LEY XI.

_Quáles amas deben haber las fijas de los reyes, et cómo deben ser

guardadas._

Amas et ayas deben ser dadas á las fijas de los reyes que las crien et

las guarden con grant femencia; ca si en los fijos debe seer puesta

muy grant guarda por las razones que desuso son dichas, mayor la deben

aun poner en las fijas, porque los varones andan [209] en muchas

partes, et pueden aprender de todos, mas á ellas non conviene de tomar

enseñamiento si non del padre, ó de la madre ó de la compaña que ellos

les dieren: et por ende les deben dar tales amas et ayas asi como

deximos de los fijos, et sobre todo deben catar que sean leales et de

buenas costumbres, ca esta es la cosa del mundo que ellas mas les deben

mostrar á sus criadas, ca por lealtat guardarán á sí mismas, et á sus

maridos, et á todas las otras cosas á qui lo hobieren de facer, et por

las buenas costumbres serán ellas buenas et darán buen enxemplo á las

otras. Et como quier que esta guarda convenga mucho al padre, mucho

mas pertenesce á la madre: et desque hobieren entendimiento para ello,

débenlas facer aprender leer, en manera que lean bien cartas, et sepan

rezar en sus salterios. Et deben puñar quanto podieren que sean bien

mesuradas et muy apuestas en comer et en beber, et en fablar, et en su

contenente, et en su vestir, et de buenas costumbres [210] en todas

cosas; et sobre todo que non sean sañudas, ca sin la malestanza que

hi yace, esta es la cosa del mundo que mas aina aduce á las mugeres á

facer mal: et débenlas [211] mostrar que sean mañosas en facer aquellas

labores que pertenescen á nobles dueñas, ca es cosa que les conviene

mucho porque reciben hi alegría et son mas sosegadas por ende, et demas

tuelle malos pensamientos, los que ellas non conviene que hayan.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 76 / 1261 题