=Bando del Teniente de Rey emplazando á todos los casados que viven
separados de sus mujeres para que se presenten al alcalde de 1.ᵉʳ voto,
y reparar así este mal.=
(Setiembre 9 de 1777).
D.ⁿ Diego de Salas Coronel de los reales Exercitos The. de Rey y
Gobernador interino de esta Ciudad.
Por q.ᵗᵒ sin embargo de las Providencias que se han tomado por este
Gobierno conforme a lo que prescriven las Leyes, Cedulas y Provisiones
Reales para obligar a los Sugetos que son Casados en España, y en
otras Provincias de estos Reynos á fin de que pasen a sus respectivos
domisilios á hacer vida con sus mugeres, no se ha verificado en el
todo: ordeno, y mando a todos los susodichos que residieren en esta
Ciudad, se presenten dentro del termino de ocho dias al Alcalde
ordinario de primer voto Don Marcos José De Riglos, para que proceda
al cumplimiento de lo q.ᵉ hace a los que moran en la jurisdiccion se
presentaran ante los respectivos jueces comisionados y Cavos Militares
de los Partidos de ella, para que tomen razon de los que hubiese con
toda individualidad, y la remitan al mismo Alcalde de primer voto
de esta Ciudad, señalandoles el termino competente para que vagen á
presentarse ante el, del propio fin, todo lo qual cumplirán precisa
y puntualm.ᵗᵉ pues de no hacerlo se procederá a extrañarlos con todo
rigor. Y para que ninguno alegue ignorancia se publicará este Vando
en esta Ciudad y en la Campaña á cuyo efecto se daran las copias
necesarias.
Buenos Ayres á nueve de Septiembre de mil setecientos setenta y siete.
_Diego Salas._
Hay rúbrica.