EXCELENTÍSIMO SEÑOR.

"Acabo de recibir el oficio de V. E. de esta fecha, ahora que son las

diez de la mañana, por medio de sus dos Diputados, á efecto de ponerlo

en mis manos; y enterado de su contesto, estoy desde luego pronto á

acordar á V. E., como lo ejecuto, el permiso que solicita para el fin y

con las condiciones que me indica en su citado: mediante lo que, luego

que V. E. me participe el dia en que ha de celebrarse el Congreso que se

ha propuesto, dispondré que se aposten las partidas que V. E. solicita,

en las avenidas de las bocas calles de la plaza, con los fines de

evitar, segun corresponde al mejor servicio de S. M. y tranquilidad

pública de esta ciudad, cualquier tumulto ó conmocion que pudiera

ocurrir; como igualmente para que solo permitan entrar en ella á los

vecinos de distincion, que por medio de la esquela de convocacion

acrediten en debida forma haber sido llamados por V. E. al efecto. Y

espero del discernimiento constante, y acreditada fidelidad de V. E. é

interes que siempre ha manifestado por el bien público de esta ciudad,

que como su Representante, esforzará todo el celo que lo caracteriza y

distingue, á fin de que nada se egecute ni acuerde que no sea en

obsequio del mejor servicio de nuestro amado Soberano, el Sr. D.

Fernando VII, integridad de estos sus dominios y completa obediencia al

supremo gobierno nacional que lo represente durante su cautividad: pues

que, como V. E. sabe bien, es la monarquía una indivisible, y por lo

tanto debe obrarse con arreglo á nuestras leyes, y en su caso, con

conocimiento ó acuerdo de todas las partes que la constituyen, aun en la

hipotesis arbitraria de que la España se hubiese perdido enteramente, y

faltase en ella el gobierno supremo representativo de nuestro legítimo

Soberano.

Dios guarde á V. E. muchos años. Buenos Aires, 21 de Mayo de 1810.

Actas capitulares desde el 21 hasta el 25 de mayo de 1810 en Buenos Aires · 第 11 / 44 题