa eglesia, faciéndolo

dotra guisa por soberbia, ó por desden, ó por despreciamiento del

babtismo, ó por otra razon qualquier que lo ficiese maliciosamientre,

deben amos á dos seer desterrados por ende, et pechar cada uno dellos

diez libras doro al rey ó al senior daquella tierra ó esto fuese fecho,

porque facen heregía conioscida en ello. Et demas desto non poda

ninguno facer testamiento nin donacion de los bienes que hobieren, et

el iudgador de la tierra ó esto acaesciere, si lo non quisiere asi

facer despues que algunos fuesen acusados et vencidos sobre tal fecho,

él debe recibir en su cuerpo ó en su haber aquello que él non compliese

en los otros.”

[239] seyendo cierto que era baptizado non debe fincar sin pena, porque

bien semeja. Tol. 1. B. R. 2.

[240] royo. Tol. 2.

[241] el lavamiento de agua. T. 2. 3. Esc. 3.

[242] que recebiera. Tol. 1. B. R. 2. 3.

[243] de facerse babtizar. Tol. 1. B. R. 2. 3.

[244] si lo non fuese. B. R. 2. 3.

[245] con firmedumbre. Esc. 3. S.

[246] firmar bautismo. Tol. 2. 3. S. Esc. 3.

[247] consumólo. Tol. 3.

[248] amollescer. S. Esc. 3. mollecer. Tol. 3.

[249] otrosi esfriamiento de castidad. S. Tol. 2. 3. enfriamiento Esc.

3.

[250] et face pecado mortal porque debe haber grande penitencia, et

este sacramiento fue establecido en sancta. B. R. 3.

[251] et les ganó honra et les dará gualardon en el otro sieglo. Esc. 1.

[252] que debe bien obrar, faciendo bien. Tol. 1. B. R. 2. 3.

[253] benedicion. B. R. 3.

[254] somo. Tol. 2. 3.

[255] virtud et poder. Tol. 1. Esc. 1. B. R. 2. 3.

[256] toda carga et todo afan. Tol. 1. todo encargo et afan. B. R. 2. 3.

[257] et esta uncion se debe facer segund dice en el segundo libro. B.

R. 2. 3.

[258] en todas maneras que home lo podrie pensar et decir. S.

[259] ser, et él ó los padrinos. Tol. 3. P.

[260] et él ó los padrinos. Tol. 3. P.

[261] sospirar tres veces. Tol. 2. Esc. 3. S.

[262] et despues entre las espallas. Tol. 1.

[263] santiguando la santigue. Tol. 2. 3. Esc. 3. S.

[264] masclos. Tol. 2. maslos. S.

[265] virtud. Tol. 3.

[266] ante que sea. Esc. 3.

[267] sirvient en el su espíritu habiendo gozo. S. Tol. 2. Esc. 3.

[268] á salvamiento de aquella nueva nacencia. S.

[269] varones. Tol. 2. Esc. 3. S.

[270] gloria. Tol. 2. 3.

[271] que haya la maldicion que es conjuro por el nombre de aquel Dios.

S. Tol. 2.

[272] la bienaventurada vida sin muerte. Tol. 3. P.

[273] que son ya pasados, sea siempre. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[274] someryó. Tol. 3. somorgojó. Tol. 2. somurgujó S.

[275] alaba. Tol. 3.

[276] Al márgen del códice se halla esta nota: “Esta es muy fermosa

declaracion, la qual asi expresamente declarada es alumbramiento asi á

clérigos como á legos simples que non han alcanzado la ciencia nin las

letras de la santa escriptura; ca por aquí sabrán el provecho del santo

bautismo. Et en este evangelio que aquí dice en esta ley que el yugo de

Dios et la su carga liviana era, se da á entender que el servicio de

Dios á aquellos que en él estan sobroso et de folganza es: et acuerda

con ello lo que el Salmista dice, que el servir á Dios regnar es, et

aun el actoridat de la santa escriptura de los santos padres asi lo

pone, que el servir á Dios es gloria á este mundo et al otro, porque el

bien en que está nunca se parte dél.”

[277] fizo sant Matheos. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[278] folgura. S. Tol. 2.

[279] derechera. S.

[280] una en somo. Tol. 1. Esc. 1. B. R. 2. 3.

[281] en somo de la fruente. Tol. 1.

[282] firmados. Tol. 2. 3. Esc. 3. P. fundados. S.

[283] que Dios era palabra, et la palabra era con Dios, et Dios era

palabra. S.

[284] tañia. Tol. 2. conviene. Esc. 3. convino. S.

[285] conjuro derechamente. Tol. 2. 3. Esc. 3. P. S.

[286] et tan grant refez le era. S.

[287] et él ó los padrinos. Tol. 3. P.

[288] retraer. Tol. 2. 3. Esc. 3. S.

[289] amuchiguar. Tol. 2. 3. S.

[290] enviando. Tol. 2. 3. S.

[291] de la claridat de su lumbre. Tol. 2. P. de la cibdat de su

lumbre. S.

[292] Desde _que ha nombre_ hasta _Eufrate_ falta en los Tol. 2. 3. S.

Esc. 3. P.

[293] arrame el agua. S. desparga. Tol. 3.

[294] Et luego faga otra cruz en el agua con la crisma, et diga que sea

santiguada et bienaventurada aquel agua por aquella crisma en el nombre

del Padre, et del Fijo et del Espíritu santo. Tol. 2. 3.

[295] estivias. Esc. 3.

[296] resucitacion. Esc. 3.

[297] el mayor en sanctidat. B. R. 2. 3.

[298] Onde nos porque los hombres la amen mas et la sepan meior facer,

queremos aqui decir qué cosa es penitencia, segund lo mostraron los

santos padres; et quántas maneras son della; et quién se debe confesar;

et qué cosas ha menester la penitencia para seer verdadera; et qué pro

viene della. B. R. 3.

[299] De las palabras que dicen despues del baptismo. Tol. 3.

[300] bautismo. Tol. 2. Esc. 3. S.

[301] tenga ante la faz de nuestro señor Jesu Cristo, porque viva

siempre. S. Tol. 2.

[302] lámpara. S. Tol. 2.

[303] á la su santa vida pueda ir corriendo al su palacio. S. Esc. 3. á

la su santa boda pueda ir corriendo al su palacio. Tol. 2. 3.

[304] guisado de lo poner. Tol. 2. Esc. 3. S.

[305] yace. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[306] de paño de lana que sea vil et refez. Tol. 1. B. R. 3. vil et

rafez. B. R. 2. vil et raez. Esc. 1.

[307] sobre las cabezas de los penedenciales, et ponerles ceniza en

ellas. Tol. 1.

[308] en suor. Tol. 1. Esc. 1. B. R. 2. 3.

[309] comerás. Tol. 1. B. R. 2. 3.

[310] en cabaniellas. Esc. 1. B. R. 2. 3.

[311] corporalmient en este mundo. S. Esc. 3.

[312] manera. Tol. 2. 3. Esc. 3. S.

[313] cabdal. Tol. 1.

[314] ó en el cuerpo. B. R. 3.

[315] et por esol dicen pública, porque la ponen al que face grand

pecado por el poblo, et esta penitencia. B. R. 3.

