Exmo Señor

Mui señor mio: Porla Ley 2 tit 7ᵒ Lib 4ᵒ delas Recopiladas de estos

Reynos, esta dispuesto que en las Ciudades Metropoli se componga su

Cav.ᵈᵒ de doce Regidores, dos fieles executores y dos Jurados de cada

Parroquia con los demas oficios que señala.

Hasta (_borrado_) de este nuevo Virreynato no pudo tener efecto aqui

esta regia disposicion porque no llego el caso de ser Metropoli pero

ya hoy que (_borrado_) dela asencion y privilegio de esta gracia parece

justo que su cav.ᵈᵒ conste delos Individuos que deben componerle pa

su mejor govierno decoro y servicio de esta Resp.ᵃ con beneficio dela

Rl. Hacienda Pa q.ᵉ los indicados oficios son delos dela clase de

vendibles y renunciables. Todo lo qual manifiesto a V. E. p.ᵃ q.ᵉ se

sirva determinar loque tenga pormas conveniente enel asunto. Dios gûe a

V. E.mˢ. aˢ como deseo. Buenˢ. Ayrˢ. 9 de Agosto de 1780--Exᵐᵒ señor Dⁿ

Juan Josef de Vertiz.

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“al margen: Buenos ay.ˢ 18 de Diz de 1780 Informe del Consejo de la

Ciu.ᵈ como pide el Abogado Fiscal una rubrica de I. C. otra del asesor

Rospigliosi y el antemi de Zezano”.

Documentos para la historia del virreinato del Rio de la Plata, tomo 1 · 第 57 / 311 题