CONGRESOS

Las reglas jurídicas de Derecho Internacional Americano establecidas por

los Congresos que se han reunido despues de la guerra de la

Independencia, así como por los tratados públicos celebrados entre dos ó

mas naciones, determinan una constante aspiracion á la unidad y á la paz

continental; y aunque hasta ahora solo se ha logrado establecer esos

principios de derecho, los mismos sucesos que han provocado

periódicamente la reunion de los plenipotenciarios por peligros

transitorios, hacen resaltar la necesidad y la ventaja de una asociacion

efectuada en nombre de los intereses permanentes.

La ineficacia de estas asambleas no prueba la impracticabilidad del

sistema, sinó que la América no ha debido dar el hermoso espectáculo de

la fraternidad solo para reguardarse de las miras absolutistas

manifestadas por la Santa Alianza, para rechazar las espediciones de un

filibustero atrevido ó protestar, al amparo de la fuerza, contra el

espíritu de conquista de una potencia mal inspirada. Deben llamarse á

los representantes de las repúblicas americanas apelando á un

sentimiento que palpita en todos estos pueblos hermanos y que ningun

gobierno ha sabido interpretar con verdadero entusiasmo; debe formarse

la liga para adquirir la cohesion política que es indispensable si se

quiere colocar estos paises de sol y libertad, donde no hay nobles ni

socialistas, á la altura de su mision, oponiendo en la lucha del mundo

al réjimen antiguo el principio moderno.

En los albores de nuestra vida política se consigna ya de hecho la union

latino americana. Las mismas aspiraciones unen á los pueblos desde

Carácas á Buenos Aires cuando en ambos estremos del continente, con esa

simultaneidad que hace entrever el apoyo de Dios á la obra de los

hombres, se produce el movimiento revolucionario; y á favor de los

mismos esfuerzos los ejércitos reunidos despues del abrazo de Guayaquil

dan término feliz á la jornada de nuestra emancipacion. Los aliados del

Sur conquistan laureles en Maipo y Chacabuco; los del Norte en Boyacá y

Pichincha: las glorias de Ayacucho lo son americanas.

Esa union que tan bellos resultados dió en la guerra de la independencia

y que tan pronto desbarataron los intereses locales mal entendidos, debe

repercutir en el corazon de todo americano hasta que se verifique la que

en el futuro está destinada á producir los mayores beneficios para la

libertad humana.

Sin duda la paz universal es una utopia y lo será hasta que adquieran

completo desarrollo los elevados principios de derecho natural que

jerminan hoy en casi todas las naciones; pero si es una aspiracion

irrealizable en Europa donde luchan y lucharán tanto tiempo todavia los

autócratas representantes de sistemas añejos, especuladores hasta en la

sangre de sus hermanos, y los demagogos de aquella escoria social que

condena la propiedad como un robo, no lo es en América para pueblos que

han uniformado esas tendencias en la democracia.

La revolucion francesa que tuvo el poder de conmover las viejas

prácticas y las ideas retrógradas, no tuvo, empero, el de cimentar en

base firme y estable ninguno de sus nuevos principios. Le estaba

reservada al mundo americano, á la gran nacion que se fundó en 1778, la

gloria de realizar el ideal político de la época moderna. En presencia

de esta interesante república fué que nuestros padres, con muy elevadas

miras, buscaron la creacion de una gran nacionalidad que diera vigor á

las ideas adoptadas tambien por los pueblos de orijen español como base

de su ley fundamental.

Obtenidos en América los grandes beneficios que indudablemente traeria

el ejercicio de principios civilizadores de paz y de union, nadie puede

adivinar cual sería su progreso, porque empieza á vislumbrarse que este

rico continente es el país del porvenir.

* * * * *

El primer paso dado para consagrar en el derecho la sentida necesidad

de una union internacional, fué el tratado entre Colombia y el Perú

que firmaron en Lima el 6 de Julio de 1822 los Señores Don Joaquin

Mosquera con plenos poderes del Libertador Bolivar Presidente de

Colombia y Don Bernardo Monteagudo Ministro de Estado y Relaciones

Esteriores del Perú.

Ambas repúblicas, por este pacto, se unen ligan y confederan para

siempre en paz y guerra con el objeto de sostener mútuamente su

independencia de la nacion española y de toda otra dominacion

estranjera, así como con el loable propósito de asegurar la mejor

armonia y buena intelijencia entre sí y las demas potencias que deban

adquirir sus relaciones.

