DOMINIO PUBLICO Y COPYRIGHT

Ahora que estamos en una "sociedad de la información", parece

preocupante que el dominio público se esté encogiéndose como piel de

zapa. No hace tanto tiempo, el 50% de las obras pertenecía al dominio

público, y por lo tanto podían ser utilizadas libremente por todos. De

aquí a 2100, 99% de las obras estarían sujetas a derechos de autor, con

un escaso 1% preservado para el dominio público. Se trata de un

problema espinoso para todos aquéllos que administran bibliotecas

digitales, y afecta tanto al Proyecto Gutenberg como a Google Books.

Si bien el Proyecto Gutenberg se ha propuesto difundir gratuitamente

por vía electrónica el mayor número posible de obras del dominio

público, su tarea no es facilitada por los repetidos ataques contra el

dominio público. Michael Hart, su fundador, lleva unos treinta años

examinando esta cuestión, con la ayuda de un grupo de abogados

especialistas del derecho de autor.

En la sección "Copyright HowTo", el sitio web del Proyecto Gutenberg

detalla los cálculos que hay que hacer para determinar si un título

publicado en los Estados Unidos pertenece o no al dominio público. Las

obras publicadas antes de 1923 están sujetas a derechos de autor

durante 75 años a partir de su fecha de publicación (luego ya han

pasado hoy al dominio público). Las obras publicadas entre 1923 y 1977

están sujetas a derechos de autor durante 95 años a partir de su fecha

de publicación (o sea que ninguna pasará al dominio público hasta

2019). Una obra publicada en 1998 y en los años siguientes está sujeta

a derechos de autor durante 70 años a partir de la fecha de

fallecimiento del autor si se trata de un autor único (en este caso

ninguna obra pasará al dominio público antes de 2049), o bien durante

95 años a partir de la fecha de publicación – o 120 años a partir de la

fecha de creación – si se trata de un autor colectivo (nada antes de

2074). Así se presentan las cosas, a grandes rasgos. A estas reglas

básicas se añaden otras, tomando en cuenta que la ley de copyright ha

sido enmendada varias veces desde 1971, fecha en que se fundó el

Proyecto Gutenberg.

Mucho más restrictiva que la anterior, una nueva enmienda al copyright

fue ratificada por el Congreso el 27 de octubre de 1998 para

contrarrestar la formidable potencia del internet como vehículo de

difusión. Andando los siglos, cada avance técnico se ha acompañado de

un endurecimiento del copyright. Al parecer suele ser ésta la respuesta

de los editores frente al miedo que les inspira el acceso cada vez más

fácil al saber, porque temen que esta nueva situación les haga perder

parte de sus royalties.

Michael Hart explica en julio de 1999: "La duración del copyright ha

sido extendida de 20 años. Antes había que esperar 75 años, y ahora hay

que esperar 95 años. Mucho antes todavía, el copyright duraba 28 años

(más una extensión de 28 años sí uno la pedía antes de la expiración

del plazo), y este último modelo ya había substituido a su vez un

copyright de 14 años (más una extensión de 14 años si uno la pedía

antes de la expiración del plazo). Bien se ve entonces que asistimos a

un deterioro regular y constante del dominio público."

Las fechas evocadas por Michael son las siguientes, como lo explica en

detalle en su blog:

(a) 1790 es la fecha en la que la Corporación de impresores (es decir

los editores de la época en Inglaterra) empezó a ejercer su influencia

sobre los autores, lo que suscitó el nacimiento del copyright. El 1790

Copyright Act instituye un copyright de 14 años después de la fecha de

publicación de la obra, más una extensión de 28 años siempre y cuando

se pida antes de la expiración del plazo. Las obras que pueden

imprimirse legalmente pasan de repente de 6.000 a 600, y nueve de cada

diez títulos desaparecen de las librerías. Unos 335 años después del

nacimiento de la imprenta, cuya misión - se suponía - era abrir las

puertas del saber a todos, el mundo del libro deja de estar bajo el

control de los autores para caer en manos de los editores. Esta nueva

legislación también se lleva a efecto en los Estados Unidos y en

Francia.

(b) En 1831 es cuando tiene lugar el primer fortalecimiento del

copyright para compensar la reedición de vastas colecciones del dominio

público en las nuevas prensas de vapor. El 1831 Copyright Act instituye

un copyright de 28 años tras la fecha de publicación de la obra, más

una extensión de 14 años siempre y cuando se pida antes de la

expiración del plazo, a saber un total de 42 años.

(c) En 1909 es cuando tiene lugar un segundo fortalecimiento del

copyright para compensar la reedición de las colecciones del dominio

público en las nuevas prensas eléctricas. El 1909 Copyright Act duplica

el periodo de copyright, que se extiende a 28 años, o sea en total un

plazo de 56 años.

