_De los juicios que pertenescen á santa eglesia por razon de pecado._
Todo home que fuese acusado de heregia, et aquel contra quien moviesen
pleito por razon de usuras, ó de simonia, ó de perjuro, ó de adulterio,
asi como acusando la muger al marido ó él á ella para partirse uno de
otro que non morasen en uno, ó como si acusasen á algunos que fuesen
casados por razon de parentesco ó de otro embargo que hobiesen por que
se partiese el casamiento de todo, ó por razon de sacrillejo que se
face en muchas maneras segunt se demuestra en su título, ó de los que
roban, ó [830] entran por fuerza las casas de la eglesia: todos estos
pleitos sobredichos que nacen destos pecados que los homes facen se
deben juzgar et librar por juicio de santa eglesia.