Establecen los medios de hacer práctico el pacto de alianza para su

defensa esterna y para su tranquilidad interior, obligándose á presarse

mútuos socorros y á rechazar en comun todo ataque que amenace su

existencia política.

Conceden á los ciudadanos de uno y otro Estado el goce de los

derechos y prerogativas que corresponden á los nacidos en el otro,

siempre que hayan establecido su domicilio en el Estado á que quieran

pertenecer.--Otro tanto establecen respecto de los derechos civiles de

privilejio de tráfico y de comercio, haciendo estensivos estos derechos

á los buques de bandera colombiana en el Perú y vice-versa.

Convienen en demarcar los límites precisos que hayan de dividir

sus territorios por un convenio particular y en terminar por

medios conciliatorios y pacíficos, propios de naciones hermanas y

confederadas, las diferencias que puedan ocurrir en esta materia.

Se comprometen á prestarse auxilio en caso de ser interrumpida la

tranquilidad interior de uno de los Estados y declaran solemnemente

hacer causa comun contra toda sedicion.

Este tratado, aunque parcial, es el punto de partida de nuestro Derecho

Público. Proclama el principio del arbitraje que si hubiera sido

aceptado y difundido, como lo ha sido por la que ya llaman civilizada

República Argentina, hubiera ejercido una influencia decisiva en la paz

del continente, facilitando así la tarea de la confraternidad americana.

El 10 de Junio de 1823 se firmó otro entre Colombia y Buenos Aires;

menos lato que el anterior establece, no obstante, una alianza

defensiva en sosten de su independencia de la nacion española y de toda

otra dominacion estranjera.

Con fecha 3 de Octubre fué concluido otro pacto semejante entre

Colombia y Méjico; y en Noviembre el Congreso del Perú sancionó un

proyecto de tratado para efectuar una liga americana en sosten de la

independencia de las nuevas repúblicas.

Pero todos estos actos no podian tener resultados satisfactorios

en tanto que solo fueran alianzas entre secciones aisladas del

continente.--Comprendiéndolo así los mismos plenipotenciarios que

celebraron el tratado Perú-Colombiano, firmaron, en la misma fecha, uno

especial con el propósito de uniformar estas favorables tendencias.

Las bases de esta convencion, en las cuales se manifiesta la idea

de reunir un Congreso con representacion de todas las repúblicas

emancipadas del poder español, obedecen á principios elevados, claros

y útiles para ambas repúblicas. La union internacional que en ellas se

establece, destinada á garantizar su respectiva soberania, está muy

léjos de ser una estipulacion ilusoria ó ridícula que autorice los

propósitos sarcásticos de los escritores pesimistas que se han ocupado

de la cuestion.

Desgraciadamente los principios no son las leyes; y las resoluciones

adoptadas por los Congresos Internacionales, como las que se consignan

en este y otros tratados celebrados en América, revisten el carácter

de meros consejos, por haberles faltado, con la ratificacion de los

gobiernos respectivos, esa autoridad moral indispensable á todo derecho

convencional.

Por eso los gobiernos y los pueblos han seguido rutas distintas ante

la flagrante denegacion de esos principios hecho por la República de

Chile en su última guerra con las del Perú y Bolivia: los unos como

espectadores desapasionados, dispuestos á obrar segun los intereses de

su política; los otros haciendo estallar su indignacion por todos los

medios de que dispone para manifestarse el sentimiento público, en la

prensa, en los clubs y en imponentes reuniones populares.

* * * * *

La elevada aspiracion de reunir en un Congreso á los representantes de

las repúblicas americanas, se atribuye jeneralmente al Libertador

Bolivar y por algunos al Coronel Don Bernardo Monteagudo, cuya obra

póstuma sobre esta materia--una memoria incompleta aun cuando el puñal

asesino lo arrebató á la vida--contiene apreciaciones acertadísimas

sobre la utilidad y ventaja de la union.

Solo enunciar la ventaja y la posibilidad de reunir una asamblea en

Panamá, significaba un principio de lucha, pero de lucha moral con el

fin de poner en pugna la idea moderna y la antigua, la libertad y el

despotismo, la democracia y la autocracia.--Efectivamente, aunque la

deseada union no se efectuó, desde entonces impera en los pueblos de

América un sentimiento de uniformidad para el arreglo de las cuestiones

internacionales, sentimiento que tiene su oríjen tanto en los

antecedentes mencionados como en la similitud de las tendencias

políticas de todo el continente.