(d) En 1976 es cuando interviene un nuevo fortalecimiento del copyright

tras la aparición de la fotocopiadora lanzada por Xerox. El 1976

Copyright Act instituye un copyright de 50 años tras el fallecimiento

del autor. Por tanto, cualquier copyright vigente antes del 19 de

septiembre de 1962 no iba a expirar antes del 31 de diciembre de 1976.

(e) En 1998 es cuando tiene lugar otro fortalecimiento del copyright

debido al desarrollo rápido de las tecnologías digitales y a los

cientos de miles de obras disponibles a partir de entonces en CD o DVD

y en la web, gratuitamente o a precios muy bajos. El 1998 Copyright Act

extiende la duración del copyright a 70 años después del fallecimiento

del autor, para proteger el imperio de Disney (por eso se suele hablar

del Mickey Mouse Copyright Act) y el de varias multinacionales

culturales.

Por tomar sólo un ejemplo, el clásico mundial "Lo que el viento se

llevó" (Gone With the Wind) de Margaret Mitchell, publicado en 1939,

debería haber pasado al dominio publico al cabo de 56 años, en 1995, de

conformidad con la legislación de la época, liberando de este modo los

derechos para adaptaciones de todo tipo. Debido a las modificaciones

legales de 1976 y 1998, este clásico no habrá de pasar al dominio

público antes del año 2035.

La legislación de 1998 fue un golpe muy duro para las bibliotecas

digitales, en pleno crecimiento gracias al desarrollo de la web, y

escandalizó a sus administradores, empezando por Michael Hart y John

Mark Ockerbloom, creador de la Online Books Page. ¿Pero cómo dar la

talla frente a eminencias del mundo editorial? Desgraciadamente hubo

que sacar de las colecciones parte de los libros.

John Mark explicó en agosto de 1999: "Me parece importante que los

internautas entiendan que el copyright es un contrato social concebido

para el bien público – y esto incluye tanto a los autores como a los

lectores. Esto significa que los autores deberían tener el derecho de

utilizar de manera exclusiva y por un tiempo limitado las obras

creadas, así como se especifica en la ley actual sobre el copyright.

Pero esto significa también que cuando expire el copyright, sus

lectores deberían tener el derecho de copiar y reutilizar este trabajo

tantas veces como lo deseen.

Últimamente en los Estados Unidos han intentado repetidamente

retirarles a los lectores estos derechos, limitando las reglas

relativas a la utilización de dichas obras, prolongando la duración del

copyright (algunas propuestas prevén incluso un plan de copyright

perpetuo) y extendiendo la propiedad intelectual a trabajos que no son

obras de creación (véase por ejemplo las propuestas de copyright para

las bases de datos). Incluso hay propuestas que pretenden sustituir por

completo la ley de copyright por una ley que establecería un contrato

mucho más fuerte. Me parece mucho más difícil compartir la opinión de

Jack Valenti, director de la Asociación cinematográfica de Estados

Unidos (MPAA: Motion Picture Association of America), cuando éste pide

que se dejen de copiar las películas bajo copyright, cuando sé

perfectamente que si esto se aceptara, ninguna película pasaría al

dominio público (...). Al ver cómo las empresas de medios de

comunicación tratan de bloquear todo lo que pueden, no me sorprende que

algunos usuarios reaccionen poniendo en línea todo lo que pueden.

Desgraciadamente esta actitud también perjudica los derechos legítimos

de los autores."

Michael escribió en julio de 1999: "Yo fui el principal enemigo de las

extensiones de copyright (ley del 27 de octubre de 1998), pero

Hollywood y los principales editores actuaron de tal modo que el

Congreso ni siquiera mencionó mi acción en público. Los debates

actuales son totalmente irrealistas. Van encabezados por 'la

aristocracia terrateniente de la edad de la información' y sirven

únicamente sus propios intereses. ¿Una edad de la información? ¿Y para

quién entonces?"

No cabe duda. Las instancias políticas no dejan de hablar de la edad de

la información mientras que, al mismo tiempo, son ellas las que

fortalecen la legislación relativa a la puesta a disposición de dicha

información. La contradicción es obvia. El copyright ha pasado de una

duración de 30 años de promedio en 1909 a una duración de 95 años de

promedio en 1998, explica Michael en su blog. En 89 años, entre 1909 y

1998, el copyright ha padecido una extensión de 65 años que se aplica a

tres cuartos de la producción del siglo 20. Sólo un libro publicado

antes de 1923 puede ser considerado a ciencia cierta como parte del

dominio público.

Un endurecimiento similar afecta a los países de la Unión europea.

Ahora y en adelante, la regla general es un copyright de 70 años tras

la muerte del autor, en vez de 50 años – como solía ser antes – debido

a las presiones ejercidas por los editores de contenido con el pretexto

de "armonizar" las leyes nacionales relativas al copyright para oponer

una respuesta a la globalización del mercado.

El Proyecto Gutenberg (1971-2009) · 第 7 / 8 题