[316] se ordena por linage espiritual. S. Esc. 3. se entiende por

linage espiritual. P.

[317] sinon á aquellos que son parroquianos. B. R. 3.

[318] ó dent. B. R. 3.

[319] del padrinalgo. S.

[320] escarnecida. Esc. 3

[321] ensuciados. Esc. 3.

[322] confesar. Tol. B. R. 1.

[323] ó en mandadería. Esc. 1.

[324] alimpiamento. Tol. 2. 3. Esc. 2. S.

[325] por estas tres maneras. Tol. 1.

[326] et débelo decir por su boca por qué fue. Tol. 1. B. R. 2. 3.

[327] en que tenemos castigo de nuestras maldades et perdon. S. Tol. 2.

3. Esc. 3.

[328] cuitados et en pobreza. S. Tol. 2. Esc. 3.

[329] en los muertos face agora en los vivos, et á semejanza dello face

agora en las almas. Tol. 1.

[330] aquella mancebiella. Tol. 1. manceba. Esc. 1. manciebiella. B. R.

2. 3.

[331] de una vibda. Esc. 1. B. R. 3.

[332] acaescer. Tol. 2. 3. Esc. 3. S.

[333] Et quando todas estas cosas hobiere catadas debei dar penitencia

segund su albedrío, atal que entenda que la podrá complir et que sea

contraria al pecado que fizo, ca si el pecado fuere de luxuria debel

mandar que ayune et que faga oracion, et si de soberbia mandar facer

cosas que sean de homildat, et si fuere de avaricia, que es escasedat,

mandarle que dé almosnas, et si fuere el pecado de con creer bien,

mandarle que faga emienda á Dios et á santa eglesia, eso debe facer en

los otros pecados. Otrosi decimos que el que se viniere confesar que

debe seer obediente et muy agucioso de facer emienda de los pecados que

hobiere fechos, segund le mandare aquel á quien dixiere su confesion,

ca dotra guisa non seria verdadera nil ternia pro para salvarse por

ella. B. R. 3.

[334] ó letrado ó simple, ó prelado. Esc. 2.

[335] ca otramiente non seria. Tol. 1.

[336] porque rescibe honra. Et por ende. S.

[337] de lo facer guardar. Tol. 2. de lo perder. S.

[338] Esta ley falta en el cód. B. R. 3.

[339] confesador. Esc. 2.

[340] Como non puede tomar ninguno órden sagrada si ante non fuere

bautizado. Tol. 3. Quel que non fuer bautizado non debe recebir órden

sagrada. Esc. 3.

[341] Esta ley falta en el cód. B. R. 3.

[342] quando á ella se allegan, asi como. Tol. 2.

[343] ser traidos los olios. S. Tol. 2. 3.

[344] neófidos. S. Tol. 2.

[345] merece el que face pecado mortal si non ficiere penitencia dél:

la una. B. R. 2. 3.

[346] mas la que seria durable en el otro sieglo perdona Dios á hombre

sin otra emienda ninguna quando se repiente doliéndose de los pecados

que fizo; et la temporal non se perdona á menos de facer emienda del

pecado, segund le manda aquel á quien se manifesta. Pero si aquí non la

podiere complir penará por ende en el otro sieglo fasta que la cumpla,

et á esta llaman purgatorio: et para seer quito del pecado mortal el

que lo face, estas dos emiendas es tenudo de facer, la una á Dios

porque fizo contra su voluntad, et la otra á la eglesia porque fizo

contra su defendimiento. B. R. 3.

[347] cuitado. B. R. 2. coitado. Esc. 1.

[348] zabatos. Tol. 2.

[349] olivera. S. Tol. 3. P.

[350] feuza en la cosa que non tiene nin vee. B. R. 3.

[351] perdida la fabla. Tol. 1.

[352] el linguaie. B. R. 3.

[353] dia. Tol. 3.

[354] de otro asi como del primado ó del arzobispo, que son los

perlados mayores del papa afuera. S. Esc. 3.

[355] que en ella fueren dichas et fechas. S. que en ella deben seer

fechas et dichas. Esc. 3.

[356] que tangiese á él ó á aquel clérigo. Tol. 1. Esc. 1. B. R. 2.

taniese á él et á aquel clérigo. Tol. 1. B. R. 2. 3.

[357] que quisiese facer. B. R. 2. 3. Tol. 1.

[358] de manera que mingua en su penitencia, ca por ninguna. B. R. 3.

[359] los apostóles. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[360] hanle de tener una vara. S. Esc. 3.

[361] bendito. Tol. 2. 3. bendicho. S. Esc. 3.

[362] en la cabeza. Tol. 3.

[363] entender la tiniebra, él mostró. S. Tol. 2. Esc. 3.

[364] en vez dél. B. R. 3.

[365] siello. B. R. 3.

[366] De ese oficio mesmo de la crisma. Tol. 3. Cómo deben recebir al

obispo en el coro desque fue bendicha la candela. Esc. 3.

[367] libertad. Tol. 3.

[368] él es agora siervo de nos, et nos somos señores dél. Tol. 3.

[369] amen, que sea esto con el espíritu santo que. Tol. 3.

[370] mandamos que haya tal pena por ende como si descobriese poridat

de rey segund dice en el segundo libro. B. R. 3.

[371] Qué quiere decir evangelio, et cómo se debe decir, et los otros

oficios del Jueves de la cena. Esc. 3.

[372] por dineros. Tol. 2. 3. Esc. 3. S.

[373] et desnuyó. S. Tol. 3.

[374] et tergiólos. Tol 2. 3.

[375] et desquel hobo sanado el alma sanol el cuerpo, et dixol asi: ve

tu carrera. B. R. 3.

[376] Et demas desta pena que les puso santa eglesia, mandamos nos que

el que lo ficiere que sea echado de la villa en que lo ficiere. Otrosi.

B. R. 2. 3.

[377] flaquezas de los pecados. Tol. 2. 3. Esc. 3. S.

[378] recibe ende bondat. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[379] poder. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[380] et mandó asi, que quando alguno fuese quejado de enfermedat et

confesase, quel debe el clérigo absolver diciendol quanta penitencia

merecia quien ficiese tales pecados como aquellos que él confesó; mas

porque está asi tan cuitado que non quiere estonce mandarle que la

faga. Pero si Dios salut le quisiere dar que venga á él, et darle ha

conseio de su alma, et si por aventura finare de aquella enfermedat,

que por el poder que tiene de Dios, et de sant Pedro et de sant Pablo,

á quien fueron dadas las llaves de los regnos de los cielos, de ligar

et de solver, que él le suelta de todos sus pecados, que non vaya á

infierno por ellos, et las misas, et las oraciones, et las oferendas,

et las almosnas, et todos los otros bienes que por él ficieren quel

otorga que sean á salvamiento de su alma. B. R. 3.

[381] la neciedat. Esc. 1. B. R. 3. la nescidat. B. R. 2.

[382] en este siglo; et guárdalos muchas vegadas de prender malas

muertes, et ayudales. B. R. 3.

[383] et dales esfuerzo para contrastar al diablo, et para poder sofrir

mejor las penas en el otro sieglo. B. R. 2. 3.

[384] crisma. Esc. 3. S.

[385] et esparga en ellos espargimiento. S. Esc. 3.

