LEY XXXVIII.

_De la pena que deben haber los que ayudan en alguna manera á los

enemigos de la fe contra los cristianos._

Falsos cristianos llama santa eglesia á todos aquellos que dan ayuda

ó conseian en alguna manera á los enemigos de la fe contra los

cristianos, et aun á todos aquellos que les dan ó les venden armas,

ó naves, ó galeas ó madera para ellas, et otrosi á los que gelas

lievan. Et tan grant falsedat tiene santa eglesia que facen los que les

dan ayuda en alguna destas maneras sobredichas, ó en otra semeiante

dellas, que por tal fecho tan solamente los da por descomulgados de

la mayor descomulgacion asi como sobredicho es, maguer ninguno non

los descomulgase concejeramente; et manda que todos los bienes destos

atales que los tomen luego que alguna destas cosas ficieren los señores

de la tierra o fueren moradores; et otorga demas desto que quien quier

que los prenda que sean sus siervos, et que los pueda vender ó servirse

dellos tambien como si fuesen moros. Et si por aventura acaesciese que

algunos se fuesen para ellos para ayudarlos contra los cristianos, ó

diesen conseio ó ayuda á otros que lo ficiesen, manda que quantos tan

grant nemiga como esta ficieren que los non sotierren nunca jamas en

las sepolturas de las eglesias, si ante que muriesen non ficiesen muy

grant emienda á Dios et á su señor natural contra quien les dieron la

ayuda. Et si acaesciese que alguno soterrasen hi, manda santa eglesia

quel saquen los [1014] uesos ende muy deshonradamente como de home que

fizo tan grant traicion contra Dios et contra sus cristianos á quien

debia dar ayuda, et non facer estorbo. Et como quier que estos atales

tan solamente por el fecho ó por el conseio que dieren á los enemigos

sean descomulgados, manda santa eglesia et tiene por bien que en todos

los domingos et en las fiestas [1015] renueven la descomulgacion dellos

concejeramente ante los fieles cristianos.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 406 / 709 题