_En qué guisa debe ser fecha la romeria et el pelegrinaie, et cómo
deben los romeros ellos et sus cosas ser honradas et guardadas._
Romeria et pelegrinaie deben facer los romeros con grant devocion et
con mansedumbre, diciendo et faciendo bien et guardándose de facer
mal, et non andando faciendo mercadurias nin arloterias por el camino,
et deben siempre alvergar temprano quando podieren, et otrosi ir
acompañados porque sean guardados de daño, et puedan mejor facer su
romeria. Et deben los homes de las tierras quando los romeros pasaren
por los lugares honrallos et guardallos; ca derecho es que los homes
que se extrañan de su tierra con buena voluntat para servir á Dios, que
los otros los reciban en la suya, et que se guarden de les facer tuerto
nin fuerza, nin daño ó engaño ó deshonra. Et por ende tenemos por bien
et mandamos que los pelegrinos que vienen á Santiago, que ellos et sus
compañas et las sus cosas vayan et vengan salvos et seguros por todos
nuestros regnos: otrosi mandamos que tambien [1254] en las alverguerias
como fuera puedan comprar las cosas que hobieren menester. Et ninguno
non sea osado de les mudar las medidas nin los pesos derechos por que
los otros de las tierras venden et compran: et el que lo ficiere haya
pena por ello segunt alvedrio del judgador ante quien veniere este
pleito.