[386] et cum spiritu tuo. Tol. 3.

[387] besar nin dar paz unos á otros. Tol. 3.

[388] manifiestamente. S. Esc. 3.

[389] no les empece si los sotierran aviltadamientre et sin las honras.

B. R. 3.

[390] Cómo deben ser traidos los olios para sagrar la crisma. Tol. 2.

[391] con señas cruces. S. Esc. 3.

[392] et en pos ellos dos clérigos con señios acensarios acensando, et

entre estos. S.

[393] sobrepelizas. Tol. 2. Esc. 3.

[394] porque la señal de la cruz que se ha de facer con él quebrante el

poder del diablo, et desfaga las sus obras. Et acabado el vieso deben

responder los clérigos segunt dixiemos en el comienzo de los viesos. S.

Esc. 3.

[395] letor. Esc. 3.

[396] et el xôrcista. S. Tol. 2. Esc. 3.

[397] ensalendar. Esc. 3. annelar. Tol. 3.

[398] santiguamiento. S. Esc. 3. sacrificio. Tol. 3.

[399] ficiese ungüento de buen olio. S. Tol. 2. Esc. 3.

[400] amuchiguadas las sus voluntades. S.

[401] todas sus compañas. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[402] aquel santo sacramento de aquella crisma. Tol. 2.

[403] En el cód. B. R. 3. dice asi esta ley: Prenda muy grande face

santa eglesia á los que facen duelos desaguisados por los muertos,

ca mandó que á los que rompiesen sus faces rascándose, quier fuesen

varones ó mugeres, que non les diesen los clérigos los sacramientos,

nin los recibiesen en la eglesia quando dixiesen las horas fasta que

fuesen sanos de las señales que ficieran en sus caras &c.

[404] en ataleándolos. B. R. 2.

[405] Finada esta oracion. Esc. 3. Finida esta oracion. S. Tol. 2.

[406] tomar el olio de lo que es conjurado. Tol. 3.

[407] señalándola. Tol. 3.

[408] foido. S. Tol. 2. Esc. 3.

[409] aparada. Tol. 2. 3. apuesta. Esc. 3.

[410] de nesciedat. S. Tol. 2.

[411] romasajas. Tol. 2. romayas. S.

[412] De cómo deben guardar el Corpus Christi el Jueves de la cena para

otro dia viernes. Tol. 3. Cómo el obispo debe comulgar al pueblo con

las obladas. Esc. 3.

[413] éntegras. Esc. 3. enteras. Tol. 3.

[414] amistad de amigo á amigo. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[415] cosa. Tol. 3.

[416] se atreve á dar et sagrar non seyendo. Tol 3.

[417] si fuese el obispo de otro obispado et conviniese de la facer en

aquel dia que hi acaesciese, et esto se entiende rogando primeramiente

al de aquella tierra cuyo sufragáneo es el que pide la confirmacion. S.

Tol. 2. Esc. 3.

[418] merced. Esc. 3.

[419] despargan. Tol. 3. espargan. Tol. 2. Esc. 3. S.

[420] bendicion. Tol. 3. Esc. 3. S.

[421] en miente. Tol. 2. Esc. 3.

[422] aderredor. Tol. 3. 2. al rededor. Esc. 3.

[423] esta oracion y bendicion. Tol. 2. esta oracion. Tol. 3.

[424] confesadores. Tol. 2. Esc. 3. S.

[425] nin roido por ella. S. Tol. 2.

[426] do van aquellos. Esc. 3.

[427] et ante que venha á pecar morre. P.

[428] purgatorio. Tol. 2. 3. Esc. 3. S.

[429] mintrosa fuese. S. Tol. 2. 3.

[430] tales como estos son buenos vergonzosos. Tol. 3. Esc. 3. S.

[431] escarnecer. S. Esc. 3.

[432] desnuyar de nuestros pecados. S. Tol. 3.

[433] quanta humildat. Tol. 3. de qué manera demuestró Dios humildat.

Tol. 2.

[434] que él mesmo puso ante la emienda. Tol. 3.

[435] débegelas amostrar. Et por estas tres oraciones. S. Tol. 2. 3.

Esc. 3.

[436] en refez. S. Tol. 3. Esc. 3.

[437] de que se arrepiente. Esc. 3.

[438] emendar. S. Esc. 3.

[439] ó si los pusiesen. S. Tol. 3. Esc. 3.

[440] escapase. S. Tol. 3.

[441] medianero. S. Tol. 2. Esc. 3.

[442] ponzoña. Tol. 3. Esc. 3. pozonia. Tol. 2. pozon. S.

[443] apozoniado. S.

[444] quel non ternia daño. S. Tol. 3. Esc. 3.

[445] quien tiempo ha, piérdelo si otro atiende. Esc. 3. Tol. 2. S.

[446] quejan. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[447] si primero nol conseya que se confiese de sus pecados. S. Tol. 2.

3. Esc. 3. P.

[448] paralítico. S.

[449] Esta ley no se halla en ningun cód., sino en el que sirve de

texto.

[450] ca si por aventura por aquella pregunta fuese conoscido. S. Tol.

2. Esc. 3.

[451] de estambre. S. Tol. 2.

[452] quaresmas. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[453] recebir. Tol. 3.

[454] desnudar. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[455] degredasen. S.

[456] paños de lino menores. Tol. 3.

[457] tabardo. Tol. 3. S.

[458] capilote. S.

[459] al emplazamiento. S. Esc. 3. Tol. 2.

[460] sueltos destos atamientos. S. Tol. 2.

[461] por conto de dias. S.

[462] Cómo gana home los perdones que dan los perlados. Tol. 3.

[463] por ganar amor de Dios. Tol. 2. 3.

[464] monumentos. S. Tol. 2. 3.

[465] Cómo defiende santa eglesia que non fagan duelo por los muertos.

Tol. 3.

[466] en sentir. S. Esc. 3.

[467] duelo, porque faga á sí mismo daño et al muerto. S. Tol. 3. Esc.

3.

[468] á su imágen et á su. S.

[469] al fijo del príncepe. S.

[470] et vedáronlo. S. Tol. 2. 3.

[471] ó se rascan las caras, ó se fieren de guisa. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[472] acogiesen. S. Tol. 3. Esc. 3.

[473] et que dixo. Tol. 2. Esc. 3.

[474] nin sin acabamiento de la humanidat, nin sin. Esc. 3. nin sin

cambiamiento de la humanidat, nin sin fallescimiento del Espíritu santo

S. P.

[475] con que. Tol. 2. Esc. 3. S.

[476] et se ve por vista naturalmente, et se encierra. Tol. 2. Esc. 3.

[477] et la virtud entregamiente. S. Esc. 3. et la humanidad

enteramiente. Tol. 2. P.

[478] como salle de la cobdicia et del bocado el sabor. S. T. 2. Esc. 3.

[479] Aqui empiezan á concordar todos los códices, siguiendo

generalmente hasta el fin de esta partida un mismo órden de materias,

títulos y leyes, guardando uniformidad en el contexto, fuera de las

variaciones que se notarán. Como en el segundo texto de este título es

mucho mas corto el número de leyes resulta muy variada la numeración de

ellas, respecto del principal; por cuyo motivo ha parecido conveniente

añadir desde aquí hasta el fin del título la numeracion que tienen en

aquellos códices, seguidos por Gregorio Lopez en su edicion.

