_De los clérigos que ordenan amidos si reciben señal de órden ó non._
Caracter tanto quiere decir en latin como la señal que finca fecha de
la cosa con que se face. Et destas señales las unas son fechas en cosas
que parescen et las otras non: et las que parescen son aquellas que se
facen en cosa corporal con sello, de qual natura quier que sea, ó con
fierro ó con otra cosa que faga señal de guisa que paresca et dure: et
las que non parescen son aquellas que se facen en el alma, asi como por
bautismo, ó por órden, ó por algunos de los otros sacramentos de santa
eglesia, que maguer estos se fagan de fuera en el cuerpo, siempre finca
el alma señalada de dentro por ellos. Onde porque algunos dubdaron si
aquel que es ordenado amidos puede recebir por la órden señal dentro en
el alma ó non, departiólo el derecho de santa eglesia en esta manera:
que si á alguno facen premia que reciba órden amenazandol quel tomarán
el beneficio que ha si se non ordenare, maguer aquel consienta amidos
por tal miedo como este quel ordenen, pues que recibe la órden de
fuera ya finca el alma de dentro señalada por ella, de manera que es
tenudo por ende de vivir sin casamiento, si á la sazon que lo ordenaron
non era casado, por que la órden sagrada ha tan grant virtud, que
maguer non prometa de guardar castidat el que la recibe es tenudo
de mantenerla. Mas si aquel que ordenaron amidos, nunca consintió,
mas contradixo, todavia non recibe la órden nin finca el alma dentro
señalada por ello: ca la voluntat con el consentimiento en uno face
señalar el alma de dentro.