«Ilustrísimo Señor: Al folio 33 del manifiesto del consejo se dice
que se presentó un oidor del de Navarra disfrazado, que había logrado
introducirse en la habitación del Señor Don Fernando VII, y traía
instrucciones verbales de S. M., reducidas a estrechos encargos y
deseos de que se siguiese el sistema de amistad y armonía con los
franceses. Las consideraciones que debo a ese supremo tribunal por
haber suprimido mi nombre, y lo más esencial de la comisión solo
con el objeto de evitar que padeciese mi persona, sujeta al tiempo
de la publicación a la dominación francesa, exigen mi gratitud y
reconocimiento, y así pido a V. S. I. que se lo haga presente; pero
ahora que aunque a costa de dificultades y contingencias me veo en este
pueblo libre de todo temor, juzgo preciso que sepa el público mi misión
en toda su extensión.
Hallábame yo en Bayona con otros ministros de los tribunales de
Navarra cuando llegó el rey a aquella ciudad: no tardó muchas horas el
emperador de los franceses en correr el velo que ocultaba su misteriosa
conducta; hizo saber a cara descubierta a S. M. el escandaloso e
inesperado proyecto de arrancarle violentamente de sus sienes la
corona de España; y persuadido sin duda de que a su más pronto logro
convenía estrechar al rey por todos medios, uno de los que primero
puso en ejecución fue la interceptación de correos. Diariamente se
expedían extraordinarios; pero la garantía del derecho de las gentes
no era un sagrado que los asegurase contra las tropelías de un gobierno
acostumbrado a no escrupulizar en la elección de los medios para
realizar sus depravados fines: en estas circunstancias creyó S. M.
preciso añadir nuevos y desconocidos conductos de comunicación con la
junta suprema presidida por el infante Don Antonio, y me honró con la
confianza de que fuese yo el que pasando a esta capital, la informase
verbalmente de los sucesos ocurridos en aquellos tres primeros aciagos
días. Salí a su virtud de Bayona sobre las seis de la tarde del 23, y
llegué a esta villa por caminos y sendas extraviadas, no sin graves
peligros y trabajos, al anochecer del 29 de abril: inmediatamente me
dirigí a la junta y anunciándola la real orden, dije: «que el emperador
de los franceses quería exigir imperiosamente del rey Don Fernando VII
que renunciase por sí, y en nombre de la familia toda de los Borbones,
el trono de España y todos sus dominios en favor del mismo emperador
y de su dinastía, prometiéndole en recompensa el reino de Etruria, y
que la comitiva que había acompañado a S. M. hiciese igual renuncia
en representación del pueblo español: que desentendiéndose S. M. I. y
R. de la evidencia con que se demostró que ni el rey ni la comitiva
podían ni debían en justicia acceder a tal renuncia, y despreciando
las amargas quejas que se le dieron por haber sido conducido S. M.
a Bayona con el engaño y perfidia que carecen de ejemplo, tanto más
execrables, cuanto que iban encubiertos con el sagrado título de
amistad y utilidad recíproca, afianzadas en palabras las más decisivas
y terminantes, insistía en ella sin otras razones que dos pretextos
indignos de pronunciarse por un soberano que no haya perdido todo
respeto a la moral de los gabinetes, y aquella buena fe que forma el
vínculo de las naciones; reducidos el primero a que su política no
le permitía otra cosa, pues que su persona no estaba segura mientras
que alguno de los Borbones enemigos de su casa reinase en una nación
poderosa; y el segundo a que no era tan estúpido que despreciase
la ocasión tan favorable que se le presentaba de tener un ejército
formidable dentro de España, ocupadas sus plazas y puntos principales,
nada que temer por la parte del norte, y en su poder las personas del
rey y del señor infante Don Carlos: ventajas todas bien difíciles
para que se las ofreciesen los tiempos venideros. Que con la idea
de procurar dilaciones, y sacar de ellas el mejor partido posible,
se había pasado una nota dirigida a que se autorizase un sujeto que
explicase sus intenciones por escrito; pero que cuando el emperador
se obstinase en no retroceder, estaba S. M. resuelto a perder primero
la vida que acceder a tan inicua renuncia: que con esta seguridad
y firme inteligencia procediese la junta en sus deliberaciones. Y
concluí añadiendo, que habiendo preguntado yo voluntariamente al señor
Don Pedro Cevallos al despedirme de S. E. si prevendría algo a la
junta sobre la conducta que debiera observar con los franceses, me
respondió que aunque la comisión no comprendía este punto, podía decir
que estaba acordado por regla general, que por entonces no se hiciese
novedad, porque era de temer de lo contrario que resultasen funestas
consecuencias contra el rey, el señor infante y cuantos españoles se
hallaban acompañando a S. M., y el reino se arriesgaba, descubriendo
ideas hostiles antes que estuviese preparado para sacudir el yugo de la
opresión.» V. S. I. sabe que con esas mismas o semejantes expresiones
lo expuse todo, no solo en la noche del 29, sí también en la inmediata
del 30 de abril, en que quiso S. A. el señor infante Don Antonio que
asistiese yo a la sesión que se celebró en ella, compuesta a más de
los señores individuos de la junta suprema, de todos los presidentes
de los tribunales, y de dos ministros de cada uno, con el doble objeto
de que todos se informasen de mi comisión, y yo de las novedades de
aquel día y demás de que se tratase, a fin de que diese cuenta de todo
a S. M. en Bayona, adonde regresé la tarde del 6 de mayo con continuos
riesgos y sobresaltos que se aumentaron a mi salida; y pues es a mi
parecer muy debido que no se ignore este rasgo heroico del carácter
firme de nuestro amado soberano, y yo tampoco debo prescindir de que
conste del modo más auténtico el exacto cumplimiento y desempeño de
mi comisión en todas sus partes, ruego a V. I. y al consejo, que
no hallando inconveniente mande insertar este papel en la gaceta y
diario de esta corte. Dios guarde a V. S. I. muchos años. Madrid 27 de
setiembre de 1808. — Justo María Ibarnavarro. — Ilustrísimo señor Don
Antonio Arias Mon y Velarde.