LEY II.

_De cómo deben guardar las fiestas._

Guardadas deben ser todas las fiestas de que fabla en la ley ante

desta, et mayormente las de Dios et de los santos, porque son

espirituales, ca débenlas todos los cristianos guardar segunt manda

santa eglesia, et demas deso non debe ningunt judgador [1239] emplazar

nin judgar en ellas, nin otrosi los otros homes non deben labrar en

ellas aquellas labores que suelen facer en los otros dias: mas débense

trabajar de ir muy apuestamente et con grant homildat á la eglesia

cuya fiesta guardan si la hi hobiere, et si non á las otras, et oir

las horas con grant devocion, et desque sallieren de las eglesias

deben facer et decir cosas que sean á servicio de Dios et á pro de sus

almas. Et qualesquier que por desprecio de Dios et de los santos non

qusiesen guardar las fiestas asi como sobredicho es, débenlos amonestar

dello los perlados, et desque los hayan amonestados puédenlos por ende

descomulgar fasta que fagan emienda á santa eglesia del yerro que

ficieron. Et la segunda manera de fiestas que deben guardar por honra

de los emperadores et de los reyes; et la tercera manera de fiestas

á que llaman ferias que deben guardar por pro comunal de los homes,

muéstranse en el título de los emplazamientos cómo deben ser guardadas.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 619 / 709 题