TITULO XXVI.

DE CÓMO SE PUEDE QUEBRANTAR EL JUICIO QUE FUESE DADO FALSAMENTE

Ó CONTRA AQUELLA ORDENADA MANERA QUE EL DERECHO MANDA GUARDAR EN

JUICIO, MAGUER NON FUESE ENDE TOMADA ALZADA. 703

LEY I. _Qué cosa es falsedat, et en qué manera se puede desfacer

el juicio que fuese dado por ella._ 704

... II. _Quién puede desatar el juicio que fuese dado por falsos

testigos ó por falsas cartas, et fasta quánto tiempo se puede

desfacer._ 704

... III. _Cómo se puede desatar el juicio que fuese dado contra

ley, ó contra fuero, ó contra natura, ó contra buenas costumbres,

ó sobre cosa que non se podiese facer._ 705

... IV. _Cómo non vale el juicio en que no judgaron todos los

judgadores á quien fue mandado judgar, ó quando judgaron en tiempo

que non debien ó erraron en él._ 705

... V. _Cómo el juicio que fuese dado sobre pleyto que non fuese

comenzado por demanda nin por respuesta, ó el que diesen non

seyendo emplazadas las partes, ó que fuese dado por dineros ó

contra home muerto, non debe valer._ 706

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 1248 / 1261 题