[480] se escureció el sol. B. R. 3.

[481] cielos. Et á nona la dicen porque estonce murió en la cruz, et le

dieron con la lanza en el costado, et en tal hora subió á los cielos.

Pero como quier. S. Tol. 2. Esc. 1. 2. 3. B. R. 2. 3.

[482] entenebridos. Tol. 1.

[483] una misa. Esc. 1. 2.

[484] de _Sancti Spiritus_, ó de sancta María ó algunas otras,

repréhendelos sancta eglesia, et defende que lo non fagan, porque dexan

de oir las del dia et quieren oir otras, non porque sea mal de oir

tales misas como estas por hondra de Dios et de los sanctos, mas porque

yerran. B. R. 3.

[485] en el cálice. S. Tol. 1.

[486] entenderse hia. S. B. R. 2. 3. Tol. 1. Esc. 1. 3. 4.

[487] cenó. Tol. 3.

[488] et esto faredes cada que sacrificáredes en mi remembranza. B. R.

3.

[489] enorescerse hien aina. S.

[490] et de cobre nin de laton non los deben otrosi facer. Esc. 1. 2.

Et demas facen dél armas con que sacan sangre et matan las cosas vivas,

porque non conviene para tan sancta cosa como esta et tan limpia; et de

arambre non los deben otrosi facer, porque es metal que qui usa con él

á beber. B. R. 3.

[491] et tiñe siempre, et non se puede. S. B. R. 2. Esc. 1. 2. 4.

[492] sepulcro: et otrosi porque como el lino es mucho ferido ante que

sea blanco, que asi fue nuestro señor Iesu Cristo muy ferido et penado

en el sieglo ante que entrase en su gloria, et por dar á entender que

por muchas lacerias et grandes trabaios han de pasar los que hobieren

de entrar en paraiso. Et aun por otra razon, porque bien asi como el

lino nasce de la tierra, et es la mas limpia semiente que ser pueda

de todas quantas facen labor, asi nuestro señor Iesu Cristo prisó

carne verdadera mortal de la vírgen santa María, que fue la mas limpia

criatura que nasció ni nascerá sobre tierra, porque podiese sofrir

penas et trabaios; pero estos corporales que deximos. B. R. 2. 3.

[493] mengua. B. R. 3. malicia. Esc. 2.

[494] vedados. S. B. R. 2. 3. devedados. Tol. 1.

[495] que les pudiese su perlado mayor dar pena segunt toviese por

razon. Esc. 1. 2.

[496] toviese por derecho et por razon. Tol. 3.

[497] otro varon nin muger. S. B. R. 2. 3. Tol. 1. Esc. 2. 3.

[498] et con grant temor. S. Esc. 1. 2. B. R. 3.

[499] campaniella. S. B. R. 3.

[500] viene, et se homillen á Dios. S. Esc. 1. 2. B. R. 3. Tol. 1.

[501] caseta. Tol. 1. 2. 3. Esc. 3. cabseta. B. R. 2. Esc. 1. 2.

[502] Et pues que mostró santa eglesia cómo le deben honrar

quando alzan el su cuerpo en la misa fincando los ginollos antel

homildosamientre, queremos nos aqui mostrar cómo deben facer quandol

levaren fuera de la eglesia para comulgar algun enfermo. Et por ende

decimos que quando el clérigo salliere de la eglesia et levare el

_corpus Christi_, que todos los cristianos que se encontraren con él

que deben fincar los ginoios. Et si algunos estudieren cabalgando,

deben decender de las bestias. B. R. 3.

[503] de la cal. Tol. 1. Esc. 1.

[504] fueren cabalgados. Tol. 1.

[505] et tierra. Otrosi tenemos por bien que los primeros cristianos

que se encontraren con el _corpus Christi_ quando lo sacaren de la

eglesia, que vayan con él á lo menos fasta al cabo de aquella cal ol

fallaren. Eso mismo deben facer los otros que estudieren en la cal

fasta que llegue el clérigo con él á la casa en do está el enfermo á

quien va á comulgar. Onde qualquier cristiano que contra esto ficiese

errarie mucho contra Dios et á la fe, et daria mal exiemplo de sí, et

caeria en culpa porque mereceria grant pena sil fuese probado. B. R. 3.

[506] fasta trece dias. Tol. 1.

[507] veinte et seis dias. Tol. 1.

[508] et envíenlo decir al rey que mande facer dél lo que toviere por

bien. Et esto mandamos. B. R. 3.

[509] porque el rey mismo le dé aquella pena qual conviene. Et esto

mandamos. Esc. 1. 2.

[510] iuices. B. R. 3.

[511] Aqui concluye la ley en el códice B. R. 3.

[512] por santos de la eglesia de Roma. Mas sobre todas lo son mas las

reliquias de nuestro señor Iesu Cristo. B. R. 3.

[513] como hombre firme; et esta firmeza se entiende senialadamientre

en la fe: ca aquellos que son bien firmes en ella de manera que los non

pueden vencer nin embargar los sabores del mundo, nin la fuerza nin

la crueldat de los hombres, nin las tentaciones de los diablos, estos

tales merescen seer santos. Pero ninguno non debe ser asi llamado sin

otorgamiento de la eglesia de Roma. B. R. 3.

[514] del papa. S. Esc. 3.

[515] et si vivió. S. Tol. 2. 3. Esc. 2.

[516] emparar. S. B. R. 2. 3. Tol. 1. Esc. 2.

[517] miraclos. S.

[518] cardenales, et de los otros prelados que fueren con él, et

facerle fiesta con horas. B. R. 3.

[519] festa. S.

[520] martiroyo. Tol. 3. Esc. 1. 2. martiloio. S. Tol. 1.

[521] En el cód. B. R. 3. dice asi esta ley. “Natura es obra de Dios,

et es asi llamada porque todas las cosas que so el cielo son han á

pasar segund el ordenamiento de ella, et esto es asi como fer dia et

noche, et nascer et morir, et enfermar et sanar, et todo lo al que es

usado comunalmientre en el mundo: et esta natura es en Dios et en nos;

et en él es porque nos viene de su poder, et es en nos porque se face

de los elementos que son ya fechos, de que somos nos mismos et todas

las otras cosas que so el cielo son; et esta natura atal llamaron los

sabios natura naturada. Mas otra hi ha que es muy mas noble et es sobre

todas las otras, et llámanla en latin _natura naturans_, que quiere

tanto decir como natura facedor de las otras naturas; et esta es Dios

que face de nada las cosas, asi como facer alma de la cosa que non

es, ó facer miraglos, que es cosa que se face contra natura por el

poder de Dios, asi como tornar el alma en el cuerpo del hombre despues

que es muerto, et facerle vivir, et facer veer al que nunca vió, et

facer correr el sol contra su curso usado de cada dia, et otras cosas

muchas que podriamos contarlas todas; et porque tales hi ha dellas que

acaescen pocas vegadas, por ende son llamadas miraglos, porque es cosa

muy maravillosa á los hombres.”

[522] de ninguna. Esc. 2.

[523] et esto es por los homes que veen cada dia los fechos de natura.

