_Quántas maneras son de pegujar, et quáles clérigos lo deben haber._
Algo habiendo los clérigos de qual manera quier que lo ganen
derechamente, es llamado pegujar segunt dice en la ley ante desta. Et
tal como este departe el derecho de santa eglesia en dos maneras: et
la una della llaman en latin _aventitio_, que quier tanto decir como
cosa que aviene á home de otra parte que non es patrimonio, asi como
las ganancias que facen por razon de sus personas, ó lo que heredan de
sus parientes fasta el quarto grado, ó de las donaciones que les dan
los reyes ó los otros señores, ó alguno de sus amigos, ó lo que ganan
de los menesteres que les conviene de facer, segunt dice en el título
de los clérigos: et la otra manera llaman en latin _profectitio_ que
quier tanto decir como ganancia que salle de lo que da padre ó madre en
pegujar: et á semeiante desto lo que ganan los clérigos de la eglesia,
que es su madre espiritual, es llamado en latin _profectitio_. Et los
clérigos seglares pueden haber pegujares et non los otros, ca ninguno
de los que toman órden de religion de qual manera quier que sea, non
lo deben haber segunt dice en el título que fabla dellos; et esto es
porque renuncian el mundo et prometen de non haber propio quando entran
en órden.