ART. 7.º

Los autores, vendedores y distribuidores de libelos impresos o

manuscritos provocando a la sedición, serán considerados como unos

agentes de la Inglaterra, y arcabuceados.

Dado en nuestro cuartel general de Madrid a 2 de mayo de 1808. —

Joachim. — Por mandado de S. A. I. y R. — El jefe del estado mayor

general. — Belliard.

Historia del levantamiento, guerra y revolución de España (1 de 5) · 第 57 / 116 题