S. Esc. 1. 2.

[524] En el cód. B. R. 3. dice asi esta ley. “Quatro cosas ha mester el

miraglo para seer verdadero: la primera que venga por poder de Dios et

non por enganyo, asi como los encantadores que facen semeiar las cosas

dotra guisa que non son: la segunda que aquella cosa que ficiere que

sea contra natura, asi como resuscitar muerto, ó andar sobrel agua,

ó facer alguna de las otras cosas que dice en la ley ante desta: la

tercera que vengan por merecimiento de sanctidat et de bondat que haya

en sí aquel que lo face, ó aquellos para quien es fecho, et non por

fuerza de palabras, asi como acaesce á algunos clérigos misacantanos,

que maguer que ellos sean non tan de buena fama et vida, por la

fuerza de las palabras que dicen en la misa múdase el pan et el vino

maravillosamientre en el cuerpo de nuestro señor Iesu Cristo: la quarta

que aquella cosa que fuere fecha que sea para confirmamiento de la fe,

ca si por otra cosa lo ficiese alguno, non seria miraglo, asi como

facen los hombres por maestria de una cosa otra con entencion de ganar

hi algo.”

[525] que quiere tanto decir como que se perdonan mas de ligero que

los otros, ca se perdonan por la benedicion de los obispos, et por el

agua bencita, ó por ferirse hombre en los pechos doliéndose de sus

pecados, et en otras maneras muchas. El tercero es que les alivia de

las enfermedades que han, ca les da esfuerzo para non temer tanto la

muerte, et conórtalos porque sanen mas aina. Del sexto sacramento,

que es de la órden de la eglesia, fablamos del en el primero et en

el segundo título que son despues deste, o fabla de los prelados de

santa eglesia et de los otros clérigos. Et del seteno sacramiento, que

es de los casamientos, mostrámoslo en el quarto libro o fabla de las

desposaias et de los casamientos. B. R. 3.

[526] et en el casamiento. S. B. R. 2. Esc. 1. 2.

[527] de las desposaias et de los matrimonios. Tol. 1. Esc. 1.

[528] Del apostóligo et de los otros perlados. Tol. 3. B. R. 3.

[529] et recebir por ayuntarse á Dios con amor et para salvarse con

ellos; et agora queremos decir. B. R. 3.

[530] con espiritual pena los yerros encubiertos que los hombres facen.

Et por ende. B. R. 3.

[531] gusanos, et si los falla fechos. S. Tol. 3.

[532] que nos él dió. S. B. R. 2. que nos él dixo. Tol. 1. Esc. 1.

[533] memoria. Esc. 1. 2.

[534] fincó sant Pedro. S. Tol. 1. Esc. 1. 2.

[535] ó papa. Tol. 2. S. et papa. Tol. 1. Esc. 1. 2. B. R. 2.

[536] vos. B. R. 3.

[537] convertirien. Tol. 1.

[538] bésanle el pie, fueras ende los obispos que han aquella misma

órden que ell, onde qualquier. B. R. 3.

[539] al arzobispo de poder de su patriarca ó del primado, ó el electo

de poder del arzobispo ó del obispo. Esc. 1. 2.

[540] un obispo de un lugar á otro, et facer de un obispado dos, et de

dos uno. Tol. 1. 2. Esc. 3.

[541] otrosi que obedesca un obispado á otro, et facerlo de nuevo en

lugar do nunca lo hobo. Esc. 1. B. R. 3.

[542] Aqui concluye la ley en el códice. B. R. 3.; y la siguiente que

tiene el epígrafe: “_Otras mayorias ha aun el apostóligo sobre los

otros obispos, sin las que dicen en la ley ante desta_;” comienza así.

“El papa solo puede despensar con los clérigos que ficieren mayores

pecados que adulterio, en manera que si fueren ordenados puedan usar

de su oficio, et si non lo ficieren, puedan recebir órdenes sagradas.

Et otrosi pode despensar con los fijos de los clérigos, et aun con los

otros de los otros hombres &c.” con el texto.

[543] que vayan hi los que fueren convinientes para ir si quisieren, ó

que envien si fuere sobre fecho que sea á gran pro de la cristiandat.

Et otrosi puede facer establecimientos et decretos. B. R. 3.

[544] “mandare, et él solo pode iuzgar los pleitos de santa eglesia sin

alzada, lo que non pode otro ninguno facer, fueras ende si lo ficiese

alguno por su mandado.” Aquí concluye la ley en el cód. B. R. 3.; y la

siguiente con este epígrafe: _Qué mayorias ha aun otras el apostóligo

sobre los otros obispos_; empieza asi. “Los pleitos sobre que se

alzaren al papa non los pode otri ninguno iudgar sinon él ó quien él

mandare, nin los otros quel mandare oir á algunos, enviándoles decir

que oyan todo el fecho, et desi que lo envien á él. Nin otrosi non ha

poder ningun prelado de oir el pleito sobre que nasciese alguna dubda

&c.” con el texto.

[545] “dignidades ó dos personajes.” Aqui concluye la ley en el códice

B. R. 3.; y comienza otra con este título: _De las mayorias que ha el

papa sobre los otros obispos demas de las que dichas son_; y dice asi:

“Palio puede tener el papa cada que dixere misa &c.” Sigue con el texto.

[546] granados. S. B. R. 2. 3.

[547] ordenado en sancta eglesia. Tol. 1.

[548] á otro home. Onde qualquier cristiano que contra el apostóligo

ficiese en dicho ó en fecho alguna cosa, como quier que la eglesia nol

ponga pena cierta, tenemos nos por bien et mandamos que sin la pena de

descomulgacion en que cayere, et el muy grande danyo que faria de su

alma, que reciba tal pena por ende como si lo ficiese á la persona del

rey, asi como dice en el segundo libro o fabla de su guarda et de su

honra. B. R. 3.

[549] despues del papa. Pero el poder destos amos es en una manera,

ca bien asi como el arzobispo ha poder sobre los obispos que son en

su provincia en muchas cosas; segund dice adelante: otrosi lo ha el

patriarca ó el primado sobre los arzobispos que son en la suya. Mas

como quier que estos han poder sobre los arzobispos que son en sus

provincias, non lo han por eso sobre los obispos que han de obedecer á

aquellos arzobispos, fueras ende en cosas ciertas que dice en la ley

despues desta. B. R. 3.

[550] que haya un arzobispo. S.

[551] que vagaren. S. Esc. 1.

[552] enquiricion. S.

[553] algunt grant fecho. B. R. 3.

[554] juez sobre aquella querella, et él ha de facer derecho: la

setena. B. R. 3.

[555] et lo hobieren ellos rescebido por patriarca. La otra es. S. Tol.

3. Esc. 3.

[556] que él trae por razon del imperio, asi como los panyos bermeios,

ó el palafren blanco, ó la tienda que trae sobre sí á que llaman

pavellon: mas los otros dos. B. R. 3.

[557] et arzobispo et obispo, cada uno destos pode facer en su obispado

señaladamiente. B. R. 3.