Los pensadores y los patriotas, desde un estremo al otro de la América,

se preocupan y se preocuparán siempre de buscar los medios que deben

ponerse en accion para traducir en hechos prácticos los laudables

propósitos que espresó Bolivar en su notable carta del 7 de Diciembre de

1824 dirijida á los gobiernos de las naciones que acababan de formarse.

En Europa, donde comprenden las ventajas de la union por los ejemplos

que á los débiles ha dado la historia, fué tambien aplaudida la idea del

Dictador del Perú.

El general Lafayette, en vísperas de abandonar por segunda vez las

playas americanas, escribia á Bolivar desde Washington: «Próximo á

partir para otro hemisferio, seguiré con mis votos el glorioso remate de

vuestros trabajos y esa solemne asamblea de Panamá donde quedarán

consolidados y completos todos los principios y todos los intereses de

la independencia, de la libertad y de la política americana.»

Por lo que hace á las declaraciones entusiastas del Abate del Pradt, han

llegado á ser proverbiales y tienen, además, la importancia de reflejar

los sentimientos del partido liberal que se insinuaba en la política

europea.

Es de lamentar que no todas las naciones americanas pudieran enviar sus

plenipotenciarios al Congreso--Ardua tarea seria determinar una por una

las causas que lo impidieron; pero basta saber que, en la mayor parte, á

las luchas por la independencia siguieron las luchas por la

organizacion--Las Provincias Unidas del Rio de la Plata y la República

de Chile, apesar de no haber concurrido, manifestaron su aprobacion en

documento público á la idea de una union internacional americana.

Con fecha 16 de Junio de 1825 el Ejecutivo Nacional de las Provincias

Unidas del Rio de la Plata, representado por el General Don Juan

Gregorio Las Heras, espuso á la consideracion del Congreso General

Constituyente un proyecto de Ley por el cual se autoriza la celebracion

de la alianza; y la República que no tenia, como lo pretende el

historiador Restrepo, desconfianza hácia Bolivar, hubiera enviado sus

representantes á Panamá si no hubiera estallado en 1826 la guerra con el

Imperio del Brazil que debia absorber por completo la atencion de su

gobierno.

El Supremo Director de Chile D. Ramon Freire contestó á la circular de

Bolivar atestiguando el deber en que se consideraba de enviar los

plenipotenciarios al Congreso; pero se escusaba de tomar una resolucion

en el asunto por no hallarse reunido un Congreso General de la Nacion.

Al mismo tiempo espresaba la intencion de recomendar á las Cámaras, así

que tuviera lugar su apertura, una favorable acojida á este gran objeto,

tan imperiosamente exijido por los altos intereses de Chile y de toda la

América.

El Congreso se reunió el 22 de Junio de 1826.--Concurrieron D. Pedro

Gual y D. Pedro Briceño Mendez, como Ministros de Colombia; D. Pedro

Molina y D. Antonio Larrazabal, de Centro-América; D. Manuel Vidaurre y

D. Manuel Perez Tudela, del Perú; D. José Mariano Michelena y D. José

Dominguez, de Méjico.

Los diplomáticos que solo asistieron con el objeto de presenciar las

sesiones, fueron el Señor E. Dawkins, como representante de la Gran

Bretaña y el Coronel Vandeer de los Paises Bajos. El Ministro de los

Estados Unidos de América D. Ricardo G. Anderson, que residia en Bogotá,

no logró asistir al Congreso por que le sorprendió la muerte á su paso

por Cartajena.

Los dos primeros Ministros, ajenos á las deliberaciones, manifestaron

sus simpatias por los nuevos Estados. El Señor Dawkins insinuó, ademas,

que la Asamblea debia inclinarse á la paz y á la concordia buscando, aun

mediante sacrificios pecuniarios, el reconocimiento de la España.

