El estilo que ha de caracterizar los escritos de petición de
audiencia, siempre ha de corresponder al carácter y posición de aquel
a quien se dirijan, debiendo distinguirse por su laconismo; pues
tratándose sencillamente de solicitar de una persona que reciba al
demandante, no hay que entrar en pormenores, bastando en todo caso
una breve indicación del objeto.
Se espera a que el que conceda la audiencia dirija primero la palabra
a la persona a quien recibe, porque así se le da una prueba de
respeto y consideración, tanto más necesaria cuanto más elevada es la
posición de la persona en cuya presencia se está. Igual regla debe
observarse en las recepciones, cuidando de no prolongar la audiencia
ni la conversación cuando deba tener término, y procurando que en
ella jamás se vea charlatanería. En este, como en muchos actos de la
vida social, hay que tener en cuenta que la persona que nos recibe se
ve obligada a conceder igual favor a muchas otras, y, por lo tanto,
la cortesía exige no molestarla.