NUMERO 9

=Acuerdos de Cabildo acatando la orden del nuevo virrey Don J. J. de

Vértiz, pidiendo se suspendan todos los festejos para su recibimiento

en la ciudad de Buenos Aires. Recepción del nuevo obispo.=

(Agosto 4 y 7 de 1778)

En la M. N. y M. L. Ciudad de la Santissima Trinidad Puerto de Santa

María de Buenos Ayres, á quatro de Agosto de mil setecientos setenta y

ocho el M. I. C. J. y R. de ella á saver los señores que se juró yran

firmados, estando juntos y congregados en la Sala de sus Acuerdos á

tratar y conferir lo combeniente á esta república y sus avitadores,

en cuio estado se abrió un Pliego en el que se halló un Oficio que

remite á este I. C. el S.ᵒʳ Theniente de Rey, Governador Interino,

en que partizipa una Odn. del Ex.ᵐᵒ S.ᵒʳ Virrey d.ⁿ Juan Joseph de

Vertiz, su fecha en Montevideo á tres del corr.ᵗᵉ por la que ordena

que con notizia que ha tenido S. E. de que se prosigue en los gastos

que tiene encargado no se hagan de los propios ni del vecindario para

su recivimieivto, previene á V. S. haga cesen absolutam.ᵗᵉ dhas.

prevenziones, quedando los Individuos de este I. C. en la precisa

responsabilidad por la contrabención que á este Cabildo le hace cargo

S. E. pidiendo dho. S.ᵒʳ Theniente de Rey el aviso del cumplimiento á

el superior precepto, y enterados los Señores de dha. Orden y Oficio

Dijeron que mediante á ser pocos los Individuos de este I. C. que

han concurrido por el mal tiempo se transfiera el tratar sobre su

particular p.ᵃ el primer Acuerdo.

[Sidenote: _Pliego del Con.ᵒʳ Mayor._]

Así mismo se abrió otro Pliego del S.ᵒʳ Contador maior de quentas por

el que insta se le pasen las quentas de propios de esta Ciudad, en los

términos que anteriormente lo tiene pedido, y enterados los Señores

acordaron que por el mismo motibo se transfiera para el primer Acuerdo.

[Sidenote: _Pliego del Deán._]

Del mismo modo se abrió otro pliego del S.ᵒʳ D.ʳ d.ⁿ Joseph de Andújar,

Dignidad de Dean de esta S.ᵗᵃ Ig.ᵃ Catedral, en que suplica á este I.

C. la asistencia á su recivimiento en nombre del Ilt.ᵐᵒ S.ᵒʳ Obispo

electo d.ⁿ Fr.ᶜᵒ Sebastián Malbár en los mismos términos que en iguales

casos se ha verificado para el dia de mañana, y enterados los S.ʳᵉˢ

Dijeron que mediante á que el mismo S.ᵒʳ Deán ha prevenido á el S.ᵒʳ

Alc.ᵉ de primer voto que por causa del mal tiempo no lo puede verificar

el dia determinado y que avisara quando lo executara, se suspenda

hasta recivir su aviso, con el que se determinara lo que se ha de

executar, con lo que se cerró este Acuerdo, que firmaron los Señores

de que doy fée.---Testado--Manuel Joaquín de Zapiola--Juan Antonio

Lezica--Nov.ᵉ--Entrerrenglones--para el Dia de mañana--Vale.

Gregorio Ramos Mexía--Man.ˡ Mrnz Ochagavía--Pedro Diaz de

Vivar--Cecilio Sanchez de Velazco--Juan Antonio de Lezica.

Ante mí.

_Pedro Nuñez_,

Esc.ⁿᵒ P.ᶜᵒ y de Cav.ᵈᵒ.

* * * * *

[Sidenote: _Oficio del S.ᵒʳ Theniente de Rey s.ʳᵉ funcion._]

En la M. N. y M. L. Ciudad de la Santísima Trinidad Puerto de S.ᵗᵃ

María de Buenos Ayres á siete de Agosto de mil setecientos setenta

y ocho años, el M. I. C. J. y R. de ella á saver los Señores que se

juró yran firmados estando juntos y congregados en la Sala de sus

Acuerdos á tratar y conferir lo comben.ᵗᵉ á esta república y sus

avitadores se dijo por el S.ᵒʳ Alc.ᵉ de primer voto que havía hecho

citar á este Cavildo Estraordinario para tratar sobre lo transferido

en el celebrado el quatro del corriente, en quanto á el Oficio que

pasó á este I. C. el S.ʳ Theniente de Rey y Gov.ᵒʳ interino y después

de conferenciado largo rato el asumpto, se Dijo por todos los S.ʳᵉˢ

que inmediatam.ᵗᵉ á la marcha del Ex.ᵐᵒ Señor D.ⁿ Pedro de Zevallos,

y con la voz pública que S. E. quedava por subsesor en el Virreynato.

Sumamente complacido este Cavildo dió sus disposiciones para que á S.