Sin firmar ninguno de los tratados ó disposiciones legislativas del

Congreso, debia el Señor Anderson presentarse con carácter diplomático,

mas limitándose á insinuar ciertas indicaciones respecto á los

principios que debieran adoptarse en caso de guerra marítima y poniendo

todo su empeño en hacer proclamar las teorias del libre cambio como

sistema económico de las nuevas naciones. Estas son ostensiblemente las

indicaciones espresas hechas al Ministro, pero ciertos juicios que se

observan en las instrucciones, demuestran que la mision de Anderson era

mas estensa y que la política de los Estados Unidos no era franca. Al

manifestar la creencia de que el Congreso no pueda tener carácter

legislativo sino puramente diplomático, se rechaza la formacion de un

Consejo Anfictiónico «que tratase de abrogarse facultades para decidir

controversias entre los diversos Estados Americanos.» Se pretende probar

la impracticabilidad de una union semejante á causa de la estension

territorial, mayor en cualquiera de los nuevos Estados que en toda la

antigua Grecia; luego se manifiesta que, aun en el caso de ser

conveniente, los Estados Unidos no podrian asentir á su establecimiento.

Antes de ahora he atribuido tales instrucciones á un interés y á una

inclinacion esencialmente nacional de conservar en América una

preponderancia fácil, como sospechaba que al decir, en las mismas

instrucciones, que debian los agentes americanos insinuar la

conveniencia de dictar en el Congreso principios que aseguran la paz en

el continente, lo hacian para buscar garantias en favor de su propio

comercio; pero la verdad es que si bien el Gobierno dictó tales deseos á

su Ministro en Panamá, fué atacado duramente por los hombres mas probos

y por los que representaban entonces en las Cámaras la opinion pública

del país.

Algunos hombres de Estado hispano-americanos apreciaban de distinta

manera que sus conciudadanos la importancia que pudiera tener la

intervencion de los Estados Unidos en asunto de tanta trascendencia para

el porvenir del continente.

El General Santander, Vice Presidente de Colombia en ejercicio del Poder

Ejecutivo, en comunicaciones dirijidas á los gobiernos invitados á la

reunion proyectada, se espresó así: «He creido de mi deber convidar á

los Estados Unidos á tomar parte en la augusta reunion de Panamá,

íntimamente convencido de que nuestros aliados verán con satisfacion

amigos tan _sinceros como ilustres_ asistir á las deliberaciones de

nuestros comunes intereses».

Un publicista que firma G. L. opina «que la consolidacion de las nuevas

repúblicas no debe fundarse en una confederacion quimérica, pero sí en

la independencia de unas con otras y en los tratados que se firmen entre

ellas bajo la _proteccion y la garantia_ de los Estados Unidos». A mi

juicio no es garantia ni proteccion estraña lo que la América requiere

sinó la fuerza que debe buscarse en la union y en la confraternidad.

Las ratificaciones de los tratados que firmaron los congresales de

Panamá debieron ser canjeadas, ocho meses despues de terminadas las

sesiones, en la villa de Tacubaya á una legua de la ciudad de Méjico;

pero es sabido que solo el Gobierno de Colombia concedió á esos

documentos los honores de su asentimiento. Debe observarse, sin embargo,

que algunas de las estipulaciones de esta Asamblea son miradas en

América como principios de Derecho Público y han contribuido á estrechar

los vínculos naturales de unas repúblicas con otras, á pesar de que

ellas no están á la altura del fin propuesto. Los protocolos de las diez

conferencias que tuvieron lugar desde el 22 de Junio hasta el 15 de

Julio, arrojan poca ó ninguna luz sobre los debates á que dieron mérito

las importantes cuestiones sometidas á la deliberacion del Congreso. Sea

que el entusiasmo de los ilustrados congresales se debilitara por la

falta de representacion de la República Argentina y Chile, sea que la

insalubridad del clima les hiciera enojosa la residencia en Panamá, lo

cierto es que se procedió con precipitacion y se firmaron tratados y

convenciones impracticables.

Segun el tratado de union liga y confederacion perpétua, las potencias

signatarias deberian: prestarse mútuo apoyo para rechazar en comun las

agresiones del estranjero; otorgar á sus respectivos buques las mismas

facilidades á su entrada y salida de los puertos aliados; abolir en sus

territorios el tráfico de esclavos; acordar al Congreso autoridad para

demarcar sus respectivos límites, con poder arbitral en caso de

controversia; señalar al mismo cuerpo entre sus facultades: la de

negociar la paz, concluir tratados que la afiancen, servir de consejero

en conflictos internacionales é internos, aclarar todas las dudas y

conciliar las diferencias.

