DE LOS OFICIALES APRENDIZES

Como el Magisterio en qualquiera arte i oficio es un grado preemiente

qᵉ. hace el caracter y distintivo de la habilidad que es tan apreciable

entre los hombres es forzoso q.ᵉ se dediquen pʳ. algun tiempo al

trabajo y estudio practico del oficio a qᵉ. se aplican para que

puedan ascender con Justo dro. al grado que los distingue entre los

de su clase para que asi se haga mas apreciable la Maestría y tome

sus debidos progresos la industria que es el principal fomento de las

Republicas. Para el logro de este fin tan recomendable debera insumirse

el tiempo de 6 años de trabajo distribuidos en la forma siguiente antes

de ser Maestros es a saber dos años de aprendizes y quatro de oficiales.

Qualquiᵃ. que quisiere aprender este oficio debera constar al Director

del Gremio si fuere hijo de familias el consentimiento de su Padre, de

sus Abuelos o tutores y si siervo de su amo e inmediatamente elegir a

su arbitrio el Maestro qᵉ. fuere de su agrado el qual ha de otorgar

documento de contrata ante el Escrivano del Gremio con intervencion de

los dos Mros. Maiores obligandose a darlos habiles e instruirlos en la

Zapatería capaces de ser Maestros en el termino de los seis años sin

q.ᵉ de ellos pueda el amo o el Padre del aprendis u oficial removerlo

del exercicio a causa Justa aprobada por el director del Gremio bajo

la pena qᵉ. haciendo lo contrario le pagara al Maestro el interes

y perjuicio qᵉ. le provengan de su falta al prudente arbitrio del

Director regulando al parecer de los dos Maestros maiores.

I por que es Justa que esta obligacion y el cuidado de la enseñanza se

compenze en modo proporcionado y equitativo se declara: Que los dos

años primeros de aprendiz ha de servir y trabajar sin (borrado) alguno

y en los quatro restantes el Mro. se ha de obligar a satisfacer al amo

o Padre de familias el Salario o jornales q.ᵉ fueren correspondientes

por practica y estilo a un oficial de Zapatería y si fuere persona

(borrado) de su dro. el que quisiese tomar el oficio debera hacer

constar al Director del Gremio el ejercicio qᵉ. anteriormente haia

egercido y el lugar de su vecindario para que de esta suerte se sepa la

antigua ocupacion de estos sugetos y se evite la introduccion al Gremio

de hombres mal entretenidos con declaracion de q.ᵉ estos celebraran la

contrata por si mismos en la misma forma prevenida arriba pagandosele

al Escrivano sus respectivos dros. por el otorgamiento del Instrumᵗᵒ.

exeptuando de esta contribucion de Dros. a los Indios qᵉ. quisiesen

tomar el oficio por ser personˢ. miserables en inteligencia de que el

Director tendra cuidado de comunicar asi al Protector de Naturales para

qᵉ. cuide de su instruccion qᵉ. puede conducir al beneficio de sus

Pueblos.

Documentos para la historia del virreinato del Rio de la Plata, tomo 1 · 第 78 / 311 题