En la M. N. y M. L. Ciudad de la Santisima Trinidad Puerto de Santa
María de Buenos Ayres a ocho de Mayo de mil setecientos ochenta y seis
años. El M. I. C. J. y Rexim.ᵗᵒ de ella a saver los Señores que de yuso
hiran firmados estando juntos y congregados en la Sala de sus Acuerdos,
a tratar y conferir lo combeniente a esta Republica y vien de sus
havitadores.--En cuio estado se abrio un pliego de el Señor Governador
Intendente cuio tenor es el siguiente:
Enterado de quanto V. S. me expone en representacion de ayer sobre que
de la jurisdiccion de esta Ciudad y la de Santa Fee de extraer trigos
para la de Cordoba doy con esta fha. las ordenes combenientes a evitar
esta exportacion que cede inmediatamente en perjuicio del avasto de
esta Provincia de que prebengo a V. S. para su Govierno--Dios guarde a
V. S. muchos años--Buenos Ayres seis de Mayo de mil setecientos ochenta
y seis--Francisco de Paula Sanz.
Al Muy Ilu.ᵗʳᵉ Cavildo Justicia y Reximiento de esta Capital--Enterados
los señores del antecedente oficio acordaron q.ᵉ se archive con lo q.ᵉ
se concluyo este acuerdo que firmaron dho. Señores de que doy fe.
Joseph de Gainza.
Manuel Ant.ᵒ Warnes.
Diego Mantilla y los Rios
Gregorio Ramos Mexía.
Pedro Diaz de Vivar.
Benito Gonz.ᶻ Ribadavia.
Cristoval de Aguirre.
Mauel del Cerro Saenz.
Fran.ᶜᵒ Xav.ʳ de Carvajal.