E. se le diesen los mismos dias de combite que á su antecesor en virtud

de las Leyes del Reyno, que previenen no se hagan con uno más que con

otros, y designan cantidades para la de Lima y Méjico; en atención

de que no pudiendo merecer hacerlo con la real Persona de nuestro

Soberano, lo hazen y devemos hazer con quien tan vibamente representa

su imagen, y aun se save se practica en la de Santiago de Chile, con

los Señores Presidentes de la Real Audiencia; en cuia atención aún que

recivimos la mui apreciable de S. Ex.ᵃ en que nos encarga no se hagan

gastos de los propios ni vecindario con motibo de su recivimiento,

participa este Cavildo á S. E. su obligación en este particular y que

ya tenía dadas disposiciones de antemano, suplicando nos honrase,

con no despreciar nuestras primeras demostraciones, no á la medida

de nuestro deseo sin límite; sino es á las cortas facultades con que

nos allamos, ofreciendo que para las subsesivas que le corresponden

no tendría este Ayuntamiento más impulso que el que le dirijiere los

superiores preceptos de S. Ex.ᵃ más á la vista oy del Orden que se nos

comunica por la del S.ᵒʳ Theniente de Rey, desde luego devemos prestar

el devido obedecimiento sacrificando nuestra voluntad, pues devemos

persuadirnos que bien enterado S. E. de los muchos empeños que esta

Ciudad tiene pospone todos los obsequios que causen gastos, que á su

grandeza se le deben por veneficio público en que tanto se ha esmerado;

y de esta determinaz.ⁿ se deverá dar parte á el S.ᵒʳ Then.ᵗᵉ de Rey,

con testimonio de todo, como S. S. nos lo previene en la suia.

[Sidenote: _Sobre g.ᵗᵒˢ p.ᵃ recibir al S.ᵒʳ Virrey._]

En este estado, para maior acierto de la ciega obediencia que devían

prestar á la Orden de S. E. pasaron dos Diputados al S.ᵒʳ Theniente de

Rey Gov.ᵒʳ á prevenirle si dha. Orden se devía contender con el aderezo

del Palazio, pasando á verificar dha. Diputación los S.ʳᵉˢ Rexidores

d.ⁿ Pedro Diaz de Vibar y d.ⁿ Cecilio Sanchez de Velazco, quienes

haviendo buelto á esta Sala Capitular, expresaron havía respondido

S. S. se observase ciegamente el Orden lo que hoydo por los Señores

determinaron que los mismos Señores Diputados pongan en execusión la

expresada Orden, pasando á retirar del Palacio todo lo que en el se

haia puesto para su adorno, dejándolo en los mismos términos que quedó

quando se embarcó el Ex.ᵐᵒ S.ᵒʳ d.ⁿ Pedro de Zevallos, y se les dá

comisión á dhos. Señores Diputados para que procedan á la venta de todo

lo que se pudiese vender, quienes á su tiempo instruirán la cuenta.

Así mismo se trató sobre lo transferido en el mismo Acuerdo del

Oficio del S.ᵒʳ Contador Mayor, y de una voz y conformidad se dijo

que por ahora se trasfiera su determinación, para consultar el punto

en atención á haverse remitido á S. M. dos quinquenios por mano de

los Ex.ᵐᵒˢ S.ʳᵉˢ Fran.ᶜᵒ Bucarelli, y d.ⁿ Juan Jph. de Vertiz, siendo

Gov.ʳᵉˢ de esta Provincia; y se le haga saver á el S.ᵒʳ Rexidor don

Fran.ᶜᵒ Antonio de Escalada, presente las cuentas correspondientes á el

año de setenta y siete, para el primer Acuerdo.

[Sidenote: _Abogado d.ⁿ Cosme D.ⁿ de la Cueba Diego de Mendoza._]

Se Leyo un Pedim.ᵗᵒ del Lizenciado don Cosme Damián Urtado de Mendoza,

á el q.ᵉ acompaña sus Titulos de Abogado de la Real A. que el S.ᵒʳ

Then.ᵗᵉ de Rey ha mandado pasar á este I. C. para que se copien en los

Libros que corresponde, y enterados los S.ʳᵉˢ Dijeron se haga como

previene S. S. y se le debuelban los originales á la parte.

Asimismo se Leyo otro de D.ⁿ Diego Muñoz, en que igualmente presenta

los Títulos de Boticario, pidiendo no se le ponga embarazo en el uso

y exercicio de tal, y enterados los Señores dijeron que para dar la

providencia que corresponda se dé vista al S.ᵒʳ Síndico Pror. Gral.

con lo que se cerró este Acuerdo que firmaron los S.ʳᵉˢ de que doy

fée.--Testado--de todo--nov.ᵉ--entrerreng.ˢ--puesto--vale.

Gregorio Ramos Mexía--Man.ˡ Mrnz. de Ochagavía--Juan Benito

Gonzalez--Man.ˡ Joach.ⁿ de Tocornal--Pedro Diaz de Vivar--Manuel

Joachin de Zapiola--Cecilio Sanchez de Velazco--Juan Antonio de

Lezica--Bern.ᵈᵒ Sancho Larrea.

Ante mí.

_Pedro Nuñez_,

Esc.ⁿᵒ P.ᶜᵒ y de Cav.ᵈᵒ.

_(Archivo General de la Nación.--Acuerdos de Cabildo.--Años 1777-78,

Vol. 41, F.ᵒ 173)._

Documentos para la historia del virreinato del Rio de la Plata, tomo 1 · 第 30 / 311 题