[558] que son doce dias en el anyo, et que deben todos los cristianos

ayunar, et dicenlos quatro témporas porque en los quatro tiempos del

anyo las ayunamos cada vez tres dias, miércoles, et viérnes et sábado;

et las primeras, que son de verano, comienzan en el segundo miércoles

de quaraesma, et las segundas, que son del estivo, comienzan en el

primero miércoles despues de cinquaesma, et las terceras, que son de

otonno, comienzan el primer miércoles que es despues de la fiesta de

santa Cruz, que es en setiembre, et las quartas, que son de hibierno,

comienzan el primero miércoles despues de la fiesta de santa Lucía, que

es en el mes de deciembre; et en los sábados destas quatro témporas &c.

B. R. 3.

[559] padronalgo. S. Esc. 3.

[560] pueden recebir la penitencia et perdonar. B. R. 3.

[561] cada un obispo en su obispado et non otro prelado ninguno de

los que á ellos obedescen; et en esto paresce asaz que departimiento

ha entre los obispos et los otros prelados menores que son en sus

obispados. B. R. 3.

[562] facer los obispos de fuera de sus obispados. B. R. 3.

[563] Vestimentas de eglesia, asi como casullas, et túnicas, et amitos,

et estolas, et maniplos, et cintas, et corporales et campanas pueden

bendicir los obispos, tambien en los obispados agenos como en los

suyos; mas ninguna de las cosas que dice en la ley ante desta non debe

facer ningun obispo sinon en su obispado, fueras ende. B. R. 3.

[564] puédelas el obispo bendecir. B. R. 3.

[565] el obispo que. B. R. 3.

[566] Arzobispo tanto quiere decir como cabdiello de obispos; empero

como quier que el arzobispo haya poder sobre los obispos de sus

provincias, non lo ha sobre los clérigos nin los legos que obedecen

á ellos, fueras en las ocho cosas que son dichas en la tercera ley

ante desta, en que lo han los patriarcas ó los primados sobre los

arzobispos; ca bien asi como el patriarca ó el primado puede iuzgar et

poner pena á los arzobispos, et non á los obispos nin á los otros que

los han de obedescer; otrosi el arzobispo ha ese mismo poder sobre los

obispos, mas non sobre aquellos que so ellos son. Empero cosas hi ha

que el arzobispo pode facer sin conseio et sin sabedoria de su primado

ó de su patriarca, asi como concilio. Pero esto non debe facer sin sus

obispos, si fuere sobre fecho que tanga á toda la provincia. Otrosi

non lo podrien facer los obispos sin el arzobispo, como quier que cada

uno dellos haya poder, et lo debe facer en su obispado cada anyo una

vez, en las cosas que non tangan á los otros obispos; nin otrosi el

arzobispo non puede facer concilio fasta que sea consagrado, et haya

recebido palio del papa ó del patriarca, que gelo pode dar. B. R. 3.

[567] Falta esta ley en el códice B. R. 3.

[568] sean esmerados et escogidos. B. R. 3.

[569] diligencia. Esc. 2.

[570] “sin perlado, que se deben ayuntar todos los canónigos que fueren

en aquella cibdat, et enviarlo decir al rey ó al senyor daquella

tierra, pidiendol merced quel plega et que les otorgue que puedan facer

su eleccion sin premia ninguna, et él débelo facer. Ca maguer él pueda

rogar por algunos que entienda que lo merescen, con todo eso non los

debe agraviar nin facer premia que non puedan esleir, fueras ende si

aquel que esleysen fuese á grant su danyo dél ó de la tierra; lo que

ellos non deben querer nin facer por derecho. Et la razon por que lo

deben facer saber al rey ante que esleyan es esta: porque es defendedor

et amparador de la fe, et de las eglesias, et de los que las sierven,

et de sus bienes; et otrosi porque es senyor natural de la tierra o

son fundadas las eglesias. Et despues que lo hobieren enviado decir

deben llamar todos los canónigos daquella eglesia, los que fueren

en la provincia que quisieren et podieren hi seer sin embargo, que

vengan al dia que señalaren para facer la eleccion: et el tiempo para

facerla es de tres meses á lo mas tarde, et si en esta sazon non la

ficieren, pierden el poder et gánalo el mas cercano prelado mayoral

que han, á quien son tenidos de obedecer por derecho; et el dia que

hobieren á entrar para facer la eleccion deben ante cantar misa de Sant

Spiritus, que Dios los enderece á facer lo meior, et despues entrar en

su cabildo, et deben poner los evangelios ante todos, et prometer que

por amor nin por don que les den ó les prometan á dar á todos en uno

ó á cada uno por sí, que non esleirán sinon aquel que entendieren que

será mas á servicio de Dios et á pro de la eglesia: et despues desto

han de facer su eleccion en una destas tres maneras, que llaman á la

primera dellas escrutinio, et á la segunda compromisio, á la tercera de

Espíritu santo. B. R. 3.” Esta ley parece corresponder en parte á la

siguiente del texto, que empieza _Antigua costumbre_; la qual falta en

dicho cód. B. R. 3.

[571] que hobieren á entrar. Tol. 1. 2. 3. B. R. 2. 3. Esc. 1. 2.

[572] et el rey débegelo otorgar et enviarlos recaudar. S.

[573] presentan el electo. Tol. 1.

[574] de rogar á los cabillos en fecho de las elecciones, et ellos

deben caber su ruego. Tol. 1. 2. Esc. 4. de rogar á los cabillos en

fecho de las elecciones, et ellos de caber su ruego. Tol. 3. Esc. 2. 3.

B. R. 1. 2.

[575] en que acuerden todos los otros que pregunten á cada uno dellos

apartadamientre en poridat quién querrian que fuese obispo, et estonce

debe cada uno. B. R. 3.

[576] en uno, ó en dos ó en tres. B. R. 3.

[577] “Empero estos despues que hayan esleido deben dar su poder al

uno dellos que esleya por sí et por todos los otros á aquel en quien

se acordaron segunt dice en la ley ante desta. Et la eleccion que asi

fuere fecha debe valer.” Y concluye la ley en el códice B. R. 3.

[578] En el cód. B. R. 3. dice asi esta ley. “De Espíritu santo llaman

á la tercera manera de eleccion, et esta es mas noble que las otras,

ca viene derechamiente por guiamiento de Dios, que envia la su gracia

de Espíritu santo en los corazones de los hombres, de manera que se

acuerdan todos en uno, et esto es quando entran en cabildo para facer

su eleccion, et fablando alguno dellos en ella nombrando la persona

de alguno que toviese que era bien de esleyer, ó non la nombrando, en

qualquier manera que acaesca que se acuerden todos en uno dando persona

cierta de sí mismos que eslea en voz de todo el cabildo, á aquel en

quien se acordaren vale la eleccion que asi es fecha.”

[579] En el cód. B. R. 3. dice así: “Esleyer non deben para obispo

nin para otro prelado de los mayores hombre que non sea letrado; pero

esto mesuradamiente, ca por non haber en si grant clericia nol pueden

desechar, tanto que sepa fablar latin, et entienda lo que leyere porque

poda prehicar al pueblo et darles conseio de sus almas, et iudgar los

pleitos de santa eglesia segund manda el derecho de santa eglesia.

Otrosi non deben esleer hombre que non haya edat de treinta anyos

complidos ni al que non fuere nascido de casamiento de bendiciones; nin

poden otrosi esleyer obispo, nin electo consagrado de otra eglesia,

á lego ninguno, nin aun á clérigo ninguno nin que non hayan órden de

epístola á lo menos, nin al que hobiese metido algun desacuerdo entre

algunos &c.” Sigue con el texto.