El concierto y la convencion sobre continjentes de ejército y marina

son, á la verdad, documentos inmeditados. Ellos se ocupan de la

distribucion de fuerzas, de las operaciones militares probables en caso

de ser invadida una de las repúblicas aliadas y de los contingentes que

cada potencia debe tener en pié de guerra.

El fracaso de la primera reunion internacional efectuada en Panamá no

desconcertó á los pensadores, que continuaron prestigiando la idea de la

union.

* * * * *

Con fecha 13 de Marzo de 1831 circuló una invitacion del Gobierno de

Méjico á las repúblicas hermanas, con ese objeto.--Aunque las

contestaciones se hicieron esperar, ellas fueron favorables, pero solo

en el año 1847 consiguió reunirse en Lima el nuevo Congreso. Eran

representantes, de Chile Don José Benavente, de Bolivia Don José

Ballivian, de Nueva Granada Don Juan Francisco Martin, del Ecuador Don

Pablo Merino y del Perú Don Manuel Ferreiros.

Se nota en este Congreso, como en el anterior, la ausencia de

plenipotenciarios de varias repúblicas americanas; y aunque en las

sesiones se determinó que los actos sancionados se someterian á las

naciones no representadas por si querian darles su adhesion, esa falta

hacia suponer desde el principio que el éxito no coronaria los

esfuerzos diplomáticos.

Los trabajos realizados--un tratado de confederacion, uno de comercio y

navegacion, una convencion consular y otra de correos--son, sin embargo,

muy importantes.

Parece indudable que provocó ó al ménos precipitó la reunion de este

Congreso, la noticia de haber meditado España un plan de reconquista,

para lo cual, segun nota del Consul del Ecuador en Carácas á su

Gobierno, de fecha 17 de Noviembre de 1847, aquel Gobierno habia enviado

al traidor americano Juan José Flores con la mision de producir

movimientos anárquicos en la antigua Colombia.--Una vez obtenido el

propósito encomendado á Flores, dominaria los tres Estados y formaria de

ellos un imperio, presentando como pacificador al nueva monarca.

El 8 de Febrero de 1848 se firmó en Lima el Tratado de Confederacion.

Por él las altas partes contratantes se unen, ligan y confederan para

sostener la soberania é independencia de cada una de ellas; y con ese

fin y el de impedir que se les infiera ultrajes indebidos, se auxiliarán

con todos los medios de que puedan disponer.

Para facilitar esta alianza se mencionan las circunstancias en que debe

considerarse llegado el _casus foederis_.

Además, se enunciaron algunos principios que posteriormente han tomado,

por así decir, el carácter de leyes.--Tal es la designacion del _uti

possidetis_ de 1810, es decir, el derecho de posesion que cada seccion

del continente tenia, en la época en que la revolucion produjo el cambio

político, como base de la demarcacion territorial en la América

española. Conciliando la ventaja de conservar á cada nacion los

territorios que tenia cuando surjió á la vida independiente y la defensa

de los límites arcifinios, con perfecto acierto señalados por el rey

Cárlos III, este principio simplifica por completo las cuestiones de

límites y su adopcion acerca el dia en que desaparezcan las causas de

rompimiento entre unas y otras repúblicas:

En los protocolos de las conferencias se observan tambien dos

proposiciones rechazadas ambas en nombre del principio de la no

intervencion. La primera, del plenipotenciario de Bolivia acordando al

Congreso la facultad de tomar las medidas que creyese oportunas para

protejer al gobierno constitucional de una de las repúblicas aliadas,

cuando fuese contrariado por una revolucion que tienda á echarlo por

tierra y á suplantarlo por un gobierno no constitucional; la otra de los

plenipotenciarios del Perú y del Ecuador para exijir á todas las

repúblicas la conservacion del sistema democrático.

Los mismos plenipotenciarios firmaron otro tratado de comercio y

navegacion y convenciones consular y de correos. Estos convenios

obedecen á los principios generales de la época y no contienen ninguno

especial de carácter americano.

Parece inútil agregar que si los convenios celebrados en este Congreso

fueron estériles, ello se debe á la desidia de los gobiernos, que no

por otra causa se dejaron aquellos documentos sin ratificacion y se

miraron con desprecio tan laboriosos trabajos.

Política americana · 第 9 / 33 题