LEY XIII.

_Cómo gana ó non el señor la cosa agena que su siervo compra de su

pegujar, ó otri por su mandado._

Pegujar ó tienda de algunt meester teniendo el siervo de su señor, si

de aquel pegujar que toviese asi, comprase alguna cosa de home que

non fuese verdadero señor della, si el siervo hobiese buena fe en

comprándola, cuidando que es suya de aquel que gela vende, puédela

ganar por tiempo el señor maguer sopiese que aquel de quien la hobiera

el siervo non habie derecho de la vender, fueras ende si el señor

estoviese delante quando la comprase el siervo et non lo contradixiese

podiéndolo facer; ca entonce non la podrie ganar por tiempo. Otrosi

decimos que si el señor mandase al siervo comprar alguna cosa non en

razon de pegujar, nol diciendo señaladamiente qual fuese la cosa, mas

diciendol: cómprame un caballo, ó una bestia ó otra cosa qualquier,

nol nombrando aquel cuya fuese, si el siervo sopiese que la cosa que

comprase non era de aquel que gela vendiese, en tal caso como este la

ganarie el señor por tiempo, maguer él sopiese despues que aquel que

la vendió non habie derecho de lo facer. Eso mesmo debe seer guardado

quando alguno manda á su personero comprar alguna cosa, non nombrando

señaladamiente de quien. Pero si aquel á quien la manda comprar non

fuese personero mas mensagero simple, entonce la buena ó la mala fe

deste atal ternie pro ó daño á aquel por cuyo mandado la comprase. Mas

si el señor mandase al siervo ó á otro home qualquier quel comprase

alguna cosa diciendo señaladamiente qual, si él sopiese que aquel de

quien la mandaba comprar non habie derecho de la vender, non la puede

ganar por tiempo maguer aquel que la comprase por su mandado hobiese

buena fe en comprándola. Et lo que deximos en esta ley del siervo ha

logar aun en el fijo á quien el padre hobiese dado algunt pegujar para

facer alguna mercadoria.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 1037 / 1261 题