[580] muy grant letradura. Esc. 1. 2.

[581] nozdrie. B. R. 2. Tol. 3.

[582] no se sabrie que facer con los homes. Tol. 1.

[583] Et otrosi poden demandar al lego para obispo si fuere letrado, et

non hobiere en sí otra cosa quel embargue por que lo non pueda seer. Et

non tan solamiente. B. R. 3.

[584] señales. B. R. 1.

[585] Aqui concluye la ley en el cód. B. R. 3.

[586] En el códice B. R. 3. dice asi esta ley. “Postulacion et eleicion

son dos maneras, ca postulacion quiere tanto decir como demandanza,

et eleccion como escogencia; pero postulacion es carrera para poder

venir á eleccion. Mas con todo esto non deben facer la postulacion

sinon en aquellos que hobieren algunos de los embargos que dice en esta

ley; empero santa eglesia tovo por bien demostrar primeramente quales

deben seer postulados, et desi mostró á quien los deben demandar; et

estableció que postulacion podiesen facer de los que non hobiesen edat

de treinta anyos complidos, et otrosi de los que non hobiesen órden

de epístola á lo menos, ó que non fuesen nascidos de casamiento de

bendiciones, ó los que non hobiesen letradura qual pertenesce para

obispo. Et otrosi tovo por bien que podiesen postular al que fuese

obispo de otra eglesia, ó eleito confirmado, et estas postulaciones

deben seer fechas al papa, et non á otro ninguno. Otrosi tovo por bien

que pudiesen esleer monge ó calonge regular, ó otro de qual órden

quier que sea; empero desque fuere esleido débenlo postular, et la

postulacion destos atales ha de ser fecha á su abat, ó á su prior, ó á

otro su mayoral de aquella órden donde fuere.”

[587] como demanda. Esc. 3. demandacion. Tol. 1. 2.

[588] electo ó confirmado. Tol. 1.

[589] han de facer saber al papa aquellos. Tol. 3.

[590] monge, ó canonge, ó otro reglar de qual religion quier, débenle

demandar. Tol. 1.

[591] Falta esta ley en el cód. B. R. 3.

[592] las rendas. S. Tol. 1.

[593] fulan, et como fue fecha con consintimiento del rey ó del senyor

daquella tierra. Et este escrito. B. R. 3.

[594] non haya arzobispo por mayoral. B. R. 2.

[595] Todos los demas códices dicen “arzobispo.”

[596] como aquellos que lo consagraren. S. Tol. 2. 3. Esc. 3.

[597] con otorgamiento de su arzobispo ó del otro que fuere su mayoral;

et del rey ó del senyor daquella tierra, et non deben &c. B. R. 3.

[598] Aqui concluye la ley en el códice B. R. 3.

[599] et hospedador, que es caridat et alimosna, et demostrador &c. B.

R. 3.

[600] casa. S. Tol. 1. 2. 3. Esc. 3. B. R. 2. 3.

[601] ó para clérigo. B. R. 3.

[602] para obispo ó para clérigo. B. R. 3.

[603] nin ordenado para clérigo de órdenes sagradas; et si lo fuese. B.

R. 3.

[604] que fuese para obispo nin para clérigo. B. R. 3.

[605] ó clérigo. B. R. 3.

[606] despornien. B. R. 2. 3. Tol. 1. Esc. 1.

[607] non podria despues seer obispo nin haber otra órden ninguna. Et

aun. B. R. 3.

[608] ó aquella órden que quiere recebir. B. R. 3.

[609] nin ordenado. B. R. 3.

[610] se salve, si fuere obispo con doce obispos, et si preste con

cinco de su órden, et si diácono ó subdiácono con tres, et todos estos

deben iurar con él que creen que non es en culpa daquello quel acusan

ó de que es enfamado; et si non podiere asi salvar, débenle facer asi

como si fuese vencido por iuicio: et de los menores pecados dixieron

que non embargaban á ninguno para seer clérigo, nil podien desechar por

ellos desque lo fuese. B. R. 3.

[611] fornicio, de qual manera quier que sea, falso testimonio. B. R. 3.

[612] cutidiana. B. R. 3. cutiana. B. R. 2. cutianamiente. S. Tol. 1.

[613] mas débenle mandar, si fuere preste, que non cante misa, et si

fuere diácono, que non cante evangelio, et si subdiácono, que non

diga epístola, mas que use cada uno dellos de las otras órdenes que

hobiere fasta que su obispol perdone et despense con ellos. Mas si

fuere encobierto el pecado desque hobiere fecho penitencia dél, non le

embarga para poder esleer nin ordenar, nil poden por ende toller el

logar nin las órdenes que hobiere; et aun mas dixieron, que non deben á

ningun clérigo desponer por pecado que faga con muger soltera, maguer

sea manifiesto, fueras ende sil hobiesen amonestado et non se quisiese

castigar; mas si algun clérigo se alabare de alguna que fuese ya casada

que la hobo vírgen, ó que yogó con ella despues que hobo mandado,

débenle vedar por ende de oficio et de beneficio. B. R. 3.

[614] ó sosannare. Tol. 3. ó ensañare alguno. S.

[615] ó si iura non de verdat, mas como por ruego, et por alguna premia

non cumple lo que iuró, ó si maldice. B. R. 3.

[616] ó por juego. B. R. 2. Tol. 1. Esc. 1.

[617] obispo nin recibir órden sagrada. B. R. 3.

[618] nin recebir órden sagrada. B. R. 3.

[619] Desde aqui hasta el fin de la ley falta en el códice B. R. 3.

[620] para obispo ó para alguno de. Esc. 3.

[621] et otrosi el que hobieren á ordenar para clérigo, et guardarse.

B. R. 3.

[622] et apercibido. B. R. 2. 3. Tol. 1. Esc. 2.

[623] si es obispo, ó preste, ó diácono ó subdiácono debe seer

despuesto, et si fuese lego, puédenle descomulgar. Otrosi. B. R. 3.

[624] En el cód. B. R. 3. esta ley tiene este epígrafe: _De qué cosas

debe seer sabidor el obispo para enseniar á los de su obispado_: y

dice asi. “Sabio et entendido debe seer en todas cosas el que toman

para obispo ó el que ordenan para clérigo, et senialadamiente en

estas tres cosas: la primera en la ley: la segunda en los saberes:

la tercera en las cosas temporales; ca en la ley debe seer sabidor

para saber enseniar como salven sus almas aquellos quel son dados en

guarda; et por esto establecieron los sanctos padres que haya en cada

eglesia arzobispal un maestro que lea de humanidat, et que los clérigos

que salieren de la provincia á oirla que hayan todos sus beneficios

tan bien como si los serviesen, et si esto non les abondare, que les

cumplan de sus eglesias á lo que hobieren menester si fueren de buenas

maneras et aprisieren bien. El otro saber, que dicen en latin _artes_,

que quieren tanto decir como mastría para saber las cosas de raiz, et

departir la verdat de la mentira, bien lo poden los clérigos aprender

para conoscer et entender aquello que leyeren, et porque hayan entrada

para entender las sanctas Escripturas, que son saber de piadat; ca

para estos las deben aprender, et non para otro saber que coian en

ellas; et por eso manda el derecho que en cada una eglesia obispal haya

maestro de gramática, que es arte para aprender el lenguaie del latin;

