LEY XXXIV.

_En quáles cosas non se debe ninguno acompañar nin acomunalar con el

que fuere descomulgado, et en quales lo puede facer._

Acompañar nin acomunalar non se deben los fieles cristianos con los

descomulgados por el mal que les viene dellos et por la pena en que

caen segunt dice en la ley ante desta. Et por que algunos dudarien

quales son las cosas en que lo non deben facer, por esto tovo por bien

santa eglesia de las mostrar, et son estas; que les non deben dar paz

[1008] nin fablar con ellos en ningunt lugar, nin comer, nin beber, nin

los deben acompañar en ninguna manera semeiante destas. Pero algunas

cosas hi ha en que lo pueden facer por pro del descomulgado, asi como

sil conseiasen que salliese de aquella descomulgacion; ó si fuese por

pro de aquel quel fablase, como sil debiese algo el descomulgado, et

gelo demandase; ó por razon del casamiento que es entre el varon et la

muger, que ha tan grant fuerza que escusa á ella de la descomulgacion

si se acompaña con el marido, como quier que non escusarie á él si

ella fuese descomulgada: et esto es porque el marido ha poder de

apremiar á ella que faga emienda et salga de la descomulgacion, lo

que ella non podrie facer á él. Otrosi non serien descomulgados los

fijos nin las fijas que son en poder del padre que fuese descomulgado,

maguer se acompañasen con él, nin los servientes de su casa, nin los

labradores asoldadados que labran sus heredades, nin los siervos nin

aun todos los otros que fuesen sus vasallos non seyendo facedores nin

consentidores con él en aquel yerro por que fue descomulgado, nin

queriendo mas acompañarse con él de quanto tiempo le habian de servir,

ó por razon de la soldada que tenien de él ó por otra manera. Pero non

tovo por bien santa eglesia que los padres nin los señores se pudiesen

escusar desta pena si los fijos ó los vasallos cayesen en sentencia de

descomulgamiento et se acompañasen con ellos: et esto es porque los

padres á los fijos, et los señores á los vasallos han poder de los

enseñar et de los castigar que se guarden que non fagan tales yerros

por que los hayan á descomulgar, lo que ellos non podrien facer á los

padres nin á los señores: et si non lo ficiesen asi son en culpa, et

por ende non se pueden excusar que non cayan en la pena sobredicha si

se acompañan con ellos seyendo descomulgados. Otrosi los clérigos non

se deben acompañar con su obispo desmulgado, fueras ende si fuesen

sus criados ó sus servientes en su casa: et aun el que se acompañare

con el descomulgado non sabiendo que lo era non cae por ende en esta

pena. Otra manera ha aun por que non cayerie home en descomulgacion,

maguer se acompañase con los descomulgados, et esto serie si alguno

hobiese de pasar por alguna tierra en que morasen descomulgados et non

podiese fallar [1009] compaña nin venta, nin posada sinon con ellos.

Nin otrosi non defendió santa eglesia que non diese el home alimosna al

descomulgado sil viese con cuita.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 402 / 709 题