Establecieron los santos padres en la eglesia que ningunt clérigo non
hobiese propio, et los que lo quisieren haber que non los recibiesen
para ser clérigos, mas que veviesen en cada lugar todos en uno, asi
que lo que hobiesen fuese comunalmiente de todos. Et esto ficieron
[1223] por les desfuir de los peligros en que podrien caer cobdiciando
las riquezas, teniendo que muy de dur las podrien mantener los homes
sin pecado. Mas porque vieron que algunos dellos caien en peligro de
perder las almas porque non guardaban aquello que habien prometido de
non haber propio, segunt que establecido era, mudaron aquel conseio que
tomaron de primero, et establecieron que hobiesen propio, et que los
que non se tenien por abondados de los diezmos et de los otros bienes
de santa eglesia, que morasen apartadamente cada uno en su casa, et
que fuesen clérigos; ca tovieron, que menor peligro les era de haber
algo paladinamente, que de haberlo encobierto faciendo contra aquello
que habien prometido de guardar. Et de aquel tiempo en adelante hobo
departimiento quanto en las ganancias entre los clérigos seglares et
los religiosos, ca los seglares puñaron en haber algo manifiestamente,
et aquellas cosas que ganaban con derecho llamábanlas pegujar. Et pues
que en los tres títulos que son ante deste fablamos de las primicias,
et de las ofrendas et de las decimas que son maneras de rentas que han
los clérigos onde viven, guisada cosa es que se muestre en este del
pegujar dellos: et mostrar primeramente qué cosa es: et onde tomó este
nombre: et quántas maneras son dél: et quáles clérigos lo deben haber:
et qué pueden facer destos pegujares.