et otrosi de lógica, que es para saber, et conioscer et departir la

verdat de la mentira; et aun de rectórica, que es esciencia que muestra

ordenar las palabras apostadamiente et como conviene: et estos tres

saberes tovo por bien sancta eglesia que aprendiesen los clérigos,

porque son muy provechosos á los que los saben, et los mueven á facer

obras de piadat, lo que los clérigos son tenudos de facer; mas los

otros quatro saberes, que es el uno dellos arismética, que es arte que

muestra todas las maneras de las cuentas, et el otro geometría, que es

para saber cómo se pueden medir et asmar todas las cosas por asmamiento

ó por vista; et el tercero música, que es saber de acordanza de los

sones et de las otras cosas; et el quarto astronomía, que es para saber

el movimiento de los cielos et el curso de las planetas et de las

estrellas, non tovieron por bien los sanctos padres que se trabaiasen

mucho los clérigos de las aprender; ca como quier que estos saberes son

nobles et muy buenos quanto en sí, non son convinientes á los clérigos

de los aprender, nin se movrien por ellos á facer obras de piadat, asi

como preicar, et confesar, et las otras cosas semeiantes destas que son

tenudos de facer de derecho.”

A continuacion de esta ley sigue otra en el mismo códice, la qual

falta en el que sirve de texto y en todos los demas; tiene el epígrafe

siguiente: _Por qué razones pueden los clérigos leer los libros de

los gentiles, et las leyes, et aun física_; y dice asi. “El apóstol

sant Paulo dixo como en manera de castigo que los hombres probasen

todas las cosas, et que toviesen las buenas dellas, et las otras que

las dexasen; et por ende tovieron por bien los sanctos padres que los

clérigos podiesen leer non tan solamiente las artes que son dichas en

la ley ante desta, mas aun los libros de los gentiles; ca como quier

que hi haya algunas palabras que son contrarias á nuestra creencia, et

que deben seer esquivadas de todos los cristianos, con todo eso otras

razones hi ha de grandes sesos de que pueden los hombres aprender

buenas costumbres et buenos castigos, que es cosa que conviene mucho

á los clérigos; et aun tovo por bien sancta eglesia que los clérigos

podiesen leer leyes para saber el derecho, et física para guarecer

los hombres, sol que esto non fagan por cobdicia nin por deleite;

mas con todo eso el que hobiere personage ó cura de eglesia, ó fuere

misacantano, ó monge, ó calonge reglar ó dotra religion, si mas de dos

meses estudiere en oir de qualquier destos dos saberes, es descomulgado

por ende: ca pues que estos atales han á haber cura de almas, tovo por

bien santa eglesia que de los saberes que ayudan é esto se trabaiasen

mas que de los otros; pero tovo por derecho otrosi que fuesen sabidores

de las cosas temporales, porque sopiesen aliñar et enderezar sus

faciendas, et ayudar á sí mismos et á los otros en las cosas que les

fuesen menester.”

[625] et conseiar. S.

[626] tambien en sus palabras como en sus fechos. Otrosi. B. R. 3.

[627] tus mexiellas como de tórtola. S. Tol. 1. B. R. 2. Esc. 1.

[628] se sopiesen. B. R. 3.

[629] et por esto tiene que cae peor al hombre de grand guisa quando

algun yerro face que al otro. B. R. 3.

[630] los perlados et los otros clérigos. B. R. 3.

[631] et de guisa que non sean muy luengos nin muy cortos, sinon de

buena guisa, et que non sean verdes nin bermeios, nin trayan manga &c.

B. R. 3.

[632] con mangas á decir las horas, nin en otro logar los que hobieren

personages ó fueren prestes, fueras si camiasen. B. R. 3.

[633] brongas. B. R. 3.

[634] fibiellas doradas, nin deben otrosi traer sortijas sinon los

obispos, ó aquellos que las deben traer por razon de alguna dignidat.

Et aun tovo. B. R. 3.

[635] atados. S. Tol. 3. atachados. Tol. 3. B. R. 2. 3. atachonados.

Esc. 3.

[636] “que non hi haya hipocrisia; et con todo esto guardar deben todos

los clérigos que en quanto podieren que acuerden en sus vestiduras

con aquellos con quien viven, porque non semeien extraniados dellos,

ca seria como manera de soberbia.” Asi concluye la ley en el cód.

B. R. 3.; y la siguiente, que es ley LII, tiene este epígrafe: _Que

los clérigos non deben traer los cabellos luengos, nin andar de mal

continente_; y empieza asi. “Coronas grandes manda el derecho de santa

eglesia que trayan los clérigos, et los cabellos tan cortos que les

parezcan las oreias &c.” Sigue con el texto.

[637] padres. Et por la rasura. S.

[638] Et en andar deben otrosi ser apuestos andando en buena manera,

nin muy apriesa nin muy á vagar, ca naturalmiente &c. B. R. 3.

[639] _A quáles hombres deben dar posadas los clérigos._ Este epígrafe

tiene la ley en el cód. B. R. 3. y empieza asi. “Comunalmientre deben

seer recebidos los pobres en las casas de los obispos et de los otros

clérigos, ca asi estableció santa eglesia que sean las sus casas como

hospitales &c.”

[640] et para su gobernio. S. Esc. 1. B. R. 2. para vestir, et á comer,

et todo lo que les era menester, et todo lo que les &c. B. R. 3.

[641] “empero en dar hospedado face el derecho de sancta eglesia

departimiento; ca los unos lo demandan como por deudo que gelo deben

dar, et los otros por mengua que han; et los que lo piden por deudo

son asi como los prelados que visitan ó facen pasada por los logares

que pertenescen á sus obispados, yendo á racaubdar sus faciendas, ó

como aquellos que andan por la tierra prehicando et enseniando á los

hombres la ley, et cómo fagan buena vida por que puedan sus almas

salvar; estos atales si son conoscidos que son prelados daquellos

logares, ó enviados para prehicar daquellos que han poder de lo facer,

tenudos son los clérigos de los recebir et de les dar posadas. Mas si

non fuesen conoscidos, primeramientre deben saber si son tales como

dicen, et estonce les deben dar posada, et darles alguna cosa de lo

suyo para comer, si menester lo hobieren; pero si non fuesen atales,

no son tenudos de los recebir si non quisieren; ca por ende dice sant

Paulo el apóstol que non deben prehicar si non fueren enviados; et los

que desta guisa non viniesen podria yacer peligro en ellos á aquellos

que los hospedasen; ca non tan solamientre recebrán danyo dándoles

de las cosas temporales, mas poderlo hien aun recebir tomando dellos

algunas cosas que cuidarien que eran espirituales et non lo serian,

asi como sacramientos, et oir misas, et prehicaciones en que podrie

venir peligro, diciendo et enseniándoles en los sermones palabras de

enganyo, ó cosas que fuesen contra la fe, ó faciendo falsedat en dando

los sacramientos, ó faciéndolos de otra guisa como non los debiesen

facer ó non podiesen.” Y concluye la ley LIII en el cód. B. R. 3. A

continuacion se halla la siguiente.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 695 / 709 题